Convocatoria y bases reguladoras del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Cieza para la provisión en propiedad como funcionario/a de carrera, de seis plazas de Auxiliar Administrativo, por el sistema de concurso-oposición, turno libre.
- Plazas
- 6
- Fecha límite
- 6 nov 2026
- Grupo
- C2graduado escolar
- Ámbito
- LocalMurcia
Plazo hasta el 6 nov
Resumen del boletín
Administración Local Cieza 5057 Convocatoria y bases reguladoras del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Cieza para la provisión en propiedad como funcionario/a de carrera, de seis plazas de Auxiliar Administrativo, por el sistema de concurso-oposición, turno libre.
Por resolución de Alcaldía de fecha 15 de octubre de 2026, se ha acordado convocar un proceso de selección para la provisión en propiedad como funcionario/a de carrera, de seis plazas de Auxiliar Administrativo, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2026, que se regirán por las siguientes: “Bases reguladoras del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Cieza para la provisión en propiedad como funcionario/a de carrera, de seis plazas de Auxiliar Administrativo Primera.- Objeto.
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Es objeto de las presentes bases la regulación del proceso de selección convocado para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre, de seis plazas de Auxiliar Administrativo, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2026, dotadas con los emolumentos correspondientes al grupo/subgrupo C/C2, con la clasificación y denominación siguiente: • Grupo/subgrupo: C/C2 • Escala: Administración General. • Subescala: Auxiliar. • Denominación: Auxiliar Administrativo. • Códigos PT: 006-NI-2020 003-NI-2022 004-NI-2022 008-NI-2025 013-NI-2025 020-NI-2025 De conformidad con lo establecido en el Art. 61.6 en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, se opta porque el sistema selectivo de acceso sea el de concurso-oposición, sistema selectivo que se estima más adecuado teniendo en cuenta la naturaleza de las plazas ofertadas y las funciones a desempeñar, siendo necesario la existencia de una fase de concurso en que se valore la experiencia profesional y la formación, considerando que la fase de concurso permite la valoración de otros aspectos complementarios a la demostración de conocimientos que aporta la fase de oposición, tales como la experiencia profesional, la formación académica y los cursos de especialización y perfeccionamiento que, de otra forma, no podrían tenerse en cuenta en el proceso selectivo.
Las plazas de Auxiliar Administrativo que queden vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Cieza, se podrán sumar a las convocadas en este proceso de selección, previa oferta pública de las mismas.
Segunda.- Normativa aplicable.
El proceso de selección se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases y, en lo no previsto en ellas, le será de aplicación lo establecido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 (en adelante TREBEP), de 30 de octubre, Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, R.D.
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y normas complementarias; R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario de la Administración Local; supletoriamente por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, sobre Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y demás legislación concordante que resulte de aplicación.
Las bases se publicarán integras en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.
Las bases serán expuestas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el portal web municipal (www.cieza.es), en el apartado de empleo público, así como todos los actos relativos a los procesos de selección.
Tercera.- Requisitos y condiciones generales de los aspirantes.
Los aspirantes, deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera, los siguientes requisitos: 1.
Tener nacionalidad española o encontrarse en alguno de los supuestos habilitantes previstos en el artículo 57 del TREBEP.
En este último caso, deberá acreditarse el dominio escrito y hablado del idioma castellano. 2.
Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 3.
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.
Equivalencia de títulos.
Quienes aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas habrán de citar la disposición legal en la que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar una certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración Pública para ello.
Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos, que deberá ser acreditada por las personas interesadas.
Las titulaciones extranjeras deberán estar debidamente convalidadas/homologadas en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. 4.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
A tal efecto, quienes superen las pruebas podrán ser sometidos/as a reconocimiento por los servicios médicos del Servicio de Prevención del Ayuntamiento de Cieza antes de su nombramiento. 5.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 6.
No concurrir ninguna otra causa de incapacidad para el acceso a la condición de empleado público en los términos establecidos por las disposiciones legales aplicables.
Cuarta.- Solicitudes. 4.1.- Forma y presentación.
Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado: a) en el portal de empleo público: http://cieza.convoca.online. b) en el Registro electrónico del Ayuntamiento. c) o en cualquiera de las formas que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4.2.- Documentos que deben acompañar la solicitud.
Los aspirantes deberán acompañar a su solicitud los documentos siguientes: a) Copia del DNI o Pasaporte. b) Resguardo acreditativo del pago de la cantidad de 17,75 € en concepto de Tasa por presentación de solicitud para participar en pruebas selectivas de personal, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza municipal que regula las Tasas por prestación de servicios administrativos de carácter general.
La falta de pago en plazo de la tasa correspondiente no será subsanable y determinará la exclusión del aspirante.
El pago de la tasa podrá realizarse con la carta de pago facilitada al efecto por el Ayuntamiento de Cieza: • En las entidades financieras colaboradoras del Ayuntamiento. • En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cieza (pago tributos on line), mediante tarjeta bancaria.
La carta de pago podrá obtenerse, hasta las 14:00 horas del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes: • En la oficina del Departamento de Gestión de Recursos, sita en C/ Paseo n.º 2, tfno.: 968760800, ext.: 1413. • Solicitándola a la dirección de correo electrónico autoliquidaciones@cieza.es, indicando los siguientes datos: ?
Asunto: solicitud de carta de pago para participar en el proceso de selección de plazas de AUXILIAR ADMINISTRATIVO. ?
Nombre y apellidos. ?
Código postal y localidad. ?
Dirección de correo electrónico en el que se quiere recibir la carta de pago. c) Relación de méritos para su valoración en la fase de concurso (experiencia profesional y formación) y copia de los documentos acreditativos de los méritos alegados, con declaración del interesado sobre la autenticidad de los documentos que se presentan con la solicitud.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados o escaneados, bastando la declaración del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuren en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Cieza, puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos, será la de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso, se valorarán los méritos no acreditados documentalmente en plazo, ni los documentos acreditativos de méritos que no sean legibles.
En el caso de la experiencia en el Ayun
- Boletín
- BORM
- Publicado
- 17 oct 2026
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