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Escala Técnica Básica de Servicios, especialidad Producción de Contenidos Digitales

Escala Técnica Básica de Servicios, especialidad Producción de Contenidos Digitales


3

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

UNIVERSITARIA

Nacional

C1

Grupo

Descripción y Detalles

Resolución de 6 de julio de 2026, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Básica de Servicios.

📄 Contenido del documento

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena, Este Rectorado, con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios, de acuerdo con la oferta de empleo público de esta Universidad, correspondiente a los años 2024 y 2025, resuelve: Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Básica de Servicios, especialidad Producción de Contenidos Digitales, de la Universidad Politécnica de Cartagena, con sujeción a las siguientes: Bases 1.

Normas generales 1.1 Se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Básica de Servicios, especialidad Producción de Contenidos Digitales de la Universidad Politécnica de Cartagena (subgrupo C1), por el sistema de concurso-oposición.

El número de plazas ofertadas es de tres.

Del total de plazas convocadas se reserva una para ser cubierta por persona con un grado de discapacidad, salvo la intelectual, igual o superior al 33 %, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

De no cubrirse la plaza reservada por el cupo de discapacidad, no se incorporará al sistema general de acceso libre.

En el supuesto de que alguno de las personas aspirantes que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza en su cupo, y su puntuación fuera superior a la obtenida por las personas aspirantes del sistema de acceso general será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

La participación por el cupo de reserva de discapacidad es incompatible con la participación por el cupo de acceso libre. 1.2 Las pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena y lo dispuesto en la presente convocatoria y supletoriamente por las demás normas de derecho administrativo que pudieran ser de aplicación. 1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso, con las valoraciones, pruebas, y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria.

La fase de concurso sólo se aplicará a las personas que hayan superado la fase de oposición, con la excepción de lo establecido en la base 11.1. 1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. 1.5 Superarán el proceso selectivo aquellas personas que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas. 1.6 La lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas será el español. 1.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos establecidos en la presente convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones dictados durante el curso de este proceso. 2.

Requisitos de acceso Para la admisión a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación: a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de quienes tengan la nacionalidad española y de nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, siempre que no exista separación de derecho.

Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación. c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, una vez pagada las tasas del título, la titulación de Bachiller o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia. d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas. e) Que no exista separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni que haya inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas.

En el caso de las personas que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. f) Poseer un conocimiento adecuado del español.

En su caso, se podrá exigir la superación de una prueba que lo acredite. g) Haber abonado las tasas por derecho de participación establecidos en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación. 3.

Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo presentando la solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena, en la siguiente dirección: https://sede.upct.es/tramites, acceder al trámite denominado «Participación en procesos selectivos» y seguir las instrucciones. 3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Para poder cumplimentar la solicitud es necesario identificarse por alguno de estos medios: – Con certificado electrónico reconocido por la Universidad.

Los certificados admitidos por la Universidad Politécnica de Cartagena se encuentran disponibles en la siguiente dirección: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/ – Con cl@ve, para quienes estén registrados en el sistema de identidad electrónica cl@ve. – Con usuario y contraseña, conforme a las indicaciones recogidas en la sección de Preguntas Frecuentes de la Sede Electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena en la siguiente dirección: https://identidad.upct.es/registro?destino=http://sede.upct.es. 3.4 Las personas aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la casilla correspondiente del impreso de solicitud.

En tal caso, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que estimen oportunas para la realización de los ejercicios, expresando el motivo de estas. 3.5 Documentación: A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación: a) Documentación acreditativa del nivel de idioma español.

Las personas que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del español no se deduzca de su origen, deberán adjuntar la correspondiente justificación documental de poseer alguno de los títulos o certificados que se indican a continuación: – Diploma de español nivel B2 o superior, de conformidad con el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera, o certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas para la obtención del mismo. – Certificado de nivel avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. – Licenciatura en Filología Hispánica, Románica o grado equivalente o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención de alguno de dichos títulos. – Certificado de haber superado la prueba de conocimiento de español en convocatorias de procesos selectivos de esta Universidad. – Título alegado para participar en la presente convocatoria emitido por el Estado español.

Aquellas personas aspirantes que tengan que acreditar el conocimiento del español y no adjunten alguno de los documentos justificativos señalados con anterioridad, deberán realizar la prueba de acreditación de conocimiento del español. b) Documentación acreditativa de requisitos académicos.

Copia del título académico.

En caso de encontrarse el título en trámite de expedición deberá presentarse, como documento sustitutorio, certificación del organismo correspondiente, con indicación expresa de haber pagado las tas

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