Bases para la provisión en propiedad, mediante promoción interna, de una plaza de Inspector del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Totana.
Cuerpo no especificado
1
Plazas
06/08/2026
Fecha Límite
AUTONOMICA
MURCIA
A2
Grupo
Descripción y Detalles
Totana
📄 Contenido del documento
Administración Local Totana 3563 Bases para la provisión en propiedad, mediante promoción interna, de una plaza de Inspector del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Totana.
La Junta de Gobierno Local, en Sesión Ordinaria, celebrada el 25.06.2026, aprobó el siguiente acuerdo: Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Inspector del Cuerpo de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Totana, correspondientes a la oferta de empleo público de 2026 Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.1.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, como funcionario de carrera, mediante concurso-oposición, por promoción interna, de una plaza de Inspector del Cuerpo de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Totana, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo A2, e incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2026, con la clasificación y denominación siguiente: Grupo/Subgrupo: A2 (Artículo 22.2 de la Ley 6/2019, de 4 de abril).
Escala: Administración Especial.
Escala Ejecutiva, según artículo 22.1 de la Ley 6/2019, de 4 de abril.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Policía Local.
Categoría: Inspector (artículo 22.1 en relación con la Disposición Adicional Primera de la Ley 6/2019, de 4 de abril).
Denominación: Inspector de Policía local. 1.2.
El sistema escogido por el Ayuntamiento de Totana para la cobertura de la plaza vacante es el de concurso-oposición por promoción interna, de conformidad con lo señalado en los artículos 33.5, letra b) y 36.1 de la Ley 6/2019, de 4 de abril, en relación con el apartado 6 del citado artículo 33. 1.3.
La presente convocatoria se ajustará a las presentes bases, y en lo no previsto en las mismas, al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; Decreto regional 82/1990, de 16 de octubre, por el que se aprueban los criterios a que deberán atenerse las bases de las convocatorias que se aprueben por las Corporaciones Locales de la Región de Murcia para el ingreso y ascenso en los Cuerpos de Policía Local, en lo que no se oponga al anterior texto legal, así como la demás legislación concordante que resulte de aplicación.
Segunda.- Publicación de la convocatoria.
La presente convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y un extracto de la primera en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 6/2019, de 4 de abril.
El resto de publicaciones a que hace referencia la legislación vigente se entenderán referidas al Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Totana.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes y condiciones de participación.
Para tomar parte en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación. c) Tener la condición de personal funcionario de carrera en el Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Totana, en la categoría de Subinspector, con una antigüedad de, al menos, dos años en la citada categoría, a contar desde la fecha del acta de toma de posesión como funcionario de carrera en dicha categoría. d) Estar en posesión de la titulación académica oficial correspondiente al grupo de clasificación profesional de personal funcionario en que se encuadran las plazas convocadas: A2. e) Estar en posesión de los permisos de conducción de clase B y A2. f) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. g) La aptitud física para realizar las pruebas selectivas de aptitud física (primer ejercicio), deberá acreditarse mediante certificado médico. h) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial. i) Carecer de antecedentes penales. j) Comprometerse a portar armas y, en su caso, a utilizarlas, mediante una declaración jurada que se aportará con la instancia (según modelo ANEXO V). k) Presentar la Memoria a la que hace referencia la Base Novena, apartado 8.4, “Cuarto ejercicio”.
Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la convocatoria y mantenerse durante el desarrollo de todo el proceso selectivo.
El certificado médico acreditativo de que la persona aspirante no padece enfermedad, ni defecto físico o psíquico, que le impida la realización de las pruebas de aptitud física previstas en el primer ejercicio de la fase de oposición, deberá estar extendido, en impreso oficial y firmado por facultativo/a con colegiación en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante se encuentra capacitado físicamente para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en la Base Novena 8.1, y Anexo III, respecto a la primera prueba de la fase de oposición, sin que ello suponga un riesgo para su salud.
Dicho certificado se presentará ante el Tribunal en el momento de realización de las pruebas físicas.
No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos.
La fase de inicio del concurso será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (junto con la lista de admitidos/as y excluidos/as provisional, o en su caso definitiva, y designación de los miembros del tribunal calificador).
En el plazo de presentación de instancias se presentará por escrito la Memoria a la que se refiere la Base Novena (8.5 quinto ejercicio) de la convocatoria.
En caso de no ser presentada en dicho plazo los/as aspirantes quedarán excluidos/as.
Cuarta.- Instancias. 1.
Las instancias, que se ajustarán al modelo que figura como Anexo I a las presentes bases, y en las que los/las aspirantes deberán declarar, bajo su personal responsabilidad, que reúnen todos los requisitos exigidos en la Base Tercera de esta convocatoria, habrán de ser dirigidas al Excmo.
Alcalde-Presidente, y presentarse en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Totana, o mediante cualquiera de las formas contempladas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
No será admitida ninguna instancia en la que no conste el registro de entrada de la misma. 2.
Las instancias irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad b) Relación de los méritos que se aleguen por los/las aspirantes para su valoración en la fase de concurso.
Se deberán aportar junto a la solicitud fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados, en su caso.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración responsable del interesado sobre la autenticidad de los mismos (ANEXO II), sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Totana puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Los documentos que sirvan para su justificación se presentarán en sobre cerrado titulado “MÉRITOS” No se tendrá en cuenta mérito alguno que no se acredite durante el plazo de presentación de instancias. c) Haber abonado la tasa en concepto de derechos de examen fijada en 27,30 euros y adjuntar a la solicitud justificante de pago.
Para ello, a través de la siguiente dirección electrónica (https://subsedetributaria.totana.es), las personas interesadas en participar en el proceso selectivo practicarán la autoliquidación, realizando el pago desde la propia web.
Igualmente podrán imprimir la carta de pago resultante, a fin de realizar el ingreso en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que figuran en la misma. (Recuerde que el ingreso, solo se podrá efectuar con el código de barras de la carta de pago, si dispone de cuenta en las entidades bancarias colaboradoras) Los pasos a seguir para la obtención de esta autoliquidación son los siguientes: 1.- Una vez situados en la Subsede Tributaria, en el apartado autoliquidaciones, tendrá que seleccionar «otras autoliquidaciones». a.- En el área «Tributo» han de seleccionar TASA DERECHO DE EXAMEN. b.- En el área «Descripción», se indicará PROCESO SELECTIVO INSPECTOR DEL CUERPO DE LA POLICIA LOCAL DE TOTANA. 2.- Dentro del apartado Interesado, se rellenarán los campos obligatorios (marcados con un *) del participante en el presente proceso selectivo. 3.- En el apartado «Datos de Cálculo», se elegirá la del grupo de la plaza objeto de esta convocatoria DEL GRUPO A2 y en REFERENCIA/CODIGO ha de indicar INSPECTOR 4.- Al pie de la página se pulsará CALCULAR, una vez reflejada la Tasa podrá elegir entre (IMPRIMIR RECIBO) o (PAGAR ONLINE).
Si realiza el pago Online, debe volver a la pantalla anterior y pulsar (JUSTIFICANTE DE PAGO) para descargar dicho justificante. d) Declaración jurada relativa al compromiso de portar armas, conforme al modelo que se adjunta como Anexo V a las presentes bases. e) Memoria o proyecto profesional sob