Radar de Oposiciones
Convocatorias
Iniciar sesiónRegistrarse
Volver al Radar
🟢 Convocada
BOIB

Bases especificas de la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, como personal laboral fijo, de tres plazas de oficial 1ª mantenimiento en el Ayuntamiento de Andratx

Oficial 1ª. Mantenimiento


3

Plazas

19/08/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C2

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 095 - 30 / Julio / 2026 > Pág. 42242 a 42252 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 095 - 30 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE ANDRATX Núm. 559062 Bases especificas de la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, como personal laboral fijo, de tres plazas de oficial 1ª mantenimiento en el Ayuntamiento de Andratx Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Para general conocimiento se hace constar que el 26 de julio del actual se aprobó por Decreto número 36812026, de las bases especificas de la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura, como personal laboral fijo, de tres plazas de Oficial 1ª. mantenimiento en el Ayuntamiento de Andratx, que dice: «(...) PRIMERO.- Aprobar las Bases especificas y la convocatoria que regirá el proceso selectivo para la cobertura, como personal laboral fijo, de tres plazas de Oficial 1ª.

Mantenimiento en el Ayuntamiento de Andratx.

SEGUNDO.- Abrir el proceso selectivo para la cobertura, como personal laboral fijo, de tres plazas de Oficial 1ª.

Mantenimiento, de conformidad con las bases que se transcriben y disponer que la convocatoria se anuncie en el BOE, BOIB, en el tablón de anuncios, sede electrónica y en la página web del Ayuntamiento de Andratx.

ANEXO BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE TRES PLAZAS DE OFICIAL 1ª.

MANTENIMIENTO PERSONAL LABORAL FIJO Y LA GENERACIÓN DE UNA BOLSA EN EL AYUNTAMIENTO DE ANDRATX, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1 El objeto de esta convocatoria es la cobertura, como personal laboral fijo de tres plazas de Oficial 1ª.

Mantenimiento del Ayuntamiento de Andratx correspondiente a la Oferta Pública de Ocupación del año 2026 (BOIB núm. 66 de día 26 de mayo de 2026 y BOIB núm. 75 de 16 de junio de 2026), y la constitución de la bolsa correspondiente, mediante el sistema de concurso oposición.

Características del puesto de trabajo Denominación: Oficial 1ª.

Servicio Mantenimiento.

Código: RPLA 19.19 adscrito al área de Servicios Urbanos/Vías y Obras.

RPLA 19.23 y RPLA 19.24* adscrito al área de Contratación, Actividades, Medio Ambiente y Servicios: Medio Ambiente.

Escala: Laboral Nivel 6.

Retribución anual bruta: 23.622,42 € 1.2 Las funciones a ejercer serán las propias generales del puesto de trabajo de Oficial 1ª.

Mantenimiento como operario de la brigada. 1.3 Esta selección se regirá por las prescripciones contenidas en esta convocatoria especifica y, en aquello que no se prevea, por el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público, la Ley 3/2007, de la Función pública de las Islas Baleares y por la otra normativa que le sea aplicable. *1.4 La plaza RPLA 19.24 está vinculada a una jubilación parcial, por lo cual, el nombramiento del personal laboral fijo, queda condicionado a la fecha de inicio de la jubilación parcial en cuestión.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.

Los aspirantes tendrán que reunir, en la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de la solicitud, los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española o la de un país de la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos estados en que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por aquella y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, y en los términos previstos en el art. 57 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público. b) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría profesional. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de su servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para puestos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaban en el caso de personal laboral, en el que haya estado separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber estado sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso a la función pública. e) Acreditar el requisito de conocimiento de la lengua catalana del nivel A2.

Estos conocimientos tienen que ser acreditados mediante la aportación del título o certificado oficial correspondiente, expedido por la Dirección General de Política Lingüística de las Islas Baleares o equivalencias previstas. f) Estar en posesión del permiso de habilitado para la conducción de vehículo (B). g) Haber abonado los derechos de examen de acuerdo con lo que dispone la Base Cuarta.

Con anterioridad a la toma de posesión, la persona interesada tendrá que hacer constar que no está sometida a ninguno de los motivos de incompatibilidad establecida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, que regula las incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o comprometerse, si es el caso, a ejercer la oportuna opción en el periodo de tiempo que prevea el artículo 10 de la disposición legal anterior, y no percibir ninguna pensión de jubilación, de retiro o de orfandad.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 20 días naturales para la presentación de instancias para tomar parte en el proceso selectivo a contar a partir del día siguiente de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Estado (BOE) , la no presentación de la solicitud en plazo y forma supondrá la no admisión de la persona aspirante.

Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldesa, y se tendrán que ajustar al modelo incluido en el ANEXO II de estas bases.

Su presentación podrá hacerse en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios admitidos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Instrucciones de presentación por los medios puestos a disposición por parte del Ayuntamiento de Andratx.

TELEMÀTICAMENTE: a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/) por instancia general.

Para poder llevar a cabo un registro telemático hay que disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico o Cl@ve pin.

PRESENCIALMENTE: En el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Andratx obligatoriamente con cita previa (08:30 a 13:30 de lunes a viernes) o en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integren la Administración local.

Para ser admitido y tomar parte de la convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en la solicitud (ANEXO II) que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda.

Será necesario acreditar juntamente con la solicitud: 1.

Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad. 2.

Fotocopia del título exigido para tomar parte de esta convocatoria. 3.

Fotocopia del título exigido del nivel de catalán. 4.

Fotocopia del permiso de conducir. 5.- Aportar autoliquidación y comprobante de pago de la tasa o certificado de la persona con discapacidad para el reconocimiento de la exención de la misma. 6.

Solicitud rellenada y firmada (ANEXO II).

La documentación relativa a los méritos de los aspirantes se presentará una vez finalizada la fase de oposición y en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de los resultados definitivos de dicha fase.

Así lo hará constar el Tribunal Calificador en dicha publicación.

Con la formalización y presentación de la solicitud, los/as aspirantes dan su consentimiento al trato de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte de la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente y, especialmente, la Ley Orgánica de protección de datos.

De acuerdo con la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa para derechos de exámenes para participar en los procesos selectivos del Ayuntamiento de Andratx, las personas aspirantes que quieran formar parte del procedimiento tendrá que satisfacer una tasa de 15,00 euros dentro del plazo para presentar las solicitudes, sin que se puedan abonar en otro momento.

No están sujetos a la tasa las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %.

Cuando la solicitud de participación en el proceso selectivo no se presente en las oficinas de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento de Andratx, el aspirantes tendrá que expedir una autoliquidación de la sede electrónica http://andratx.sedeelectronica.es la cual consta de dos pasos: 1.

Autoliquidación: Enlaces de interés, autoliquidaciones: Tasa para llevar a pruebas de selección de personal. 2.

Pago de la autoliquidación: mediante pasarela de pagos (con tarjeta) – Pago Auto-Liquidaciones Ayuntamiento.

En la autoliquidación tiene que figurar claramente el nombre de la persona aspirantes.

El justificante de pago se tiene que aportar con la s

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
Ver convocatoria oficial
InicioRadarIniciar sesión