Catedrático de Universidad
Catedrático de Universidad
8
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
UNIVERSITARIA
Nacional
A1
Grupo
Descripción y Detalles
Resolución de 1 de julio de 2026, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
📄 Contenido del documento
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en lo sucesivo LOSU, y en el artículo 29 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados por Acuerdo 19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León (BOCyL de 3 de febrero), y modificados por Acuerdo 38/2011, de 5 de mayo, de la Junta de Castilla y León (BOCyL de 11 de mayo), en adelante EUS, y el Reglamento de concursos para el acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, aprobado por Resolución de la Universidad de Salamanca de fecha 30 de julio de 2024 (BOCyL del 6 de agosto).
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 50 de la LOSU y el artículo 66 de los EUS, en ejecución de la de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Salamanca para el año 2024 (BOCyL de 13 de diciembre de 2024), y obtenida la correspondiente autorización de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, ha resuelto convocar a concurso de acceso por el sistema de promoción interna las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes Bases de convocatoria 1.
Normas generales 1.1 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOSU; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público, de 20 de octubre de 2016 (BOCyL del 31), y supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE de 2 de octubre), de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; los EUS; el Reglamento de concursos para el acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, las presentes bases de convocatoria, y, con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Para el cómputo de plazos será inhábil a todos los efectos los períodos de cierre oficial de la universidad. 1.2 Los concursos tendrán, con carácter general, procedimiento independiente para cada plaza objeto de la convocatoria.
No obstante, en el mismo procedimiento se podrá incluir más de una plaza si sus características de perfil y requisitos son idénticas.
En caso de que se incluyan varias plazas, el aspirante con una puntuación final más alta podrá elegir la plaza de su interés, y el resto sucesivamente.
En este supuesto, el abono de derechos de examen se referirá a una sola plaza. 1.3 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (BOE de 4 de enero de 1985), de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo, y al Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. 1.4 La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 1.5 Todas las publicaciones que se derivan de esta convocatoria cumplirán con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 2.
Requisitos de los concursantes Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 2.1 Requisitos generales: a) Ser español.
También podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún estado, al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de edad dependientes.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el estado de su nacionalidad a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles.
Sobre este efectivo reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al castellano, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del título de Doctor. 2.2 Requisitos específicos: a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrán presentarse a los concursos de las plazas comprendidas en la presente convocatoria, de promoción interna, quienes sean funcionarios de carrera del cuerpo de profesores titulares de universidad con destino actual definitivo en la Universidad de Salamanca. b) Los funcionarios que participen en esos concursos deberán estar acreditados para el cuerpo docente de catedráticos de universidad, y tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el puesto de origen.
No podrán participar en este proceso de promoción interna quienes ya ostenten la condición de Catedrático de Universidad en la misma área de conocimiento en esta o en otra universidad. 2.3 La posesión de los requisitos establecidos en la presente base se hallará referida siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y deberá mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo. 3.
Solicitudes 3.1 Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de Salamanca en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.2 Las solicitudes deberán presentarse a través del Procedimiento electrónico «Procesos de selección/provisión de PDI Funcionario y laboral» disponible dentro del catálogo de servicios de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca en el enlace https://sede.usal.es/procedimientos?param1=PROPDI, a cuyo efecto deberá disponerse de certificado digital reconocido por la plataforma Cl@ve, de acuerdo con las instrucciones existentes en la propia sede, ello en aplicación de los artículos 4, 3.2.a) y concordantes del Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público (BOCyL de 31 de octubre de 2016).
En el caso de solicitantes extranjeros que no puedan disponer de certificado digital (por no poseer NIE), podrán iniciar solicitud previo registro en el RUS USAL (Registro Unificado de Solicitantes de la Universidad de Salamanca) en el enlace https://identidad.usal.es/altatemporal/index.rus.php?origen=84473d99780b63ff576f286b76b70941.
En este caso las credenciales obtenidas mediante el proceso de registro en (RUS) serán utilizadas durante el proceso de firma.
Sólo podrán utilizar este procedimiento de identificación/firma a través del RUS aquellas personas extranjeras que no pueden disponer de certificado digital reconocido por la plataforma Cl@ve.
En ningún caso se admitirán solicitudes de personas con NIF o NIE, los cuales deberán acceder a través del certificado digital.
Será necesario aportar la documentación en formatos PDF, en ficheros que no excedan de 21 Mb, por fichero, no bloqueados contra