Dirección General de Personal y Formación del Profesorado.- Resolución de 26 de octubre de 2026, por la que se convoca concurso de traslados para el personal funcionario docente de los Cuerpos de Inspectores de Educación y de Inspectores al servicio de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, Profesores
Esta convocatoria es de provisión de puestos entre personal que ya trabaja en la administración (traslados, libre designación), no de acceso al empleo público.
- Plazas
- Sin confirmar
- Fecha límite
- Sin confirmar
- Grupo
- A1universitario superior
- Ámbito
- AutonómicaCanarias
El boletín no fija la fecha límite
Resumen del boletín
II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes 3779 Dirección General de Personal y Formación del Profesorado.- Resolución de 26 de octubre de 2026, por la que se convoca concurso de traslados para el personal funcionario docente de los Cuerpos de Inspectores de Educación y de Inspectores al servicio de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias. CVE: BOC-A-2026-220-3779 Firma electrónica: Descargar
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Miércoles 4 de noviembre de 2026 - 3778 ATENCION.
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Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes 3778 Dirección General de Personal y Formación del Profesorado.- Resolución de 26 de octubre de 2026, por la que se convoca concurso general de traslados para el personal funcionario docente, dependiente de la Comunidad Autónoma de Canarias, de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros. 122 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Firma electrónica - Descargar Con la finalidad de asegurar la prestación de un servicio público docente de calidad, potenciando la estabilidad y consolidación de las plantillas de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias, por cuanto estos son agentes esenciales del proceso educativo, y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES Primero.- En el punto 3 de la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), se establece que “Periódicamente, las Administraciones educativas convocarán concursos de traslados de ámbito estatal, a efectos de proceder a la provisión de las plazas vacantes que determinen en los centros docentes de enseñanza dependientes de aquellas, así como para garantizar la posible concurrencia de los funcionarios de su ámbito de gestión a plazas de otras Administraciones educativas y, en su caso, si procede, la adjudicación de aquellas que resulten del propio concurso.
En estos concursos podrán participar todos los funcionarios públicos docentes, cualquiera que sea la Administración educativa de la que dependan o por la que hayan ingresado, siempre que reúnan los requisitos generales y los específicos que, de acuerdo con las respectivas plantillas o relaciones de puestos de trabajo, establezcan dichas convocatorias”.
Segundo.- Mediante Resolución n.º 5548/2024, de 28 de octubre de 2024, se convoca concurso general de traslados para el personal funcionario docente, dependiente de la Comunidad Autónoma de Canarias, de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, y Maestros.
Tercero.- La Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, mediante Resoluciones n.º 2412/2025, de 13 de mayo de 2025, y n.º 2631/2025, de 22 de mayo de 2025, adjudica definitivamente los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito nacional ya citado.
Por ello, en la fecha en que se dicta la presente Resolución, y los efectos de su resolución, habrá transcurrido el plazo de dos años previsto en el artículo 7 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
A dichos antecedentes les resultan de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en cuya disposición adicional sexta, apartado tres, establece que “Periódicamente, las Administraciones educativas convocarán concursos de traslado de ámbito estatal, a efectos de proceder a la provisión de las plazas vacantes que determinen en los centros docentes de enseñanza dependientes de aquellas, así como para garantizar la posible concurrencia de los funcionarios de su ámbito de gestión a plazas de otras Administraciones educativas y, en su caso, si procede, la adjudicación de aquellas que resulten del propio concurso (…)”.
Segundo.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, cuyo artículo 63, en su apartado 1, establece que “Con carácter general, los puestos de trabajo docentes en los centros, distritos y servicios educativos se ocuparán por profesorado funcionario de carrera mediante el sistema ordinario de concurso de traslados”.
Tercero.- La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, en lo que sea de aplicación.
Cuarto.- La Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, en lo que sea de aplicación.
Quinto.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptimo.- El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Octavo.- El Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, por el que se adscribe el profesorado de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional a las especialidades propias de la formación profesional específica, modificado por el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, en cuanto se mantenga en vigor, y la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Noveno.- El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, modificado por el Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, que conforme al artículo 7 establece la obligación para las Administraciones educativas de convocar, con carácter bienal, concurso de traslados de ámbito estatal.
Décimo.- El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley.
Undécimo.- El Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes en el exterior, y el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, en lo no derogado por el citado Real Decreto 1138/2002.
Duodécimo.- El Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, modificado parcialmente por el Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, y el Real Decreto 286/2023, de 18 de abril.
Decimotercero.- Los Reales Decretos 427/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas superiores de Música y de Danza; y 428/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de Música y de Danza.
Decimocuarto.- El Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Decimoquinto.- El Decreto 83/2010, de 15 de julio, por el que se regulan los puestos de trabajo docentes de carácter singular en el ámbito de los centros públicos de enseñanza de la Comunidad Autónoma de Canarias y su sistema de provisión.
Decimosexto.- La Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los puestos de trabajo docentes de carácter singular, sus condiciones y requisitos y se establecen las normas aplicables a los concursos de traslados que se convoquen para funcionarias y funcionarios de los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a la ordenación del personal docente, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Decimoséptimo.- La Orden de 1 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa
- Boletín
- BOC
- Publicado
- 3 nov 2026
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