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Catedráticos de Universidad · Universidad de Murcia

Catedráticos de Universidad


110801

Plazas

19/10/2026

Fecha Límite

Universitaria

Murcia

A1

Grupo

Descripción y Detalles

Resolución de 16 de septiembre de 2026, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

📄 Contenido del documento

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; en los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 7/2026, de 19 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en el Reglamento regulador de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad de Murcia, aprobado en Consejo de Gobierno, de fecha 16 de diciembre de 2025, y dentro del marco normativo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, El Rector de la Universidad de Murcia, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas con arreglo al artículo 50 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, y de las funciones que le corresponden según el artículo 29 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 23 de mayo de 2025, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Murcia para el ejercicio 2025 (BORM de 26 de diciembre), y autorizada la convocatoria por la Dirección General de Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Resuelve convocar el presente concurso de méritos reservado a plazas de promoción interna para el acceso a plazas vacantes del cuerpo de Catedráticos de Universidad, que se detallan en el anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Murcia, incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Universidad de Murcia, firmado el 16 de julio de 2021, y se desarrollará con sujeción a las siguientes Bases de la convocatoria 1.

Normas generales 1.1 Son de aplicación a los concursos previstos, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 7/2026, de 19 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; el Reglamento regulador de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad de Murcia, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 16 de diciembre de 2025; la Resolución del Secretario General de la Universidad de Murcia por la que se dictan instrucciones sobre tramitación electrónica de convocatorias de plazas de personal de fecha 8 de septiembre de 2017, y con carácter supletorio, en su caso, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del estado.

El reglamento regulador rige la presente convocatoria con el concepto de bases generales, habiéndose de estar a su contenido en todo lo que no se halle expresa y específicamente previsto en esta resolución.

El reglamento regulador puede ser consultado en cualquiera de las siguientes URL: https://sede.um.es/sede/documento/normativa/reglamento-regulador-de-los-concursos-de-acceso-a-plazas-de-los-cuerpos-docentes-universitarios-y-de-profesorado/23700.pdf. https://borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/58/pdf?id=840722. 1.2 Cada plaza convocada se tramitará como un procedimiento independiente, salvo aquellas en las que, de forma expresa, por ser de la misma área/especialidad de conocimiento y características, se incluyen en un mismo concurso. 2.

Requisitos de participación 2.1 En el presente concurso para la provisión de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios las personas participantes han de reunir: a) Los requisitos de participación establecidos en los artículos 7 y 8 del reglamento regulador. b) Los requisitos adicionales que se recogen en el artículo 9 del reglamento regulador. 2.2 La concurrencia de los requisitos establecidos para participar en el correspondiente concurso se hallará referida a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de inicio de efectos de la toma de posesión. 3.

Presentación telemática de solicitudes 3.1 Para presentar la solicitud de participación, las personas interesadas deben cumplimentar el formulario web de la solicitud establecido específicamente para la plaza y cuerpo correspondiente, disponible en la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL https://convocum.um.es/.

Al acceder a la aplicación del PDI, apartado «convocatorias vigentes», se mostrará un panel informativo con las instrucciones, en el que se indica –paso a paso– cómo se debe cumplimentar y presentar la solicitud. 3.2 La presentación y registro de la solicitud se realizará por vía telemática a través de la propia aplicación web «CONVOCUM PDI», previa validación de los datos y mediante firma electrónica a través de la pasarela de firma de la Universidad de Murcia, utilizando cualquiera de los distintos medios al efecto (certificado electrónico, cuenta UM, etc.). 3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.4 Los derechos de examen serán de 48,61 euros.

La liquidación de tasas y abono se realiza a través de la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL https://convocum.um.es/, por cualquiera de las siguientes formas: a) Banca electrónica, con cargo a cuenta en una de las siguientes entidades bancarias: – Banco Sabadell. – CaixaBank. – Cajamar. – Banco Santander. b) Tarjeta bancaria o Bizum. c) TPV virtual (tarjeta de crédito). d) En los cajeros de las indicadas entidades. e) Pago en ventanilla a través de alguna de las entidades indicadas, previa presentación del recibo unificado que se obtendrá desde la aplicación.

En ningún caso la presentación y pago supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas participantes que acrediten tener una discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, en el plazo de presentación de solicitudes.

Se entenderá como defecto no subsanable no haber realizado el pago dentro del plazo de presentación de solicitudes. 3.5 A efectos de incidencias técnicas informáticas podrán ponerse en contacto en el teléfono 868884222 y correo electrónico dumbo@um.es y para consultas en relación con la convocatoria y presentación de solicitudes al correo electrónico seleper@um.es. 3.6 Requisitos y documentación justificativa: De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del reglamento regulador, en el momento de realizar la solicitud no será preciso aportar documentación justificativa de los requisitos de participación, que será sustituida por documento suscrito por la persona participante en cuya virtud declare bajo su responsabilidad que reúne los requisitos generales y adicionales y, en su caso, los específicos que, por razón de la naturaleza de la plaza o de lo previsto en el apartado 2 del artículo 7 del reglamento regulador, se establezcan en la convocatoria para la participación en el proceso selectivo, que dispone de la documentación acreditativa de tales requisitos y que se compromete a efectuar su aportación, a requerimiento de la Universidad de Murcia, en cualquier momento durante la tramitación del proceso selectivo y, al término de este, en el supuesto de resultar adjudicataria de la plaza.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial de datos o informaciones incorporados a la declaración responsable, o de la documentación que fuere en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará las consecuencias previstas en la normativa aplicable, constituyendo causa justificativa de exclusión del proceso selectivo. 3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas. 3.8 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona interesada tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Universidad de Murcia de cualquier cambio de dicho domicilio a efectos de notificación. 4.

Relación de participantes Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y comprobado que todas las personas participantes han firmado y registrado en tiempo y forma la solicitud de participación, han abonado las tasas exigidas y declaran bajo su responsabilidad que reúnen todos los requisitos exigidos para su participación en el proceso selectivo, comprometiéndose a acreditarlo documentalmente si fuera requerida para ello en cualquier momento del proceso selectivo, se publicará directamente la relación definitiva de participantes. 5.

Comisión de Selección 5.1 Las comisiones estarán formadas

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