Plazo abiertoBOE · 12 oct 2026

Escala Auxiliar de Servicios Generales · Universidad de Granada

Plazas
3
Fecha límite
2 nov 2026
Grupo
C2graduado escolar
Ámbito
UniversitariaGranada

Plazo hasta el 2 nov

Publicada el 12 octCierra el 2 nov

Resumen del boletín

Resolución de 5 de octubre de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar de Servicios Generales, para personas con discapacidad intelectual.

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» núm. 147, de 28 de julio de 2011, en la Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se publica la oferta de empleo público del personal técnico de gestión y de administración y servicios para el año 2023, en la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024, en la Orden de 22 de julio de 2024, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Granada, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico de Gestión y Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2023, en la Orden de 15 de mayo de 2025, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Granada, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024, y con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios, El Rector, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los artículos 45 y 162 de los Estatutos de esta universidad, ha resuelto convocar proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la Escala Auxiliar de Servicios Generales de esta Universidad para personas con discapacidad intelectual, de acuerdo con las siguientes: Bases 1.

Normas generales 1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir tres plazas de personal funcionario de la Escala Auxiliar de Servicios Generales (subentorno profesional Conserjería y Servicios Generales) de la Universidad de Granada, grupo C, subgrupo C2, para ocupar puestos de Auxiliar de Servicios Generales – Instalaciones. 1.2 Las tres plazas se convocan para ser cubiertas por personas con discapacidad intelectual, que tengan un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Leer el texto completo (19 párrafos más)

Se considerará como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.

En el caso de no cubrirse las plazas, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad de Andalucía y en el artículo 11.3 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía. 1.3 Al presente proceso selectivo le serán aplicables el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía; la Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada, y demás normativa aplicable, así como lo dispuesto en las presentes bases. 1.4 El procedimiento de selección será el de oposición. 1.5 La oposición se desarrollará con el ejercicio y puntuaciones establecidas en el anexo II de esta convocatoria, y el programa de materias en que se basarán será el contenido en el anexo I.

La fecha y lugar para la realización del ejercicio, que no podrá iniciarse antes del día 1 de marzo de 2027, se fijará en la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria. 2.

Requisitos de las personas aspirantes 2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular: a) Nacionalidad: 1.

Tener la nacionalidad española. 2.

También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles: a) Los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea. b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) Habilitación: No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario.

En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de admisión.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. f) Tener reconocido un grado de discapacidad intelectual igual o superior al 33 %.

Se deberá adjuntar copia de la documentación emitida por el Órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones públicas, que acredite tener oficialmente reconocida una discapacidad intelectual en grado igual o superior al 33 %, con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. g) No poseer la condición de personal funcionario de carrera de la Escala Auxiliar de Servicios Generales de la Universidad de Granada. 2.2 Estos requisitos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de la Universidad de Granada. 2.3 Para la admisión al proceso selectivo bastará con declarar en la solicitud que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, los cuales se acreditarán en el plazo y con la documentación relacionada en la base 8.1, salvo la acreditación necesaria de ostentar la condición de persona con discapacidad intelectual, que deberá presentarse en el momento de realizar la solicitud de participación. 3.

Solicitudes, tasa y plazo de presentación 3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente su solicitud.

Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento «Procesos selectivos de PAS: Solicitud de admisión» (https://sede.ugr.es/portal/procedimientos/Procesos-selectivos-de-PTGAS-Solicitud-de-admision/), disponible en la sede electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es).

En la ficha del citado procedimiento se indican las instrucciones a seguir para cumplimentar la solicitud de admisión a procesos selectivos.

También se podrá acudir, con el fin de tramitar la solicitud, a la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Granada, situada en el Hospital Real.

Cuesta del Hospicio, s/n. 18071 – Granada, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, sin necesidad de cita previa.

Teléfono de información: 958243029.

Para más información se puede visitar la página web de la Oficina: https://secretariageneral.ugr.es/unidades/oficina-asistencia-materia-registro. 3.2 La presentación de solicitudes se hará en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Las personas aspirantes podrán requerir en el formulario de solicitud las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria a fin de asegurar su participación en el proceso en condiciones de igualdad, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud.

A tal fin, deberán aportar dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corr

Boletín
BOE
Publicado
12 oct 2026

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.