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Bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión de un puesto de trabajo de personal funcionario de carrera de la categoría Ingeniero Caminos, Canales y Puertos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos


1

Plazas

27/08/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

A1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 098 - 6 / Agosto / 2026 > Pág. 43844 a 43851 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 098 - 6 / Agosto / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU Núm. 580462 Bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión de un puesto de trabajo de personal funcionario de carrera de la categoría Ingeniero Caminos, Canales y Puertos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Por resolución de Alcaldía de 03 de agosto de 2026 se ha adoptado el siguiente acuerdo: Primero.

Aprobar la convocatoria que debe regir el proceso selectivo para la provisión de un puesto de trabajo vacante de Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos, como personal funcionario de carrera, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Superior, subgrupo de clasificación A1 de este Ayuntamiento.

El procedimiento de selección será concurso de méritos por el sistema de movilidad interadministrativa.

Aprobar las bases que regirán esta convocatoria, y que seguidamente se detallan.

Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la sede electrónico del Ayuntamiento.

Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), siendo esta fecha de publicación la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

Bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión de un puesto de trabajo de personal funcionario de carrera de la categoría Ingeniero Caminos, Canales y Puertos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu. 1.

Objeto de la convocatoria Es objeto de la presente convocatoria regular el proceso selectivo para la provisión como personal funcionario de carrera de un puesto de trabajo vacante perteneciente a la escala Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Superior, subgrupo de clasificación A1, categoría Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, mediante el sistema de movilidad interadministrativa y procedimiento concurso de méritos.

Las funciones y tareas a desarrollar vienen señaladas en el Anexo I de las presentes bases. 2.

Publicación de la convocatoria y anuncios La presente convocatoria y sus bases reguladoras se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://santaeulariadesriu.sedelectronica.es/).

Asimismo, se publicará un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) .

El plazo de presentación de solicitudes se computará desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.

Los restantes y sucesivos anuncios se harán públicos únicamente en el tablón de anuncios de la sede electrónica. 3.

Legislación aplicable Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de las Islas Baleares (LFPIB).

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDP).

Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, relativo a indemnizaciones por razón de servicio (RDIRS).

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. 4.

Requisitos de los participantes Para poder participar en este procedimiento de movilidad interadministrativa, la persona aspirante debe cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el desarrollo del proceso, los siguientes requisitos: a) Condición de personal funcionario: Tiene que ser personal funcionario de carrera de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales y haber prestado servicios como funcionario de carrera en la categoría exigida un período mínimo de dos años. b) Grupo y Escala: Pertenecer a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Superior (Grupo A1) o equivalente. c) Titulación exigida: Estar en posesión del título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o titulación oficial de Grado + Máster que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada (nivel 3 MECES).

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la homologación o credencial de reconocimiento correspondiente. d) Conocimiento de lengua catalana: Acreditar estar en posesión del certificado oficial de conocimiento de lengua catalana nivel B2 o superior.

Los certificados se tienen que acreditar mediante el certificado oficial correspondiente, de entre los siguientes: Certificado expedido por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares.

Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

Certificado homologado por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares, de acuerdo con la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014.

Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013). e) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B en vigor. f) Situación administrativa: Encontrarse en situación administrativa de servicio activo o en cualquier otra que reconozca el derecho a la reserva de puesto. g) Capacidad y habilitación: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas y no haber sido separado mediante expediente disciplinario ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. h) Tasa: Haber satisfecho la tasa por derechos de examen de 32,00 €.

El importe de la tasa para optar a las pruebas de selección puede ser ingresada mediante: a.

Transferencia a la cuenta del Ayuntamiento núm.

ES33 2100 0225 05 0100002763 de CaixaBank (indicando en concepto: DNI y proceso selectivo). b.

Ingreso presencial en la Caja de la Corporación, situada en calle Mariano Riquer Wallis, nº 4 planta baja, de lunes a viernes de 8:15 a 13:30 horas.

El impago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante.

Este pago no sustituye en ningún caso el trámite de presentar la solicitud en el plazo y forma prevista en estas bases. 5.

Presentación de solicitudes y documentación adjunta Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles , contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) .

Forma: Las solicitudes para participar en esta convocatoria se deberán presentar obligatoriamente de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu (https://santaeulariadesriu.sedelectronica.es), en el apartado «Trámites destacados», de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Administración Electrónica del Ayuntamiento (BOIB núm. 33, de 14 de marzo de 2026) En el trámite de presentación electrónica deben cumplimentarse todos los campos obligatorios, adjuntar la documentación requerida y completarse todos los pasos hasta concluir con el registro efectivo de la solicitud, del que se deberá obtener el justificante acreditativo de la presentación.

La solicitud que no haya completado todo el proceso de registro se tendrá por no presentada.

Documentación obligatoria a adjuntar: Documento Nacional de Identidad en vigor o el resguardo de la solicitud de renovación.

Titulación académica exigida.

Certificado de nivel B2 de lengua catalana .

Certificado oficial de servicios prestados expedido por la Administración de origen que acredite la condición de funcionario de carrera, subgrupo A1, escala, subescala, antigüedad y situación administrativa.

Permiso de conducir clase B en vigor.

Justificante de pago de la tasa .

Documentación acreditativa de los méritos alegados .

Proyecto Profesional: Documento escrito del Proyecto Profesional relativo al puesto de trabajo convocado, según las especificaciones fijadas en las presentes bases y en el Anexo I.

Los méritos presentados y no acreditados mediante original o copia no serán valorados.

En cualquier momento, se podrán requerir los documentos originales de las mismas.

Cualquier diferencia entre el documento original y su copia supondrá la no validez del mérito alegado, sin perjuicio de la posible responsabilidad que se pueda derivar.

Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Toda la documentación que se presente en lengua extranjera tendrá que ir acompañada de la correspondiente traducción jurada a la lengua catalana o castellana.

Sin esta traducción, el mérito no se podrá considerar acreditado y, por lo tanto, no se valorará.

El Ayuntamiento, de oficio o a propuesta de la persona que presida el tribunal, puede requerir en cualquier momento que las personas aspirantes aporten la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos declarados, así como la veracidad de cualquier documento que tengan que aportar en este proceso selectivo.

La inexactitud, la falsedad o la omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información q

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