DECRETO de 9 de julio de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes (Salamanca), por el que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, 1 plaza de Administrativo. Expte.: 993/2026.
Cuerpo no especificado
1
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
CASTILLA_Y_LEON
C1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA)
📄 Contenido del documento
DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-13072026-133-20| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición El documento BOCYL-D-13072026-133-20.pdf contiene imágenes.
Puede consultar la versión íntegra del documento en formato PDF en el siguiente enlace: BOCYL-D-13072026-133-20.pdf III.
ADMINISTRACIÓN LOCAL B.
AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA) DECRETO de 9 de julio de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes (Salamanca), por el que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, 1 plaza de Administrativo.
Mediante Decreto de Alcaldía n.º 2026-1418 de fecha 09.07.2026 se ha adoptado el siguiente acuerdo: Primero.– Aprobar las bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza de Administrativo (Funcionario/a) mediante concurso-oposición por promoción interna que se insertan a continuación.
Segundo.– Convocar las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de la plaza referenciada.
Tercero.– Publicar la convocatoria, juntamente con el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia de la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://santamartadetormes.sedelectronica.es).
Cuarto.– Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
ANEXO I BASES PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD, MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA Y CONCURSO-OPOSICIÓN DE UNA (1) PLAZA DE ADMINISTRATIVO RESERVADA AL PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES (SALAMANCA) Base 1ª.– Normas Generales. 1.1.– Objeto de la convocatoria.
Las presentes bases concretan los aspectos normativos de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes para la promoción interna de personal funcionario, dentro de la ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 1.2.– Legislación aplicable.
Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (B.O.E. n.º 80, de 3 de abril de 1985); en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (B.O.E. n.º 96 y 97 de 22 y 23 de abril de 1986); en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (B.O.E. n.º 185, de 3 de agosto de 1984); en el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por R.D. 364/1995 de 10 de marzo (B.O.E. n.º 85, de 10 de abril de 1995); en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local (B.O.E. n.º 142 de 14 de junio de 1991); el Reglamento de Funcionarios de Administración Local, de 30 de mayo de 1952 (B.O.E. n.º 364, de 29 de diciembre de 1952); en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (B.O.E. n.º 4, de 4 de enero de 1985); en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en su caso las previsiones normativas y ordenadoras de carácter interno.
La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 1.3.– Número y características de las plazas. a) Se convoca proceso selectivo para cubrir las plazas que se señalan a continuación, mediante el sistema de promoción interna, en el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes (Salamanca). b) Las plazas convocadas pertenecen al Subgrupo que se señala de los previstos en el Art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y están dotadas con el sueldo correspondiente al Subgrupo, dos pagas extraordinarias y demás retribuciones básicas que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
Las plazas convocadas a las que se puede acceder desde el Subgrupo inferior, son las siguientes: Plaza Clasificación GRUPO Forma de provision N.º ADMINISTRATIVO Escala: Admón.
Subescala: Administrativa.
C1 Promoción interna Concurso-oposición 1 1.4.– Régimen de incompatibilidades.
Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquellas con el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, o de Empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos Organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase, ni con el ejercicio de actividades privadas, salvo autorización expresa de compatibilidad, cuando sea legalmente posible.
Base 2ª.– Requisitos de los/las aspirantes.
Para ser admitidos/as al proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias: a) Ser funcionario/a de carrera en activo del Excmo.
Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes. b) Estar encuadrado en el Grupo C2 de Administración General.
Auxiliar Administrativo con una antigüedad de dos años. c) Poseer la titulación de bachiller o técnico superior de F.P. o equivalente. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, no estableciéndose exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes tareas y funciones. f) No haber sido sancionado/a por falta administrativa tipificada como grave o muy grave que no haya sido cancelada ni hallarse inhabilitado/a para el ascenso.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Base 3ª.– Solicitudes. 3.1.– Solicitudes.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las plazas indicadas deberán contener los datos personales de los/as solicitantes, la manifestación de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda de la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y la expresión de que, en caso de ser nombrados, se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.
Estas se dirigirán al Sr.
Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes.
Junto a la instancia se adjuntará fotocopia del documento Nacional de Identidad y de la titulación requerida, así como la relación de méritos que se alegan y la justificación de los mismos.
Los modelos de instancia y de alegación de méritos se facilitarán tanto en las dependencias como en la sede electrónica del Ayuntamiento. 3.2.– Datos consignados.
Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en su solicitud, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo señalado en el apartado siguiente de esta Base.
Transcurrido este plazo no se admitirá petición de esta naturaleza, salvo causa de excepción sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el órgano municipal competente. 3.3.– Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.4.– Lugar de presentación.
El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes cualquiera de los días laborables dentro del plazo indicado en el apartado 3.3.
También podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de las formas previstas en el Art.16 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. 3.5.– Derechos de examen.
No se establecen conforme a la Ordenanza fiscal. 3.6.– Defectos Subsanables.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable podrá requerirse a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de admitidos/as.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a