Cuerpo de Médicos/as Forenses · Consejería de Hacienda
Cuerpo de Médicos/as Forenses
Sin confirmar
Plazas
29/09/2026
Fecha Límite
Autonómica
Nacional
A1
Grupo
Descripción y Detalles
Resolución de 24 de agosto de 2026, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
📄 Contenido del documento
Los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses se constituyen como órganos técnicos multidisciplinares adscritos al Ministerio de Justicia o, en su caso, a aquellas comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de justicia, cuya misión principal es auxiliar a la Administración de Justicia en el ámbito de sus diversas disciplinas científicas y técnicas, mediante la práctica de pruebas periciales médicas, tanto clínicas como de patología y de laboratorio y, en su caso, periciales de equipos técnicos.
Los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses realizan, además, funciones de docencia e investigación relacionadas con las ciencias forenses.
Tras la promulgación del Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal, estos se fueron creando sucesivamente en todo el territorio español.
Mediante la Orden JUS/2948/2002, de 31 de octubre, se dispuso la creación del Instituto de Medicina Legal de Asturias.
Por Resolución de 3 de diciembre de 2025, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, se aprobó la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Principado de Asturias.
Dada la necesidad de proceder a la cobertura de puestos de trabajo singularizados que actualmente se encuentran vacantes en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Principado de Asturias, de conformidad con lo establecido en los artículos 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, procede convocar concurso específico.
El Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, atribuye a la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos las competencias en materia de Justicia, en los términos de las competencias transferidas.
Mediante Resolución de 20 de julio de 2026, de la Consejería de Hacienda y Asuntos Europeos, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos de la Consejería, se atribuye a la persona titular de la Viceconsejería de Justicia, en relación con el personal de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, todas aquellas competencias atribuidas al Consejero por los artículos 14 y 16 de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público.
En virtud de lo expuesto, resuelvo: Primero.
Convocar concurso específico para cubrir los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta resolución.
Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo II de esta resolución.
Disponer la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estime oportuno.
Oviedo, 24 de agosto de 2026.–El Consejero de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, P.
D. (Resolución de 20 de julio de 2026), la Viceconsejera de Justicia, Encarnación Vicente Suárez.
ANEXO I Puesto Denominación Localidad Código GEPER Cuerpo Funciones CGP (anual) CE (anual) Formación específica/Méritos Puntos Valoración Requisitos Observaciones 1 JEFE/A SERVICIO PATOLOGÍA FORENSE.
OVIEDO. 14021 MÉDICO FORENSE.
Organización y supervisión del trabajo dentro del Servicio.
Dirección y supervisión de las investigaciones médico-legales en casos de muerte violenta o sospechosa de criminalidad ordenadas por la autoridad judicial dentro de su demarcación, así como la coordinación de las labores de identificación de cadáveres y restos humanos; para ello, se encarga de establecer las pautas de actuación que deben seguir los Médicos Forenses del Instituto en el desarrollo de todas estas actividades periciales y tanatológicas, centralizando aquellas que se decidan por la Dirección del IML en base a criterios científicos, técnicos o de organización, sin perjuicio de la realización de las funciones y de los turnos de guardias. 22.918,92 18.637,44 Conocimientos específicos en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 4 Apartado 2.3 Base segunda. 3 AÑOS EXPERIENCIA.
Conocimientos en materia de organización del trabajo y gestión de personal. 4 Apartado 2.3 Base segunda.
Conocimientos en patología forense. 7 Apartado 2.3 Base segunda.
Experiencia en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 10 1 punto por año completo.
Experiencia en patología forense. 15 1,5 puntos por año completo. 2 JEFE/A SECCIÓN PROSECTORADO.
OVIEDO. 14025 MÉDICO FORENSE.
Organización y supervisión del trabajo dentro de la Sección de acuerdo con las instrucciones del Jefe de Servicio.
La organización y supervisión de las tareas técnicas de examen macroscópico y disección de cadáveres que correspondan a las investigaciones médico-legales por muerte violenta o sospechosa de criminalidad ordenadas por la autoridad judicial en la demarcación del Instituto, así como en los procesos de identificación de cadáveres y restos humanos; todo ello coordinándose con el Jefe de Servicio para aplicar las pautas de actuación y los criterios de centralización científicos, técnicos o de organización establecidos por la Dirección del Instituto de Medicina Legal de Asturias, sin perjuicio de la realización de las funciones y de los turnos de guardias. 22.918,92 17.175,48 Conocimientos específicos en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 6 Apartado 2.3 Base segunda. 3 AÑOS EXPERIENCIA.
Conocimientos en anatomía. 9 Apartado 2.3 Base segunda.
Experiencia en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 10 1 punto por año completo.
Experiencia en anatomía. 15 1,5 puntos por año completo. 3 JEFE/A SERVICIO CLINICA MÉDICO FORENSE.
OVIEDO. 14022 MÉDICO FORENSE.
Organización y supervisión del trabajo dentro del Servicio.
Dirección y coordinación de todos los peritajes médico-legales en personas vivas, lo que incluye el examen y control periódico de lesionados, la valoración de daños corporales en actuaciones procesales, la realización de informes psiquiátricos, las investigaciones por delitos contra la libertad sexual, y la asistencia facultativa a detenidos a disposición judicial o del Ministerio Fiscal; asimismo, le compete fijar los protocolos de actuación técnica para los Médicos Forenses de su área y ejecutar la centralización de aquellas actividades que determine la Dirección del Instituto basándose en criterios científicos, técnicos o de organización, sin perjuicio de la realización de las funciones y de los turnos de guardias. 22.918,92 18.637,44 Conocimientos específicos en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 4 Apartado 2.3 Base segunda. 3 AÑOS EXPERIENCIA.
Conocimientos en valoración de daño corporal y psiquiatría forense. 4 Apartado 2.3 Base segunda.
Formación en especialidades clínicas. 7 Apartado 2.3 Base segunda.
Experiencia en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 6 0,6 puntos por año completo.
Experiencia en valoración de daño corporal y psiquiatría forense. 6 0,6 puntos por año completo.
Experiencia en especialidades clínicas. 13 1,3 puntos por año completo. 4 JEFE/A SECCION CLÍNICA MÉDICO FORENSE.
OVIEDO. 14023 MÉDICO FORENSE.
Organización y supervisión del trabajo dentro de la Sección de acuerdo con las instrucciones del Jefe de Servicio.
El examen y control periódico de lesionados, la valoración de daños corporales, las investigaciones en supuestos de delitos contra la libertad sexual, y la asistencia o vigilancia facultativa de los detenidos a disposición judicial o del Ministerio Fiscal, sin perjuicio de la realización de las funciones y de los turnos de guardias. 22.918,92 17.175,48 Conocimientos específicos en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 6 Apartado 2.3 Base segunda. 3 AÑOS EXPERIENCIA.
Formación en especialidades clínicas. 9 Apartado 2.3 Base segunda.
Experiencia en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 10 1 punto por año completo.
Experiencia en especialidades clínicas. 15 1,5 puntos por año completo. 5 JEFE/A SECCIÓN VIOLENCIA SOBRE LA MUJER.
OVIEDO. 19031 MÉDICO FORENSE.
Organización y supervisión del trabajo dentro de la Sección.
La coordinación, supervisión y mejora de la actividad pericial especializada en materia de violencia de género y violencia sexual, la implantación de protocolos y criterios técnicos de actuación, la coordinación de las unidades especializadas que puedan adscribirse a la sección y la colaboración en las actividades de formación, investigación, calidad y seguimiento de la actividad desarrollada, sin perjuicio de la realización de las funciones y de los turnos de guardias. 22.918,92 17.175,48 Conocimientos específicos en las áreas de actuación propias de la medicina forense. 6 Apartado 2.3 Base segunda. 3 AÑOS EXPE