Contrato laboral en Oficina de Transferencia del Conocimiento
Contrato laboral en Oficina de Transferencia del Conocimiento
1
Plazas
7/17/2026
Fecha Límite
AUTONOMICA
ANDALUCIA
A1
Grupo
Descripción y Detalles
<p><strong>Boletín: </strong>BOJA nº 127 de 2026</p><p><strong>Organismo: </strong>Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural</p><p><strong>Administración: </strong>2. Autoridades y personal</p><p><strong>Sección: </strong>2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias</p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/2026/127/BOJA26-127-00009-8916-01_00340149.pdf">Descargar la disposición en PDF</a>
📄 Contenido del documento
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 03/07/2026 2.
Autoridades y personal 2.2.
Oposiciones, concursos y otras convocatorias Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural Resolución de 23 de junio de 2026, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
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El artículo 15.1 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (en adelante, IFAPA), establece que el organismo podrá celebrar, con cargo a sus presupuestos, contratos laborales para la realización de un proyecto específico de investigación.
Tales contratos, serán de duración indefinida de conformidad con lo establecido en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, el cual fue introducido por el artículo primero del Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
En virtud de los citados preceptos se formalizarán por parte de este Instituto contratos laborales en el marco de programas de formación y proyectos específicos de I+D+F, según la naturaleza y características del puesto de trabajo a cubrir.
Los proyectos que sustentan estos contratos gozan de autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad del Instituto y responden a actividades que el IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de Investigación y Transferencia que se consideren prioritarias para el sector en Andalucía.
Estos proyectos requieren, en su mayoría, la realización de trabajos o tareas por el personal investigador, técnico o de gestión, que por su específica cualificación no pueden ser atendidas por el personal fijo de plantilla del IFAPA.
Como exige la propia naturaleza de estos contratos, su duración será indefinida, sujeta a disponibilidad presupuestaria, susceptible de modificación de la fuente financiera y se regirá por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Al estar vinculados a financiación externa o financiación procedente de convocatorias de ayudas públicas en concurrencia competitiva en su totalidad, no requerirán del trámite de autorización previa.
Tras la finalización de la relación laboral se abonará la indemnización procedente conforme al texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
A la vista de lo anterior, RESUELVO Primero.
Se convocan contrataciones laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F que se detallan en el Anexo I.
En dicho anexo se especifica la duración de los contratos, así como los requisitos específicos que deberán reunir las personas que estén interesadas en concurrir en el proceso selectivo.
Además de los requisitos específicos anteriormente mencionados, la persona solicitante deberá reunir los siguientes requisitos generales: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. d) Tener cumplidos la edad de dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación legalmente establecida. e) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. f) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
Los requisitos de participación exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado.
Solicitudes, plazo de presentación y documentación. 1.
La solicitud deberá ajustarse a lo indicado en el portal web IFAPA, en el apartado «Oficina Virtual/ Empleo Público», en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa/web/contratosIDF 2.
Las solicitudes se presentarán única y exclusivamente de forma telemática, preferentemente en la Ventanilla Electrónica indicada en la anterior dirección web, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único, punto 3, del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre. 3.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, los aspirantes quedan sujetos a los datos proporcionados en su solicitud y a la documentación adjunta, sin posibilidad de modificar la puntuación declarada en el autobaremo.
No obstante, se permitirá la subsanación de los requisitos de participación y méritos que hayan sido previamente declarados en el autobaremo. 4.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día hábil siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 00:00 horas del primer día y finalizando a las 24:00 horas del último día.
A estos efectos y de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles. 5.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma así como del autobaremo generado por la aplicación REME supondrá la exclusión definitiva de la persona solicitante. 6.
La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, supondrá la exclusión de la persona solicitante. 7.
A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación que se indique a continuación en copia digitalizada.
En el caso de que alguno de los documentos conste de contenido en ambas caras, deberá presentarla por ambas: a) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española, o bien en caso de que siendo española, la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad. b) Documentación acreditativa en vigor de los requisitos específicos que se detallan en el Anexo I: Titulación o titulaciones académicas; o certificación acreditativa de tener abonados los derechos del título exigido (con constancia expresa del título abonado), expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.
Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente.
Así como cualquier otro requisito de experiencia, formación u otro reflejado en dicho Anexo I, a los que será aplicables los criterios de justificación documental del Anexo III. c) Autobaremo de méritos conforme a lo detallado en el Anexo II y documentos justificativos de los méritos según lo dispuesto en el Anexo III de la presente resolución.
Los méritos deberán estar directamente vinculados con la línea de investigación o el servicio científico-técnico del contrato.
Cuando el contrato incluya una orientación concreta, los méritos deberán estar relacionados con dicha orientación. 8.
Para el registro de la documentación acreditativa o justificativa indicada en los apartados 7.b y 7.c y la generación del autobaremo de méritos conforme al Anexo II, la persona solicitante deberá acceder a la Aplicación Registro de Requisitos y Méritos (en adelante REME), en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa/reme Tercero.
Órganos competentes. 1.
El órgano instructor del procedimiento será el Servicio de Recursos Humanos de IFAPA, que se encargará del análisis de las solicitudes presentadas, comprobará que los beneficiarios reúnen los requisitos establecidos, y realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. 2.
La Comisión de Selección que se reunirá al objeto de valorar los méritos de las personas candidatas estará integrada por las siguientes personas: - Presidencia: Persona titular del Servicio competente del IFAPA.
En el caso de vacante, ausencia, enfermedad o abstención será sustituido por el Coordinador Actividades I+D+F. - Vocales: Persona proponente del contrato y una persona funcionaria del Grupo A1 o del Grupo A2 del IFAPA, la cual ejercerá las funciones de secretaría de la Comisión de Selección.