Plazo abiertoBOE · 30 oct 2026

Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Valladolid

Plazas
3
Fecha límite
27 nov 2026
Grupo
A1universitario superior
Ámbito
UniversitariaValladolid

Plazo hasta el 27 nov

Publicada el 30 octCierra el 27 nov

Resumen del boletín

Resolución de 26 de octubre de 2026, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos de Gestión.

Por resolución de 21 de noviembre de 2023 del Rectorado de esta Universidad (BOCyL de 28 de noviembre), fue hecha pública la oferta de empleo público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) laboral y funcionario de la Universidad de Valladolid para el año 2023, aprobada, para el PTGAS funcionario, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre 2023.

Entre las plazas aprobadas por esta oferta de empleo, a fin de ser cubiertas mediante personal funcionario de nuevo ingreso, figuran cuatro plazas correspondientes a la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Valladolid, subgrupo A1, estando pendientes de su ejecución mediante convocatoria pública dos de ellas a las que se le suma una plaza de esta misma oferta de empleo declarada desierta mediante Resolución del Rectorado de 28 de septiembre de 2026 (BOCyL de 1 de octubre) en el anterior proceso de selección.

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La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad jurídica, establecido en el artículo 14 de la Constitución Española, por lo que se refiere al acceso al empleo, a tenor de lo establecido en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y en cuanto a la igualdad de trato entre mujeres y hombres, conforme con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En su virtud, Este Rectorado, a fin de atender las necesidades de personal y en ejecución de la citada oferta de empleo, según lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre –en adelante, TREBEP–, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 89.g) de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 23/2026, de 5 de marzo, de la Junta de Castilla y León –en adelante, EEUVA–, en relación con el artículo 3.2.j) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario –en adelante, LOSU–, resuelve convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Valladolid, mediante el sistema de oposición, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria.

Bases de la convocatoria Primera.

Normas generales. 1.1 Se convoca proceso selectivo de libre concurrencia para ingreso de personal funcionario de carrera de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Valladolid, subgrupo A1, a fin de cubrir tres plazas vacantes dotadas presupuestariamente, mediante el sistema de oposición. 1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la LOSU; el TREBEP; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, –en adelante, LFP–; los EEUVA–; el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de puestos de trabajo de los Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; así como por lo dispuesto en las presentes bases.

Igualmente, y con carácter supletorio, resultará de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León (esta normativa se aplicará en ausencia de legislación específica, supletoriamente y por analogía, conforme a lo previsto en el artículo 4.1 del Código Civil), por lo dispuesto en las presentes bases y las demás disposiciones de general aplicación. 1.3 En el ámbito de este procedimiento el concepto de Administración Pública será el establecido en el artículo 2.1 del TREBEP. 1.4 Todas las publicaciones que se deriven de esta convocatoria cumplirán con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales –en adelante, LOPDP–. 1.5 En todo caso, tanto las resoluciones que se dicten relativas a este proceso selectivo, así como los acuerdos del tribunal, de conformidad con el Reglamento de la Universidad de Valladolid por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de la ciudadanía a los servicios públicos de la Universidad y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico en la Universidad de Valladolid, se publicarán en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (Tablón de anuncios/PTGAS).

No obstante, cuando estas resoluciones sean publicadas en el BOCyL, tendrán efectividad en función de la publicación en este medio.

Asimismo, a efectos informativos y con el objeto de ampliar la difusión del presente proceso selectivo, la convocatoria, las resoluciones por las que se aprueban las listas de personas admitidas y excluidas, los acuerdos públicos del Tribunal y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán dentro de la página Web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es (en sección «LA UVA», «Empleo (Trabaja en la UVa)»). 1.6 Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario.

La jornada de trabajo será la fijada con carácter general para la Universidad de Valladolid, y el horario en que ésta se desarrollará será el establecido en el Centro, Departamento o Servicio en el que se ubica cada puesto de trabajo, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente y en la Relación de Puestos de Trabajo. 1.7 El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo. 1.8 Con carácter previo a la realización de las pruebas, las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen el nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua exigido para la obtención del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, que regula los Diplomas de Español como Lengua Extranjera.

La prueba se calificará de apto/a o no apto/a, siendo necesaria la valoración de apto/a para pasar a realizar las pruebas del proceso selectivo.

Se eximirá de la realización de esta prueba a quienes presenten con la solicitud copia electrónica del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, o del Certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica u otros Títulos homologados, así como a las personas aspirantes de nacionalidad distinta a la española en cuyos países sea el castellano lengua oficial o cooficial, o que hayan obtenido en España un título universitario.

Asimismo, estarán eximidas de realizar la citada prueba aquellas personas aspirantes que acrediten haber superado dicha prueba en los últimos cinco años al amparo de otras convocatoria para el ingreso en la Administración Pública.

Requisitos de las personas candidatas.

Para ser admitidas al presente proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, los siguientes requisitos de participación: 2.1 Nacionalidad: Podrán participar quienes cumplan alguno de los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Las personas nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea. c) Las personas que sean cónyuges de personas de nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no exista separación de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no exista separación de derecho y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras. 2.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación. 2.3 Titulación: Estar en posesión del Título de Grado, Título Universitario de Segundo Ciclo (Licenciaturas, Ingenierías y Arquitecturas) u oficialmente equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.

Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

En su caso, para acreditar la posesión de un título universitari

Boletín
BOE
Publicado
30 oct 2026

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