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Bases específicas para la cobertura, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna, de UNA plaza de OPERARIO DE EDAR DE NIVEL II, de la Empresa de Servicios del Municipio de Manacor SA.

OPERARIO DE EDAR DE NIVEL II


1

Plazas

01/10/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C2

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE MANACOR EMPRESA DE SERVEIS DEL MUNICIPI DE MANACOR SA

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 116 - 17 / Septiembre / 2026 > Pág. 50931 a 50940 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 116 - 17 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE MANACOR EMPRESA DE SERVEIS DEL MUNICIPI DE MANACOR SA Núm. 668496 Bases específicas para la cobertura, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna, de UNA plaza de OPERARIO DE EDAR DE NIVEL II, de la Empresa de Servicios del Municipio de Manacor SA.

Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Primera.

Objeto de la convocatoria La presente convocatoria tiene por objeto la convocatoria de las pruebas selectivas para la cobertura, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna, de UNA plaza de OPERARIO DE EDAR DE NIVEL II, que se incluye en la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, aprobada por acuerdo del Consejo de Administración de la Empresa de Servicios del Municipio de Manacor SA de fecha 23 de julio de 2025, y publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 99 de 26 de julio de 2025.

Funciones Las tareas a desarrollar serán las propias del puesto de trabajo incluidas dentro del Convenio colectivo vigente.

Las personas aspirantes con mayor puntuación pasarán a ocupar las plazas convocadas según el orden de puntuación obtenida en el proceso de concurso-oposición.

El anuncio de la convocatoria e inicio del proceso selectivo se publicará en el BOIB y en la sede electrónica de la entidad.

El resto de publicaciones referidas en estas bases se harán en la sede electrónica de la entidad.

Requisitos de los aspirantes Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el proceso selectivo y mantenerlos hasta el momento de la incorporación a la plaza: 1.

Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes.

Las personas aspirantes que accedan a plazas reservadas para personas con discapacidad deberán tener acreditado el grado igual o superior al 33 % y deberán acreditarlo en el momento de la presentación de instancias. 2.

Dos años de permanencia en el departamento/ área de trabajo objeto del proceso selectivo y en la rama profesional de origen, inmediatamente anteriores a la fecha de la publicación de las bases de la convocatoria.

Para el cómputo de este periodo de permanencia no se computarán los periodos de suspensión contractual (excepto las situaciones especialmente protegidas) ni situaciones de análoga naturaleza. 3.

Haber superado las pruebas médicas que determine el médico de Vigilancia de la Salud y que certifiquen que se es apto y sin ningún tipo de restricción para el correcto desarrollo de todas las funciones de la plaza que se quiere ocupar. 4.

Tener la condición de personal laboral fijo de la SAM. 5.

Estar en posesión del graduado escolar, Formación Profesional de primer grado, ESO o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título para el ejercicio de la profesión correspondiente. 6.

Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al certificado de nivel B1 mediante el certificado emitido por el órgano competente en materia de política lingüística del Gobierno de las Islas Baleares o equivalente por la Administración de acuerdo con la normativa vigente.

Este documento acreditativo, original o fotocopia compulsada, deberá presentarse dentro del plazo de admisión de solicitudes a los proceso selectivo, sin que se puedan presentar en ningún otro momento. 7.

Estar en posesión del carnet de conducir B. 8.

No haber sido separado del departamento o área de trabajo objeto del proceso selectivo de oficio o a petición de la persona trabajadora.

Las personas aspirantes deben cumplir los requisitos indicados en esta convocatoria el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deben mantenerlos hasta el momento de la adquisición de la plaza.

Presentación de solicitudes Las solicitudes requiriendo tomar parte en el proceso selectivo se presentarán dentro del plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y deben dirigirse a la Presidencia de la entidad.

Si el último día de presentación recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente.

Las solicitudes se podrán presentar presencialmente en las oficinas de la SAM situadas en la Calle Mayor, número 22 de Manacor o telemáticamente en la sede electrónica de la SAM https://sammanacor.sedelectronica.es/info.1 También pueden presentarse por las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el caso de que se presenten solicitudes por las demás formas previstas en el citado artículo 16, se requiere que la persona interesada lo comunique a la SAM mediante el envío de un correo electrónico a la dirección sam@sammanacor.com adjuntando el justificante de presentación de la solicitud en el mismo día que se envía.

Con la solicitud se deben adjuntar los documentos que se requieran para demostrar la condición de los aspirantes y los documentos que se requieren para demostrar los méritos. 1.

Solicitud firmada. 2.

Documento nacional de identidad o, en caso de no ser español, del documento oficial acreditativo (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia). 3.

Titulación académica requerida. 4.

Copia auténtica del certificado de conocimientos de lengua catalana que se indique en la convocatoria específica.

Los conocimientos de lengua catalana deben acreditarse mediante un certificado expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escuela Balear de Administración Pública. 5.

Carné de conducir B en vigor. 6.

La documentación acreditativa de los méritos que se alegan.

No se valorará ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente en el plazo de presentación de solicitudes. 7.

Declaración responsable acreditando los requisitos 1, 2, 3, 4 y 8 de la cláusula tercera.

En la solicitud se debe hacer una relación de toda la documentación fotocopiada que se presenta, la cual será contrastada con los originales por el personal administrativo de la SAM que reciba la documentación.

Si la solicitud se presenta por registro electrónico en la sede electrónica de la SAM o mediante cualquiera de los otros mecanismos admitidos, y la documentación no presenta código seguro de verificación, el personal administrativo de la entidad citará al aspirante a las oficinas situadas en la calle Mayor, para comprobar la documentación.

Agotado el plazo de presentación de instancias, el tribunal calificador dictará resolución en el plazo máximo de 15 días naturales aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión, en su caso.

La relación de las personas admitidas y excluidas se expondrá en la sede electrónica de la SAM.

A los efectos de lo establecido en las presentes bases, se entienden como causas de exclusión: La presentación de la solicitud fuera de plazo La falta de cumplimiento de cualquier requisito de participación el último día del plazo de presentación de instancias.

Cualquier otro que resulte de la normativa aplicable o de lo previsto en las bases específicas de cada convocatoria.

Para enmendar el posible defecto o presentar los documentos que sean preceptivos, las personas excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la lista provisional.

Si no se presentan enmiendas la lista se convertirá en definitiva.

Transcurrido este plazo se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la sede electrónica de la entidad.

Tribunal calificador El tribunal calificador estará constituido por cuatro miembros, y se designará el mismo número de suplentes.

Debe contar con un/a presidente/a, dos vocales y un/a secretario/a.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, ni sin presidente/a ni sin secretario/a.

Los/as miembros del tribunal se abstendrán de formar parte y de intervenir en los procesos de selección en los siguientes casos: Parentesco de hasta el tercer grado incluido de consanguinidad o afinidad hasta el segundo incluido, o relación mercantil o laboral externa a la SAM.

Amistad íntima o enemistad manifiesta, o tener interés directo para cualquier opositor.

El Tribunal calificador estará constituido por: Presidencia: Carme Sansó Cabrer – suplente: Arantxa Fiol Aldaz Vocal 1: Antoni Febrer Mesquida – suplente: Gabriel Galmés Grimalt Vocal 2: Antoni Ginard Nadal suplente - Miguel Angel Elias Cardoso Secretaría: Maria Antònia Galmés Garí - suplente: Margalida Galmés Sansó En caso de resultar necesario el Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para que lo asesore, con voz y sin voto.

Procedimiento de selección El pro

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