Bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de calle a trece (13) plazas vacantes de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Inca mediante el procedimiento ordinario
policía local
13
Plazas
06/10/2026
Fecha Límite
Local
Islas Baleares
C1
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE INCA
📄 Contenido del documento
BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 112 - 8 / Septiembre / 2026 > Pág. 49524 a 49535 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 112 - 8 / Septiembre / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
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Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE INCA Núm. 652313 Bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de calle a trece (13) plazas vacantes de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Inca mediante el procedimiento ordinario Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Inca, en su sesión de día 12 de agosto de 2026 adoptó los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar la convocatoria y las bases para la cobertura de trece (13) plazas de la categoría de policía local y la posterior creación de una bolsa de esta categoría por turno libre mediante el sistema de oposición del Ayuntamiento de Inca.
Estas bases figuran en el expediente.
Segundo.- Abrir el proceso para la cobertura del mismo en plazas de conformidad con las bases se aprueban y que figuran en el expediente, y disponer que la convocatoria se anuncie en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el Boletín Oficial del Estado y en la página web del Ayuntamiento de Inca .
Tercero.- AUTORIZAR (A) el gasto (... ) BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CALLE A TRECE (13) PLAZAS VACANTES DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE INCA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO.
Objeto de la convocatoria, procedimiento de selección y normativa La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, trece (13) plazas de la categoría de policía local, vacantes y dotadas presupuestariamente, correspondientes siete (7) plazas de la Oferta de Empleo Público del año 2023, tres (3) plazas de la ampliación de la Oferta de Empleo2 la ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2025 y dos (2) plazas de la ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2026, por el sistema de acceso de turno libre y procedimiento de selección de oposición.
Estas plazas se corresponden a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase policía local, Grupo de clasificación C1, del Ayuntamiento de Inca.
BOIB nº. 176, 30 de diciembre de 2023, (7 plazas) BOIB nº. 165, de 17 de diciembre de 2024, (3 plazas) BOIB nº. 173, de 30 de diciembre de 2025, (1 plaza) BOIB nº. 96, de 1 de agosto de 2026, (2 plazas) Se aplicarán a estas pruebas selectivas las presentes bases; la Ley 4/2013,de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, con la modificación efectuada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, el Decreto Ley 6/2021 y el Decreto Ley 6/2022; el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares; Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares, el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como también el resto de disposiciones legales aplicables a la policía local.
Las bases de esta convocatoria deben publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
En el Boletín Oficial del Estado debe publicarse el anuncio de la convocatoria que debe llevar la denominación de la escala y la categoría de las plazas convocadas, el número de plazas, el ayuntamiento que los convoca, el sistema de acceso, el procedimiento selectivo, los medios de impugnación y la fecha y número del Boletín Oficial de las Islas Baleares en que se han publicado las bases.
Con el fin de conseguir una composición equilibrada de la plantilla de la Policía Local de Inca, de acuerdo con la Disposición adicional 3ª. de la Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares modificada por la Ley 11/2017, se determina que el 25 % de las plazas ofertadas en esta convocatoria debe ser cubierto por mujeres, en los términos establecidos en estas bases.
Requisitos de los aspirantes .
Para ser admitidas en estas pruebas selectivas, las personas interesadas deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener dieciocho años cumplidos. c ) Estar en posesión del título de bachillerato, técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, será necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. d) No padecer enfermedad o defecto físico o psicofísico que impida o merme el correcto desarrollo de las funciones, en relación con el cuadro de las exclusiones que se determinan en el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo. e) No haber sido separado del servicio de la administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública. f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. g) Poseer los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor. h) Comprometerse a llevar armas y, en su caso, a utilizarlas, mediante declaración jurada. i) Estar en posesión del nivel B2 (nivel avanzado) del conocimiento de la lengua catalana Los certificados deben ser los expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública, o los expedidos u homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013. j) Haber abonado la tasa por derechos de examen de 10,78 € ( Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, BOIB Nº 157, 27 de noviembre de 2025).
Presentación de solicitudes .
Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo deben ajustarse al modelo normalizado de solicitud (anexo II) se tendrán que dirigir a la alcaldía y se presentarán en el Registro del Ayuntamiento o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
El modelo normalizado de solicitudes se encontrará a disposición de las personas interesadas, en el Registro General de este Ayuntamiento, y en la página web del Ayuntamiento, a partir de la apertura del plazo para su presentación.
El plazo general de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado .
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente.
Junto con la solicitud cumplimentada adecuadamente, las personas aspirantes deben adjuntar: a) Una declaración responsable de que la persona aspirante cumple los requisitos exigidos en las bases, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para presentar las solicitudes. b) Acreditación de haber abonado la tasa por derechos de examen.
La carencia de justificación del pago de la tasa indicada determina la exclusión del aspirante.
Este pago no sustituye, en ningún caso, al trámite de presentar la solicitud en el plazo y en la forma prevista. c) Declaración, en su caso, de tener el certificado de superación de las pruebas de aptitud física de la EBAP en los términos que se establecen en la Disposición transitoria primera del Decreto Ley 6/2021 a efectos de quedar exentas de realizar las pruebas físicas del proceso selectivo.
Serán válidos los certificados emitidos desde la entrada en vigor del Decreto 40/2019 ( 26/05/2019) hasta la entrada en vigor del Decreto Ley 6/2021 ( 11/07/2021) con una con una vigencia de dos años a contar desde el día de la superación de las pruebas de acreditación.
La Administración puede requerir de la persona solicitante la aportación formal de la documentación sustituida por la declaración responsable en cualquier fase del procedimiento selectivo.
Los derechos de examen por esta convocatoria se fija en 10,78 €, que tendrán que abonarse dentro del plazo de admisión de solicitudes.
Pagar los derechos de examen no supone en ningún caso el trámite de presentación de la solicitud en la Administración dentro del plazo establecido.
No procederá la devolución del importe íntegro satisfecho en concepto de tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a las personas interesadas.
Para realizar este pago, el interesado debe dirigirse a https://inca.tributoslocales.es, pagar tasas, tasa por expedición de documento, donde figura tipo de documento que indican «derecho examen», tasa por expedición documentos-autorizaciones y licencias, y seleccionar «solicitudes pruebas selección del personal-C1/laboral 2,3, 4.
Con la formalización y presentación de la solicitud, el aspirante presta su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de Datos de Carácter Perso