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BOE

Catedráticos y catedráticas de universidad · Universidad Jaume I

Catedráticos y catedráticas de universidad


15

Plazas

29/09/2026

Fecha Límite

Universitaria

Nacional

A1

Grupo

Descripción y Detalles

Resolución de 27 de julio de 2026, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

📄 Contenido del documento

Vista la Resolución de 12 de junio de 2025, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la que se hace pública la oferta de empleo público del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I para el año 2025, relativa a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado contratado doctor, publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» el 19 de junio de 2025.

Visto lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU); el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI), y el Reglamento de selección del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I (RSPDIUJI).

De acuerdo con las competencias que le atribuye la LOSU, y las previstas en el artículo 71 de los Estatutos de la Universitat Jaume I, resuelvo: Primero.

Convocar a concurso de acceso al cuerpo de catedráticos y catedráticas de universidad por el sistema de promoción interna de las plazas que se detallan en el anexo II de esta resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universitat Jaume I.

Aprobar las bases que rigen la presente convocatoria y que figuran en el anexo I.

Publicar las bases de la convocatoria en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI), en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

La publicación del BOE se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación.

El resto de actos administrativos derivados de esta convocatoria se publicarán únicamente en el TAO-UJI.

Informar que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se puede interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto contra el cual se recurre en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, o bien directamente interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castelló, dentro del plazo de dos meses a contar desde que se tenga que entender agotada la vía administrativa.

Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere procedente.

Castelló de la Plana, 27 de julio de 2026.–El Rector, P.

D. (Resolución de 2 de julio de 2026), el Vicerrector de Personal y Planificación Académica, Joaquín Beltrán Arandes.

ANEXO I Bases de la convocatoria Primera.

Este concurso se rige por lo dispuesto en la LOSU; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y otra legislación que le sea aplicable; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC); el Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI); el Reglamento de selección del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I (RSPDIUJI), y lo que se dispone en estas bases y otras normas de carácter general que resulten de aplicación.

Requisitos. 2.1 Requisitos de carácter general.

Las personas solicitantes deberán reunir los requisitos generales siguientes: a) Tener la nacionalidad española o ser de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados a los cuales, en virtud de tratados internacionales firmados por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

También pueden participar el o la cónyuge de los españoles o españolas y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados o separadas de derecho.

Así mismo, con las mismas condiciones, pueden participar los y las descendentes menores de veintiún años o mayores de edad que sean dependientes.

También pueden participar las personas aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el estado de su nacionalidad, a los españoles y españolas se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las del funcionariado de los cuerpos docentes universitarios españoles; a este efecto, el Consejo de Universidades obtendrá informe de los ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas. b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber llegado a la edad de jubilación. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado o inhabilitada para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

En el caso de las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comporta no encontrarse sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública. 2.2 Requisitos específicos.

Las personas solicitantes deberán reunir los requisitos específicos siguientes: a) Pueden presentarse a los concursos de acceso las personas que han sido acreditadas para el cuerpo docente de catedráticos y catedráticas de Universidad de acuerdo con lo que se establece en el artículo 69 de la LOSU y en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio. b) Ser personal funcionario de carrera del cuerpo de profesorado titular de universidad o de la escala de investigadoras e investigadores científicos de los organismos públicos de investigación que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos con esta condición. c) Estar en posesión de los requisitos específicos de lengua que aparecen, en su caso, en el anexo II. 2.3 Los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionaria o funcionario de carrera. 2.4 En ningún caso se admitirá la participación en el concurso cuando se ostente la titularidad de una plaza de igual categoría a la convocada.

Presentación de solicitudes. 3.1 El plazo para presentar la solicitud de participación en este proceso selectivo es de veinte días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE.

Todos los plazos señalados en esta convocatoria se entienden que son hábiles, excluyendo del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos.

Las solicitudes se presentarán por vía electrónica.

El tratamiento de la información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo que se establece en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y otras disposiciones que sean aplicables.

Para presentar la solicitud por vía electrónica, es necesario poseer un certificado digital de firma electrónica, el DNI electrónico o el sistema de identificación Cl@ve.

Cuando se utilice la opción «Registrar cuenta con nombre de usuario» se adjuntará una copia del DNI.

La solicitud se formalizará en línea a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, mediante el enlace correspondiente del Tablón de Anuncios Oficial (TAO-UJI): https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/.

Se utilizará obligatoriamente el modelo de solicitud que aparece en el anexo III de la convocatoria y junto con esta, se entregará la siguiente documentación en formato PDF obligatoriamente, por medios electrónicos: a) Copia del documento nacional de identidad vigente.

Las personas que no tengan la nacionalidad española deberán presentar un documento acreditativo de la nacionalidad, tarjeta de identidad o pasaporte. b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso. c) Justificación del pago de las tasas o certificado acreditativo de su bonificación o exención. d) El currículum académico, docente, investigador y de gestión, específico para la categoría de la plaza en formato CVN. e) Una justificación abreviada y significativa de las competencias y los méritos de investigación, docencia, liderazgo y de los relacionados con la actividad profesional. f) La documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum.

Las solicitudes y la documentación deben presentarse obligatoriamente por medios electrónicos.

El cumplimiento de los requisitos se refiere siempre a la fecha de finalización del plazo para solicitar participar en el concurso.

Las personas que optan a más de una plaza deberán presentar una solicitud independiente para cada una de las mismas, acompañada de la documentación complementaria. 3.2 Derechos de examen y forma de pago.

El importe de la tasa por derechos de examen es de 30 euros. 3.2.1 Bonificaciones.

Los miembros de familia numerosa de categoría general o de familia monoparental de categoría general disfrutarán de una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra, es decir, el importe de la tasa será de 15 euros. 3.2.2 Exenciones.

Disfrutan de exención del pago de la tasa: a) Las personas que forman parte de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial. b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición medi

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