Bases que ha de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de electricista, personal laboral fijo, de la categoría de oficios del Ayuntamiento de Sant Lluís
- Plazas
- 1
- Fecha límite
- 20 nov 2026
- Grupo
- C2graduado escolar
- Ámbito
- LocalSant Lluís
Plazo hasta el 20 nov
Resumen del boletín
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 136 - 24 / Octubre / 2026 > Pág. 59467 a 59480 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 136 - 24 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Leer el texto completo (35 párrafos más)
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS Núm. 787989 Bases que ha de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de electricista, personal laboral fijo, de la categoría de oficios del Ayuntamiento de Sant Lluís Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 21.10.2026, ha adoptado los siguientes acuerdos: " Primero.- Aprobar las bases que han de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de electricista, personal laboral fio, de la categoría de oficios del Ayuntamiento de Sant Lluís.
Segundo .- Convocar el proceso selectivo para la cobertura de una plaza de electricista, personal laboral fio, de la categoría de oficios del Ayuntamiento de Sant Lluís.
Tercero .- Dar publicidad a la convocatoria y a las bases mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, tablón de edictos municipal y página web del Ayuntamiento.
Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente en que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado." A continuación, se transcriben las bases: Bases reguladoras del procedimiento selectivo para la cobertura de una plaza de electricista, personal laboral fijo, de la categoría profesional de oficios del Ayuntamiento de Sant Lluís Primera.- Objeto de la convocatoria El objeto de estas bases es la selección, por el procedimiento de concurso oposición, de una plaza de electricista, personal laboral fijo, de la categoría profesional de oficios del Ayuntamiento de Sant Lluís.
Esta plaza está incluida en la oferta de empleo público del año 2025 (BOIB núm. 80 de 24.06.2025 y rectificada en el BOIB núm. 133 de 7.10.2025).
Las retribuciones a percibir son: sueldo base, complementos y residencia correspondientes al grupo C2, importes según presupuestos generales del estado; y, las atribuidas a la plaza.
Estas bases, y, el procedimiento de selección se regirán de conformidad con los términos establecidos en el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, por la Función Pública de la CAIB, y supletoriamente, para lo no previsto en lo anterior; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado (BOE núm. 85, de 10 de abril de 1995); en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local (BOE núm. 142, de 14 de junio de 1991); en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
La presente convocatoria y las bases se publicarán en el BOIB, y en el tablón de anuncios de la web municipal www.ajsantlluis.org.
Y, de conformidad con el art.6.2 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el anuncio también se publicará en el BOE.
Segunda.- Funciones del puesto de trabajo Realizar las labores del personal electricista.
Las funciones del puesto de trabajo son las propias del personal electricista, entre otras: Realizar labores de mantenimiento y reparación del alumbrado público y de las instalaciones eléctricas de los edificios municipales.
Ejecutar nuevas instalaciones eléctricas en los edificios municipales y ampliaciones del alumbrado público.
Inspeccionar y comprobar el correcto funcionamiento de las instalaciones eléctricas existentes.
Controlar y revisar el buen funcionamiento de los cuadros de maniobra y protección de alumbrado público.
Realizar los montajes eléctricos necesarios para diferentes actividades y eventos.
Limpiar, reparar o indicar puntos peligrosos de forma circunstancial debidos a condiciones meteorológicas.
Realizar instalaciones y reparaciones en cables eléctricos subterráneos relativos al alumbrado público.
Montar la iluminación relativa a festividades y celebraciones como Navidad, fiestas patronales, etc.
Ordenar, revisar y colocar el material de la sección en el almacén municipal.
Conducir el vehículo elevador para efectuar los trabajos en altura.
Realizar las tareas de montaje y desmontaje de escenarios, vallas, casetas, etc. debido a la celebración de actos y eventos, así como por la celebración de elecciones.
Efectuar cualquier otra tarea no habitual o estructural, propia de su categoría o escala/subescala/clase, que le sea encomendada y por la que haya sido previamente instruido.
Tercera.- Requisitos y condiciones generales de las personas interesadas Para ser admitido/a y, en su caso, formar parte del proceso selectivo correspondiente, las personas aspirantes deben cumplir y reunir los requisitos de esta convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: a) Tener la nacionalidad española o la de los demás Estados miembros de la Unión Europea o la de los estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con excepción de las plazas que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado o las administraciones públicas.
Lo establecido en el párrafo anterior será también de aplicación al cónyuge de los españoles y nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de esa edad que vivan a su cargo.
En cualquier caso, las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deben acreditar documentalmente su nacionalidad. b) Haber cumplido 16 años de edad en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa. c) Estar en posesión de la titulación exigida, o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes, mediante el resguardo del pago de las tasas de obtención del título.
Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es necesario disponer de la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, formación profesional y deportes. d) Estar en posesión del certificado oficial de conocimiento de idioma catalán.
Los estudios de lengua catalana de ESO y bachillerato se pueden homologar con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana A2, B1, B2 y C1 de la Dirección General de Política Lingüística. e) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la escala, subescala o clase en las que se incluye la plaza ofertada. f) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
En el caso de nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
Requisitos específicos: g) Estar en posesión del título de FP de Grado Medio en electricidad o la titulación equivalente a esta especialidad certificada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o entidad competente. h) Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondiente al certificado de nivel B1, de conformidad con lo que establece el apartado 4 del Decreto 11/2017.
Los certificados deben ser expedidos por la Escuela Balear de Administración Publica u homologado por la Dirección General de Política Lingüística que acredite poseer el nivel B1 de conocimientos de lengua catalana.
Cuarta.- Presentación de las solicitudes 4.1.- Plazos Las instancias para participar en el concurso-oposición se tendrán que presentar, según el modelo normalizado que figura en el Anexo II de estas bases, dirigidas a la alcaldía del Ayuntamiento de Sant Lluís, en el plazo de VEINTE DIAS HÁBILES, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las instancias se facilitarán gratuitamente en el registro general del ayuntamiento, y estarán disponibles en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sant Lluís y en la sede electrónica municipal «https://ajsantlluis.org/Tauler/EdictesX.aspx?TIPO=02».
En la instancia las personas aspirantes tendrán que indicar la titulación que poseen y que las habilita para participar en el procedimiento selectivo. 4.2.- Datos consignados en la solicitud Para poder ser admitidas en las pruebas selectivas, las personas aspirantes tendrán que manifestar en la solicitud que son ciertos los datos que indican y que cumplen todas las condiciones establecidas en la base tercera de esta convocatoria, bajo su responsabilidad y con independencia de la posterior acreditación al finalizar el proceso selectivo.
La carencia de dicha manifestación será causa de exclusión de la persona as
- Boletín
- BOIB
- Publicado
- 24 oct 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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