Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial · Departamento de Justicia y Derechos Humanos
- Plazas
- Sin confirmar
- Fecha límite
- 13 nov 2026
- Grupo
- A2universitario
- Ámbito
- Autonómica
Plazo hasta el 13 nov
Resumen del boletín
Orden de 28 de septiembre de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se convoca concurso específico en razón de puesto y/o idioma, para la provisión de los puestos singularizados de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
De conformidad con lo establecido en el artículo 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 49 y siguientes del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se anuncia concurso específico en razón de puesto y/o idioma, entre el personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de plazas vacantes de puestos singularizados, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
De conformidad con el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, resuelvo: Artículo 1.
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El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico, de puestos de trabajo vacantes singularizados por puesto y/o idioma para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, y que se relacionan en el anexo I.
Requisitos de participación. 1.
Requisitos generales: a) Podrá participar en este concurso el personal funcionario de carrera perteneciente a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los que se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el apartado b), siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria, en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y los mantenga hasta la resolución definitiva del concurso.
El personal funcionario en situación de servicio activo deberá mantener esta situación hasta la resolución definitiva del concurso.
Quienes se encuentren en las situaciones de servicios especiales o excedencia por cuidado de familiares, en el supuesto de reingresar al puesto de trabajo reservado, no serán excluidos de la participación en el concurso.
Tampoco será excluido el personal funcionario en activo que pase a la situación de servicios especiales o excedencia por cuidado de familiares.
En caso de que el personal funcionario que se encuentre en las situaciones de activo, servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares pasara, durante el proceso de resolución del concurso, a las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión definitiva, serán excluidos de la participación en el concurso. b) No podrá participar en el presente concurso: – El personal funcionario declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión. – El personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el período mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación. – El personal sancionado con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se le impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente. c) En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo. 2.
Requisitos específicos: Las personas participantes que opten a un puesto singularizado por razón de idioma deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el perfil lingüístico de euskera correspondiente.
Puestos de trabajo ofertados.
Los puestos a proveer mediante el presente concurso son los que figuran en el anexo I de esta orden.
La Dirección de la Administración de Justicia incorporará, en concepto de resultas, aquellos puestos singularizados por razón de puesto y/o idioma que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, y que se encuentren en los mismos partidos judiciales donde se ofertan las vacantes, así como en el Instituto Vasco de Medicina Legal, en la Secretaría de Gobierno y en la Oficina Fiscal de Vitoria-Gasteiz y Donostia/San Sebastián, y los Juzgados de Paz del partido judicial de Bilbao.
A tal fin, desde la fecha de publicación de esta orden y durante el periodo de presentación de solicitudes, se expondrá en euskadi.eus la relación de puestos de trabajo, de la misma naturaleza que los convocados, que pueden solicitarse.
Podrán solicitarse intercaladas vacantes y resultas.
No tienen la consideración de resultas aquellas plazas que dejen desiertas los participantes en otros concursos simultáneos a éste o en otros partidos judiciales u oficinas distintos de los indicados.
Presentación de solicitudes. 1.
El personal que desee tomar parte en esta convocatoria deberá realizar por medios electrónicos los siguientes trámites: a) La presentación de la solicitud para tomar parte en el presente concurso. b) La alegación de los méritos. c) Y, en su caso, la presentación de la documentación acreditativa de los méritos alegados salvo la acreditación de la situación administrativa, la antigüedad en el cuerpo, los servicios prestados en puestos de gestor/a responsable en la Comunidad Autónoma de Euskadi y el conocimiento del euskera, que serán comprobados de oficio. 2.
Para realizar estos trámites el personal funcionario participante deberá utilizar los certificados de firma electrónica admitidos por el Gobierno Vasco, siendo estos los que se recogen en https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/ y, entre ellos: a) Los certificados de persona física emitidos por Izenpe, incluida la B@kQ. b) Los certificados (de persona física) de firma electrónica en formato software de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. c) DNI electrónico. 3.
Para la presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de la documentación que se acompañe a la misma, así como para la alegación y acreditación de los méritos y para la elección de destinos, se utilizará el formulario electrónico elaborado al efecto, que estará disponible en www.euskadi.eus/servicios/10844. 4.
La presentación tanto de la solicitud como de cualquier otro documento relacionado con la convocatoria por medios no electrónicos se tendrá por no presentado. 5.
Las actuaciones que se deriven de la convocatoria se publicarán en el portal del personal de justicia EIZU y en euskadi.eus, sin perjuicio de su publicación en otros medios de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases.
Para el acceso, tramitación y seguimiento de cada expediente, las personas interesadas deberán acceder al apartado «Mi Carpeta» https://www.euskadi.eus/micarpeta. 6.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del País Vasco» y en el «Boletín Oficial del Estado».
Si no se lograra la simultaneidad de publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco». 7.
Cada participante podrá solicitar por orden de preferencia los puestos de trabajo ofertados, siempre que reúna los requisitos exigidos para dichos puestos de trabajo. 8.
Si a lo largo del plazo de presentación de solicitudes la persona interesada desea modificar la solicitud presentada, podrá hacerlo, pero para ello deberá presentar una nueva solicitud.
La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada persona participante, por lo que sólo se tendrá en cuenta el contenido de la última solicitud presentada dentro del plazo. 9.
No se podrá anular o modificar la instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas. 10.
La solicitud formulada será vinculante una vez transcurrido el período de presentación de instancias. 11.
El personal funcionario que no pertenezca a la Administración de Justicia del País Vasco, además, deberá aportar: – Nombramiento de personal funcionario del cuerpo al que pertenezca. – Diligencia de toma de posesión de la última plaza desempeñada en propiedad. – Certificación actualizada de los servicios prestados en el cuerpo como personal funcionario de carrera.
Los servicios prestados se computarán hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El presente concurso específico consta de varias fases: 1.
Primera fase: méritos generales.
La puntuación máxima por este concepto será de 72 puntos.
Son méritos generales para todos los puestos singularizados: a) Antigüedad: por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgarán dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,0055555 por día).
A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y los años de 360 días.
La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos. b) Conocimiento del euskera: la acreditación de un nivel de conocimiento del euskera superior al exigido para el desempeño de la plaza supone el reconocimiento, a estos solos efectos, de hasta 12 puntos.
Este conocimiento deberá ser debidamente acreditado mediante la certificación oficial u homologación del título aportado y del nivel al que corresponde el título, que se deberá aportar en el plazo de presentación de solicitudes, excepto si se autoriza a esta Administración a su comprobación en el Registro Unificado de Títulos y Certificaciones de Euskera.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en l
- Boletín
- BOE
- Publicado
- 30 oct 2026
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