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CONSEJERÍA DE SALUD: Resolución por la que, como consecuencia de la ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

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Cantabria

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Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 35388 JUEVES, 6 DE AGOSTO DE 2026 - BOC NÚM. 150 1/4 CVE-2026-6252 CONSEJERÍA DE SALUD CVE-2026-6252 Resolución por la que, como consecuencia de la ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria número 185/2026, de 4 de mayo de 2026, se oferta una plaza de la categoría estatutaria de Fisioterapeuta de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el proceso convocado mediante la Orden SAN/139/2022, de 29 de diciembre.

Por sentencia, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, número 185/2026, de 4 de mayo de 2026, declarada firme el 30 de junio de 2026, se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Priscila Cabrero España en el proceso selectivo para el acceso, mediante el procedimiento excepcional de concurso para la estabilización de empleo temporal de larga duración, a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, convocado mediante la Orden SAN/139/2022 de 29 de diciembre (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 3, de 18 de enero de 2023).

El fallo de la sentencia estima el recurso contencioso administrativo requiriendo a la Administración a valorar el mérito experiencia profesional en el sistema sanitario francés en el apartado A2 del baremo.

Mediante resolución del Tribunal Calificador de 15 de julio de 2026, en ejecución de la precitada Sentencia número 185/2026, se publicó la nueva puntuación otorgada a doña Priscila Cabrero España.

El director gerente del Servicio Cántabro de Salud, mediante escrito de 16 de julio de 2026, remite propuesta de una plaza a ofertar a doña Priscila Cabrero España, conforme la Base 8.1 de la Orden de convocatoria y atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

En consecuencia, en uso de las facultades que me han sido conferidas, de conformidad con lo establecido en la Base octava de la citada Orden SAN/139/2022, de 29 de diciembre, como consecuencia del cumplimiento de la Sentencia número 185/2026, de 4 de mayo de 2026, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, así como con la propuesta formulada por la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, RESUELVO Primero.- Ofertar una plaza, recogida en el Anexo de esta Resolución, de la categoría estatutaria de Fisioterapeuta de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a doña Priscila Cabrero España, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo convocado mediante la Orden SAN/139/2022, de 29 de diciembre.

Segundo.- Solicitud de plaza y documentación 2.1.

Otorgar, a doña Priscila Cabrero España, un plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, para la presentación, ante la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, de la siguiente documentación, en la forma indicada en el apartado 2.3. de la presente resolución, y conforme lo previsto en la Base 8.2 en relación con la Base 10ª de la Orden de convocatoria: a) Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 35389 JUEVES, 6 DE AGOSTO DE 2026 - BOC NÚM. 150 2/4 CVE-2026-6252 En el caso de no poseer la nacionalidad española, se deberá acompañar a su solicitud de plaza, documento que acredite las condiciones que se alegan en el apartado 1.a) de la Base 2ª de la Orden de convocatoria. b) Título académico exigido para su participación en este proceso selectivo.

Las equivalencias de los títulos alegados que no tengan el carácter general deberán justificarse.

Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio competente o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. c) Certificado de la posesión de la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento emitido por los Servicios de Prevención del Servicio Cántabro de Salud (Hospital Universitario Marqués de Valdecilla, Hospital Comarcal de Laredo, Hospital Comarcal de Sierrallana, Gerencia de Atención Primaria). d) Declaración de no haber sido objeto de sanción disciplinaria firme de separación del servicio de cualesquiera Administraciones Públicas en los seis años anteriores a la convocatoria, ni de condena mediante sentencia penal firme a la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas. e) Declaración de no tener la condición de personal fijo en la misma categoría convocada, o ser titular de una plaza en la misma categoría profesional u homóloga, o equivalente, en el Sistema Nacional de Salud, en cualquier situación administrativa. f) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Los requisitos establecidos en los apartados 2.1.a), 2.1.b) y 2.1.f) podrán verificarse de oficio por la Administración actuante, siempre que hayan sido expedidos por la Administración Autonómica de Cantabria, o que obren en sus archivos o bases de datos, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, salvo que la persona interesada no preste su consentimiento en el apartado correspondiente del formulario "solicitud de plazas y presentación de documentación", al que se refiere el apartado 2.2. de la presente resolución, en cuyo caso deberá aportarla dentro del plazo indicado, a través de la aplicación informática ORION, y en la forma indicada en el apartado 2.3. de la presente resolución.

Así mismo, el formulario "solicitud de plazas y presentación de documentación", debidamente firmado por la persona interesada, contiene la declaración, exigida en los apartados 2.1.d) y 2.1.e), de no haber sido objeto de sanción disciplinaria firme de separación del servicio de cualesquiera Administraciones Públicas en los seis años anteriores a la convocatoria, ni de condena mediante sentencia penal firme a la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas, así como no tener la condición de personal fijo en la misma categoría convocada, o ser titular de una plaza en la misma categoría profesional u homóloga, o equivalente, en el Sistema Nacional de Salud, en cualquier situación administrativa.

Si, dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, comunicada a la Dirección Gerencia, no presentase la documentación, así como si, a la vista de la documentación presentada o verificada de oficio por la Administración convocante, se apreciase que no cumple alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no se podrá nombrar y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia, conforme lo previsto en la Base 8.3 de la Orden de convocatoria. 2.2.

En el mismo plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, doña Priscila Cabrero España, deberá presentar ante la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, el formulario Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 35390 JUEVES, 6 DE AGOSTO DE 2026 - BOC NÚM. 150 3/4 CVE-2026-6252 "solicitud de plazas y presentación de documentación", conforme la Base 8.4 de la Orden de convocatoria y en la forma que se refiere en el apartado 2.3. de esta resolución, indicando las plazas ofertadas donde desea su adscripción entre las plazas ofertadas relacionadas en el Anexo de esta resolución, no pudiendo anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación.

La adjudicación de las plazas se efectuará a la vista de las peticiones presentadas y atendiendo al orden obtenido en el proceso selectivo, conforme la Base 8.5 de la Orden de convocatoria.

Si, habiendo presentado la documentación, no presente solicitud de plaza o no le corresponda plaza alguna de las solicitadas, se le adjudicará alguna de las que resten vacantes una vez efectuada la adjudicación al resto de aspirantes, conforme la Base 8.5 de la Orden de convocatoria. 2.3.

Forma de presentación Se cumplimentará el formulario "solicitud de plazas y presentación de documentación" exclusivamente por medios electrónicos a través de la aplicación informática ORION, que estará disponible en la siguiente dirección: https://orion.scsalud.es/login, y cuyo acceso se podrá realizar mediante certificado electrónico de persona física, DNIe, Cl@ve Móvil, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente o Usuario y Contraseña.

Una vez cumplimentado en ORION, el formulario "solicitud de plazas y presentación de documentación" será firmado y registrado por alguno de los dos siguientes sistemas: a) Mediante firma electrónica con certificado electrónico de persona física, DNIe o Cl@ve Permanente.

Para la firma electrónica será necesario tener instalado el componente Autofirm@, descargable desde la página https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html.

Firmada electrónicamente la solicitud, ésta quedará registrada automáticamente por la aplicación ORION, permitiendo obtener justificante de su presentación. b) Se imprimirá y firmará manualmente, siendo necesario su registro en soporte papel en cualquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 16.4 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sin que deba acompañarse la documentación ya incorporada en la aplicación ORION.

Contra la presente Resoluci

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