Plazo abiertoBOE · 27 oct 2026

Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica · Consejo de Seguridad Nuclear

Plazas
20
Fecha límite
24 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
EstatalToda España

Plazo hasta el 24 nov

Publicada el 27 octCierra el 24 nov

Resumen del boletín

Resolución de 21 de octubre de 2026, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.

Con el fin de atender las necesidades de personal del Consejo de Seguridad Nuclear y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2026, Esta Presidencia, en uso de las competencias que le confieren la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear y el Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre, que aprueba su Estatuto, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y el acceso por promoción interna en la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.

Resultará de aplicación a la presente convocatoria el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos; la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas; el Real Decreto 387/2026, de 6 de mayo; y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.

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Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025 por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella; así como el I Plan de Igualdad para el Consejo de Seguridad Nuclear, aprobado por el Pleno el 11 de enero de 2023 y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos: 1.

Publicación 1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en la web del Consejo de Seguridad Nuclear (https://www.csn.es/trabaja-con-nosotros, en la sección Oferta Pública de Empleo – Convocatoria 2026), así como, en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), y, en los procesos de promoción interna, en el Portal del empleado público Funciona, así como en aquellos lugares que se estime conveniente.

Serán válidas a los efectos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las publicaciones realizadas en la web del Consejo de Seguridad Nuclear (https://csn.es/).

Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos a través de su puesta a disposición en la sede electrónica del Punto de Acceso General, a través de la Carpeta Ciudadana (https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm), enviándose el correspondiente aviso de notificación a la dirección de correo electrónico del interesado que este haya indicado en la solicitud de inscripción.

En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones realizadas por las personas interesadas remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en estas bases. 2.

Descripción de las plazas 2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros: Turno libre Número de plazas convocadas Acceso general Discapacidad Total 16 1 17 Promoción interna Número de plazas convocadas Acceso general Discapacidad Total 3 0 3 2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 17 plazas de acceso libre, y 3 por promoción interna, en la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica, código A1300. 2.3 Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservará 1 para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. 2.4 Las personas aspirantes solo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso, bien acceso libre o bien promoción interna. 3.

Requisitos de las personas aspirantes 3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Requisitos generales de participación 3.2 Nacionalidad: Tener nacionalidad española, según lo establecido en el artículo 4 y anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo. 3.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. 3.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor/a, Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Graduado/a al finalizar el plazo de presentación de instancias, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Este requisito no será de aplicación a aquellas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea. 3.5 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del puesto de trabajo a desempeñar. 3.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten. 3.7 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.

Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen.

Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión.

A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

Requisitos específicos para el acceso por promoción interna Las personas aspirantes que concurran por promoción interna deberán cumplir, además de todos los anteriores, los siguientes requisitos específicos: 3.8 Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los siguientes colectivos: a) De los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. b) De los cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones públicas incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que estén desempeñando como personal funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma. 3.9 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo como personal funcionario de carrera en los cuerpos o escalas del subgrupo A2 mencionados en el punto 3.7 y en los términos previstos en el mismo.

La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado recogido en el anexo V de la convocatoria, sin perjuicio de lo especificado en el punto 9.3 y siguientes. 4.

Solicitudes Presentación por medios electrónicos 4.1 De acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación, por medios electrónicos a trav

Boletín
BOE
Publicado
27 oct 2026

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