Bases que deben regir la convocatoria para la cobertura de un puesto de peón de brigada como personal laboral fijo de la Empresa Municipal de Serveis d'Alcúdia, SAU (EMSA), mediante el sistema de concurso-oposición primero. objeto de la convocatoria
peón de brigada
1
Plazas
16/10/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
E
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS ALCÚDIA SA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 123 - 1 / Octubre / 2026 > Pág. 53746 a 53758 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 123 - 1 / Octubre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS ALCÚDIA SA Núm. 717266 Bases que deben regir la convocatoria para la cobertura de un puesto de peón de brigada como personal laboral fijo de la Empresa Municipal de Serveis d'Alcúdia, SAU (EMSA), mediante el sistema de concurso-oposición primero. objeto de la convocatoria Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Mediante Acuerdo del Consejo de Administración, aprobado en sesión ordinaria de fecha 17 de octubre de 2024, se han aprobado las bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de peón de brigada como personal laboral fijo de EMSA, mediante el sistema de concurso-oposición.
BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE PEÓN DE BRIGADA COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVEIS D'ALCÚDIA, SAU (EMSA), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PRIMERO.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de esta convocatoria es cubrir un puesto de peón de brigada, como personal laboral fijo de EMSA, mediante el sistema de concurso-oposición, incluido en la oferta pública de empleo del año 2023.
Características del puesto de trabajo: Área Técnica Servicios EDAR, EBAR, Red, mantenimiento general, servicios de playa además de los que se puedan asumir en futuros pedidos a medios propios realizados por el Ayuntamiento de Alcudia Naturaleza Laboral Relación contractual Personal laboral fijo Grupo E Categoría 5 Nivel catalán A2 Circunstancia que lo justifica Puesto vacante con financiación adecuada incluido en la Oferta de Empleo Público de 2023 (BOIB N° 176 de 30 de diciembre de 2023) Número de plazas 1 La dedicación, jornada laboral y remuneración corresponderán a la jornada laboral completa del personal laboral de esta empresa.
La persona que supere el proceso de selección y, por tanto, sea contratada como personal laboral fijo de la brigada de EMSA, desempeñará las funciones correspondientes al puesto de peón de brigada de EMSA en el Área Técnica de EMSA.
Tareas elementales de mantenimiento y conservación de edificios e instalaciones municipales. 2.
Barrer, limpiar, regar, podar, pintar, cortar el césped y plantar en calles, plazas y otros espacios públicos. 3.
Montar y desmontar escenarios, plataformas y otros elementos para adaptar espacios. 4.
Colaborar con el personal del Ayuntamiento en la organización de eventos u otras actividades que este autorice. 5.
Mantener ordenados y limpios los almacenes municipales. 6.
Realizar tareas de mantenimiento y conservación de las herramientas, vehículos y maquinaria necesarias para el desarrollo de las distintas obras y actividades que le sean encomendadas. 7.
Cualquier otra función atribuible a su puesto de trabajo y perfil profesional.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES Para participar en estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán cumplir, en la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española o cualquier otra que permita el acceso al empleo público de conformidad con el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015. b) Haber cumplido dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación obligatoria, referidas ambas circunstancias al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. c) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.
En el caso de títulos expedidos en el extranjero, se deberá aportar la documentación correspondiente que acredite su homologación o reconocimiento oficial. d) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las funciones propias del puesto de peón de brigada. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna de las Administraciones públicas ni de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones similares a las desempeñadas en el caso del personal laboral, en las que haya sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. f) No estar sujeto a ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad de las previstas en la legislación aplicable. g) Estar en posesión del certificado de conocimientos de lengua catalana de nivel A2 expedido por la Dirección General de Política Lingüística, la Escuela Balear de Administración Pública u otro organismo reconocido a tal efecto por la legislación vigente.
Si no puede acreditarse este requisito, el solicitante deberá superar una prueba de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel A2 prevista en la fase de oposición. h) Estar en posesión del permiso de conducir de clase B. i) Con carácter previo a la contratación como personal laboral fijo, la persona seleccionada deberá presentar la documentación acreditativa de los requisitos establecidos en los apartados c), g) y h), así como una declaración de cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados d), e) y f).
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes de participación en las pruebas selectivas deberán presentarse de acuerdo con el modelo oficial que figura como Anexo I de estas bases, en el Registro de EMSA o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud se presenta a través de la sede electrónica, en el campo «RESUMEN» deberá indicarse: «Convocatoria para la cobertura de un puesto de peón de brigada EMSA».
En caso de presentar la solicitud por una vía distinta al Registro de EMSA o a la sede electrónica, el interesado deberá notificarlo a EMSA antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, mediante correo electrónico a la dirección emsa@alcudia.net, indicando en el asunto «Convocatoria de cobertura de un puesto de peón de brigada EMSA» y adjuntando el justificante acreditativo de haber presentado la solicitud dentro de plazo.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Junto con la solicitud de participación, los aspirantes deberán presentar: a) La documentación acreditativa de los requisitos exigidos y que se determinan en el modelo de instancia. b) La hoja de autobaremación de méritos debidamente cumplimentada, que figura como parte del Anexo I. c) La documentación justificativa de los méritos alegados en la hoja de autobaremación.
No se valorará ningún mérito que no haya sido alegado en la hoja de autobaremación y acreditado documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos deberán haberse obtenido antes de la fecha límite de presentación de solicitudes.
No se admitirá la incorporación posterior de nuevos méritos ni documentación que permita acreditar por primera vez un mérito no acreditado dentro del plazo.
El Tribunal Calificador podrá exigir, en cualquier momento durante el proceso de selección, que los aspirantes acrediten la veracidad de los datos y documentos aportados, así como solicitar las aclaraciones necesarias para la correcta valoración de los méritos.
Este requerimiento no podrá tener por objeto la aportación extemporánea de nuevos méritos.
La hoja de autobaremación tendrá carácter orientativo para el Tribunal, que realizará la valoración definitiva de conformidad con estas bases y con la documentación justificativa aportada.
La falta de acreditación documental de un mérito alegado en la autobaremación determinará que dicho mérito no sea valorado.
La convocatoria se anunciará en los lugares habituales y en la página web de EMSA, sin perjuicio de las publicaciones que resulten legalmente obligatorias.
Con la formalización y presentación de la solicitud, el solicitante presta su consentimiento al tratamiento de sus datos personales en los términos establecidos en la base decimoséptima.
Los aspirantes quedarán vinculados por los datos que hagan constar en su solicitud.
La dirección, el correo electrónico y el número de teléfono indicados se considerarán válidos a efectos de comunicaciones, siendo responsabilidad exclusiva de los candidatos comunicar cualquier modificación durante el proceso de selección.
ADMISIÓN DE ASPIRANTES Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de EMSA dictará una resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en la página web de EMSA.
Se concederá un plazo de cinco días hábiles para que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas y subsanar los defectos que sean susceptibles de subsanación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos que hayan motivado su exclusión serán excluidos definitivamente del proceso de selección.
Se considerarán causas de exclusión no subsanables, imputables al solicitante: Presentar la solicitud fuera de plazo.
No cumplir alguno de los req