Plazo abiertoBOIB · 3 oct 2026

Convocatoria y bases bolsa profesor/a música (lenguaje musical) Exp. 7619/2026

Profesor/a de música (lenguaje musical)

Plazas
Sin confirmar
Fecha límite
19 oct 2026
Grupo
A2universitario
Ámbito
LocalIslas Baleares

Plazo hasta el 19 oct

Publicada el 3 octCierra el 19 oct

Resumen del boletín

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 125 - 3 / Octubre / 2026 > Pág. 54468 a 54476 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 125 - 3 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

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Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ALAIOR Núm. 727389 Convocatoria y bases bolsa profesor/a música (lenguaje musical) Exp. 7619/2026 Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Se hace público que por Resolución número 2026-2302, de fecha 29 de septiembre de 2026, se ha resuelto en su parte bastante el que sigue: "[…] SEGUNDO.- Publicar la convocatoria y bases reguladoras de esta en el BOIB, el tablero de anuncios del Ayuntamiento de Alaior y en el portal de transparencia. dice literalmente: BASES QUE RIGEN EL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA CONTRATACIÓN, CON CARÁCTER DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL Y A TIEMPO PARCIAL, DE PROFESORADO DE LENGUAJE MUSICAL (SUBGRUPO A2) 1.

Objeto de la convocatoria El objeto de esta convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo por concurso de méritos de la categoría profesional Profesor/a de música, especialidad de lenguaje musical, para la Escuela Municipal de Música, con adscripción al Ayuntamiento de Alaior, con carácter de personal laboral temporal a tiempo parcial.

La plaza ofertada se encuadra dentro de la categoría profesional de Profesor/a de enseñanza no reglada de música y danza del Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el cual se regulan las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por el Convenio de personal laboral del Ayuntamiento de Alaior, de acuerdo con el que prevé el artículo 77 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido del Estatuto básico del empleado público, y por la disposición transitoria tercera de este mismo texto legal.

El nombramiento será a tiempo parcial.

La jornada de trabajo definitiva y el número de horas lectivas se fijará definitivamente en función del número de matrículas que se formalicen y de acuerdo con la programación del curso escolar.

Se establece como sistema de selección el concurso de méritos, que se regirá por estas bases. 2.

Funciones del puesto de trabajo Ejercer tareas docentes en la Escuela Municipal de Música de Alaior, las cuales requieren técnicas de trabajo, responsabilidades especiales o condiciones con peculiaridades propias, de acuerdo con el Proyecto educativo del centro, y, en especial, la establecida en el capítulo II del Reglamento de la Escuela Municipal de Música de Alaior. 3.

Condiciones de admisión de aspirantes Las personas interesadas en participar en este procedimiento de selección tienen que reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las condiciones siguientes, de acuerdo con el artículo 56 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público: 1.

Tener la nacionalidad española o de cualquier de los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados donde sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 2.

Tener las capacidades y las aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo. (Declaración responsable incluida en la solicitud.) 3.

Tener 16 años de edad y no exceder, si se tercia, de la edad máxima de jubilación forzosa.

En el supuesto de ser menor de 18 años es necesario el consentimiento de los padres o tutores o la autorización de la persona o institución que los tenga a su cargo. 4.

No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguno de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escalera de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaba en el caso del personal laboral, en el que hubiera sido separado/a o inhabilitado/a.

En caso de ser nacional de otro estado, no encontrarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido o sometida a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso a la ocupación pública. (Declaración responsable incluida en la solicitud.) 5.

Estar en posesión del título siguiente: - Título de grado universitario en música, o de grado superior o equivalente de cualquier especialidad musical. 6.

Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondientes al certificado B2, expedido por el Instituto de Estudios Baleáricos, la Escuela Balear de Administración Pública, la Escuela Oficial de Idiomas (EOI) o titulación equivalente, de acuerdo con la normativa reguladora de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 7.

Declaración responsable (incluida en la solicitud) de tener conocimiento de las obligaciones que se derivan de la normativa de incompatibilidades establecidas a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre. 8.

Haber abonado los derechos de examen (10 €) siguiendo las indicaciones de la base 5.

No obstante, estarán exentas de pagar la tasa las persones aspirantes que estén inscritas en el paro. 4.

Desarrollo del proceso selectivo El proceso de selección consta de dos fases: Fase 1.

Entrevista personal 4.1.

Fase de concurso Los méritos que el tribunal calificador valorará en la fase de concurso son los establecidos en la base 8.1, los cuales se tienen que presentar de acuerdo con el que establece la base 5. 4.2.

Fase de entrevista personal El tribunal convocará los y las aspirantes a una entrevista personal para tratar sobre los aspectos curriculares y su adecuación o aportación al puesto de trabajo señalado, de acuerdo con los criterios establecidos en la base 8.2. 5.

Forma y plazo de presentación de solicitudes 5.1.

Las solicitudes para participar en este proceso de selección se tienen que presentar únicamente de manera telemática usando el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica municipal (alaior.sedelectronica.es), materia Recursos Humanos.

Los medios de identificación electrónica requeridos para la tramitación electrónica son: - Cl@ve Permanente - Cl@ve PIN - Certificado digital de persona física (también conocido como firma electrónica) - DNI electrónico (con el certificado en vigor y la contraseña) Las personas que no dispongan de medios para presentar la solicitud de manera telemática podrán ser atendidas con cita previa a la Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) del Ayuntamiento (calle Mayor, 11).

La cita se puede solicitar en la misma sede electrónica, en el apartado habilitado al efecto.

En esta cita se habilitará la Cl@ve Permanente, para lo cual se tiene que llevar el teléfono móvil y el DNI.

Seguidamente, el personal funcionario habilitado asistirá las personas interesadas en el proceso de registro electrónico de su solicitud.

Las personas que sí dispongan de alguno de los medios de identificación electrónica descritos más arriba pero requieran asistencia también podrán pedir cita para ser atendidas telefónicamente.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contadores a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

A efectos informativos, también se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica municipal (https://alaior.sedelectronica.es/board y en el portal de transparencia municipal).

La no presentación de solicitudes en tiempo y forma determinará la no admisión de la persona aspirando en el proceso selectivo.

En las solicitudes (anexo 1), que se tienen que presentar de acuerdo con el trámite correspondiente al cual se puede acceder a la dirección electrónica https://alaior.sedelectronica.es, se tendrá que hacer constar la manifestación expresa de reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera de la presente convocatoria, referida siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y, a la vez, se tendrá que adjuntar la documentación siguiente: (i) Los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen.

Se advierte que los méritos no justificados documentalmente o presentados fuera de plazo no serán valorados.

Los méritos relativos a la experiencia profesional tienen que ir acompañados del certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social. (ii) Una copia del justificante de pago de los derechos de examen o de estar incurso/a en una causa de exención del pago (tarjeta de paro). (iii) El anexo 2 (autovaloración de méritos) debidamente formalizado. (iv) Una copia del resguardo de haber abonado los derechos para la expedición del título académico exigido para participar en la convocatoria (en caso de que no se le hubiera expedido el título en la fecha de finalización de presentación de solicitudes). (v) Una copia del certificado oficial de lengua catalana del nivel B2.

Las persones aspirantes se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten, significando que en caso de haber dudas derivadas de la calidad de las copias presentadas este Ayuntamiento podrá solicitar al aspirante que presente el documento original a efectos de cotejarlo. 5.2 Los derechos de examen para participar en esta convocatoria, de acuerdo con la Ordenanza fiscal 2/4 reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos (BOIB n.º 124 de 29/10/2024), están fijados en 10 euros, que se tienen que pagar mediante autoliquidación en línea a través de la carpeta ciudadana https://www.carpetaciutadana

Boletín
BOIB
Publicado
3 oct 2026

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