Bases para cubrir una plaza de arquitecto técnico, personal funcionario de carrera, escalera de Administración especial, subescala técnica, subgrupo A2, y constituir posteriormente una bolsa de esta categoría, mediante concurso oposición por turno libre
Arquitecto Técnico
1
Plazas
02/09/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
A2
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE INCA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 101 - 13 / Agosto / 2026 > Pág. 44841 a 44859 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 101 - 13 / Agosto / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE INCA Núm. 594713 Bases para cubrir una plaza de arquitecto técnico, personal funcionario de carrera, escalera de Administración especial, subescala técnica, subgrupo A2, y constituir posteriormente una bolsa de esta categoría, mediante concurso oposición por turno libre Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Inca, en su sesión de día 22 de julio de 2026 adoptó los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar la convocatoria y las bases que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir, por turno libre y mediante el sistema de concurso oposición, una plaza de personal funcionario de carrera de arquitecto técnico, escala de Administración especial, subescala técnica, subgrupo A2, y constituir posteriormente una bolsa de esta categoría.
Las bases figuran incorporadas al expediente.
Segundo.- Abrir el proceso selectivo para la cobertura de la plaza de conformidad con las bases aprobadas y disponer que la convocatoria y las bases se publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el Boletín Oficial del Estado, y a la página web del Ayuntamiento de Inca.
Tercero.- AUTORIZAR (A) el gasto (... ) «BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, ARQUITECTO TÉCNICO, Y LA POSTERIOR CREACIÓN DE UNA BOLSA DE ESTA CATEGORÍA POR TURNO LIBRE Y MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PRIMERA.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de una plaza de personal funcionario de carrera arquitecto técnico Grupo A2, por turno libre, incluida dentro de la oferta de empleo público del año 2023.
Características del puesto de trabajo: Escala: Administración especial Subescala: técnica Denominación: arquitecto técnico Grupo: A Subgrupo: A2 Número de plazas: 1 Nivel de catalán: B2 Sistema de selección: concurso-oposición Derechos de examen: 14,38 euros (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, BOIB Núm 157 - 27 / noviembre / 2025 ) Su dedicación, jornadas de trabajo y retribuciones serán de jornada completa de trabajo del personal funcionario de esta Corporación.
El aspirante que supere el proceso selectivo y que, por tanto, sea nombrado personal funcionario de carrera arquitecto técnico desarrollará las funciones propias del puesto de trabajo.
CONDICIONES DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para tomar parte en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes tendrán que reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permitan el acceso al empleo público según el artículo 57 a) del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015. b) Haber cumplido los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias. c) Estar en posesión de la titulación oficial de arquitectura técnica, grado de edificación, ingeniería de edificación, aparejador o cualquier otra titulación que permita ejercer la profesión de arquitecto técnico o estar en condiciones de obtenerla en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero deberá aportarse la correspondiente documentación que acredite su homologación oficial o reconocimiento del Ministerio de Educación y Formación Profesional. d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de sus funciones.
Es decir, tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad en las que se incluye la plaza ofertada. e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían/a o ha sido separado/a.
En el caso de ser nacional de otro estado, no debe estar inhabilitado/a o en situación equivalente ni debe haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, acceder al empleo público. f) No estar sometido a causa de incapacidad o incompatibilidad de las contenidas en la legislación local. g) Acreditar documentalmente el conocimiento de lengua catalana mediante la aportación de fotocopia del certificado de nivel B2 de catalán de la Dirección General de Política Lingüística, de la Escuela Balear de Administración Pública u otro organismo reconocido al efecto en la legislación vigente.
En caso de que no se pueda acreditar, deberá realizarse una prueba de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B2, prevista en la fase de oposición. h) Previamente al acto de la toma de posesión, el interesado deberá hacer constar la manifestación de cumplir los requisitos señalados en los apartados d), e) y f). i) Acreditar el pago tasa de examen de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos: 14,38 euros.
TERCERA.- DERECHOS DE EXAMEN La tasa por los derechos de examen tiene un importe de 14,38 euros, que tendrán que abonarse dentro del plazo de admisión de solicitudes.
Pagar los derechos de examen no supone en ningún caso el trámite de presentación de la solicitud en la Administración dentro del plazo establecido.
No procederá la devolución del importe íntegro satisfecho en concepto de tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a las personas interesadas.
Para llevar a cabo este pago, el interesado debe dirigirse a https://inca.tributoslocales.es, pagar tasas, tasa por expedición de documento, en el cuadro tipo de documento indicar «derecho examen», tasa por expedición documentos-autorizaciones y licencias, y seleccionar "solicitudes pruebas selección del personal- A2/ laboral I".
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas deberán presentarse, telemáticamente mediante el trámite externo creado al efecto en la Sede Electrónica del Ayuntamiento o bien en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En cualquier caso, estas solicitudes deberán ajustarse al modelo oficial que consta en el anexo II de las presentes bases.
En el caso de no presentarse la instancia en la Sede electrónica o en el Registro General del Ayuntamiento, se conveniente que la persona interesada avance la solicitud registrada antes de la finalización del plazo de la presentación de las instancias mediante el envío de un correo electrónico a la dirección secretaria@incaciutat.com poniendo al asunto "Expediente n.º: 5707/2026 Justificando instancia" y adjuntando el justificante de la presentación de la instancia dentro de plazo.
Las bases que rigen este proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Posteriormente se publicará la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado .
Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
La convocatoria se anunciará en los lugares habituales y los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en la web municipal del Ayuntamiento de Inca.
El modelo de instancia que consta como Anexo II incluye una declaración jurada de reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda.
Esta solicitud también incluye una hoja de autobaremación de méritos, que tendrá igualmente la consideración de declaración responsable.
La no presentación de este autobaremo no es causa de exclusión pero la no presentación de esta declaración de autobaremo determina la no valoración de méritos en la fase de concurso.
Su omisión no será subsanable.
No obstante, si el autobaremo se ha presentado en plazo, los errores materiales o formales que contenga podrán ser objeto de subsanación.
En ningún caso la enmienda podrá comportar la modificación del autobaremo inicial ni la incorporación de nuevos méritos no alegados en el plazo de presentación de solicitudes.
En la hoja de autobaremación, en el caso de presentarlo, las personas aspirantes tendrán que alegar, de forma detallada y bajo su responsabilidad, todos los méritos de que dispongan con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Estos méritos serán los únicos que podrán ser valorados en la fase de concurso, siempre que se acrediten una vez superada la fase de oposición.
Los méritos indicados en la hoja de autobaremo deberán ser descritos con precisión.
A tal efecto, será obligatorio cumplimentar todos los campos de la hoja de autobaremación para identificar correctamente cada uno de los méritos alegados en la fase de concurso.
Así, en lo que concierne a la experiencia profesional se debe indicar nombre de la empresa o administración, puesto