Plazo abiertoBOE · 6 oct 2026

Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Granada

Plazas
Sin confirmar
Fecha límite
28 oct 2026
Grupo
C1bachillerato
Ámbito
UniversitariaGranada

Plazo hasta el 28 oct

Publicada el 6 octCierra el 28 oct

Resumen del boletín

Resolución de 30 de septiembre de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos.

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y publicados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» núm. 147, de 28 de julio de 2011; en la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024, en la Orden de 15 de mayo de 2025, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Granada, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024, en la Resolución de 12 de noviembre de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2025, en virtud de la Orden de 8 de enero de 2026, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Granada, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2025, y con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios, El Rector, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como por los artículos 45 y 162 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad, con arreglo a las siguientes Bases 1.

Normas generales 1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso libre para la cobertura de trece plazas de personal funcionario perteneciente a la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Granada, Grupo C, Subgrupo C1. 1.2 Del total de plazas convocadas, se reserva una plaza para su cobertura por personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 por ciento.

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Tendrán la consideración de personas con discapacidad las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen el correspondiente proceso selectivo y acrediten tanto la condición de persona con discapacidad como la compatibilidad de esta con el desempeño de las funciones propias de las plazas convocadas.

En caso de que las plazas reservadas al cupo de discapacidad no resulten cubiertas, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. 1.3 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada, así como las demás normas que resulten de aplicación, y lo dispuesto en las presentes bases. 1.4 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición. 1.5 La fase de oposición se desarrollará mediante los ejercicios y con las puntuaciones establecidos en el anexo II de la presente convocatoria, siendo el programa de materias en que se basarán aquellos el contenido en el anexo I.

La fecha y el lugar de realización del primer ejercicio de la fase de oposición, que no podrá iniciarse antes del día 1 de marzo de 2027, se fijarán en la forma establecida en la base 4.1 de la presente convocatoria. 1.6 La fase de concurso se desarrollará de conformidad con lo dispuesto en la base 6 de la presente convocatoria y mediante la aplicación del baremo contenido en el anexo II. 2.

Requisitos de las personas aspirantes 2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los siguientes: a) Nacionalidad: 1.

Tener la nacionalidad española. 2.

También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles: a.

Los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea. b.

El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. c.

Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) Habilitación: No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario.

En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o equivalente, de conformidad con la normativa de aplicación, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de admisión.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. f) No poseer la condición de personal funcionario de carrera de la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Granada. 2.2 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de la Universidad de Granada. 2.3 Para la admisión al proceso selectivo deberá aportarse, junto con la solicitud, la justificación del abono de la correspondiente tasa por derechos de examen o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención de su pago, de conformidad con lo establecido en las bases 3.4 y 3.5 de la presente convocatoria, según proceda.

Bastará, no obstante, con declarar en la solicitud que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, los cuales se acreditarán en el plazo y mediante la documentación establecidos en la base 8.1. 3.

Solicitudes, tasa y plazo de presentación 3.1 Quienes deseen participar en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente su solicitud.

A tal efecto, deberán inscribirse a través del procedimiento «Procesos selectivos de PAS: Solicitud de admisión» (https://sede.ugr.es/portal/procedimientos/Procesos-selectivos-de-PTGAS-Solicitud-de-admision/), disponible en la sede electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es).

En la ficha del citado procedimiento se indican las instrucciones para la cumplimentación de la solicitud de admisión a procesos selectivos. 3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento que deseen participar por el cupo reservado a personas con discapacidad deberán hacerlo constar expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud de participación.

Asimismo, con independencia del cupo de acceso por el que concurran, las personas aspirantes con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y/o medios que resulten necesarias para la realización de los ejercicios, con el fin de garantizar su participación en el proceso selectivo en condiciones de igualdad.

La petición deberá efectuarse en el apartado habilitado al efecto en la solicitud.

A tal fin, las personas interesadas deberán aportar dictamen técnico facultativo emitido por el órgano competente de valoración de la discapacidad, en el que se justifique la procedencia de la adaptación solicitada y se especifiquen, en su caso, las adaptaciones que correspondan para cada ejercicio en atención a sus circunstancias personales.

El Tribunal de valoración examinará la documentación aportada y resolverá sobre la concesión de las adaptaciones solicitadas, de conformidad con los criterios establecidos en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los

Boletín
BOE
Publicado
6 oct 2026

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