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Bases del proceso selectivo para cubrir por personal funcionario de carrera doce plazas vacantes de Policía Local de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, por el sistema de selección turno libre y procedimiento oposición

Policía Local


12

Plazas

01/09/2026

Fecha Límite

Local

Islas Baleares

C1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

📄 Contenido del documento

BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 097 - 4 / Agosto / 2026 > Pág. 43172 a 43183 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 097 - 4 / Agosto / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU Núm. 576154 Bases del proceso selectivo para cubrir por personal funcionario de carrera doce plazas vacantes de Policía Local de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, por el sistema de selección turno libre y procedimiento oposición Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Por resolución de Alcaldía de fecha 24 de julio de 2026 se ha adoptado el siguiente acuerdo: PRIMERO.

Aprobar la convocatoria que ha de regir el proceso de selección para proveer en propiedad doce plazas de funcionario de carrera, dotadas económicamente, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2026, plazas incluidas en la plantilla de personal funcionario y perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Categoría Policía Local y Subgrupo de clasificación C1.

El procedimiento de selección será el de oposición por el sistema turno libre.

Aprobar las bases que regirán esta convocatoria, y que seguidamente se detallan.

Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón digital de anuncios del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), siendo esta fecha de publicación la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

Disponer que los próximos anuncios se publiquen exclusivamente en el tablón digital de anuncios del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

Bases del proceso selectivo para cubrir por personal funcionario de carrera doce plazas vacantes de Policía Local de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, por el sistema de selección turno libre y procedimiento oposición. 1.

Objeto de la convocatoria El objeto de esta convocatoria es la regulación del proceso selectivo para proveer, por personal funcionario de carrera, doce plazas de Policía Local, vacantes y dotadas económicamente, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2026 (BOIB núm. 83, de 2 de julio de 2026, y rectificación publicada en BOIB núm. 90, de 18 de julio de 2026), por el sistema turno libre y procedimiento oposición. 2.

Características de la plaza La plaza corresponde a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Categoría Policía Local y Subgrupo de clasificación C1. 3.

Publicación convocatoria y anuncios El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE), siendo esta fecha la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes .

La presente convocatoria se publicará, también, en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y en el tablón digital de anuncios de la Corporación.

Los restantes y sucesivos anuncios se harán públicos únicamente en el tablón digital de anuncios del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu. 4.

Legislación aplicable Se aplicará a estas pruebas selectivas la siguiente legislación: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP).

Ley 4/2013, de 17 julio, de Coordinación de las Policías Locales de las Illes Balears (LCPLIB).

Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Illes Balears (LFPCAIB).

Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de Exigencia del Conocimiento de la Lengua Catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Coordinación de las Policías Locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears (RMCPLIB).

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). 5.

Requisitos de los aspirantes Para participar en esta convocatoria, las personas interesadas han de cumplir en la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los requisitos siguientes: a) Tener nacionalidad española. b) Tener 18 años de edad, cumplidos. c) Estar en posesión del título de Bachiller, técnico superior o equivalente, o ser capaz de obtenerlo en la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes.

Asimismo, se aplicará lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

En el caso de títulos expedidos en el extranjero, deberá presentar la correspondiente homologación oficial.

La titulación deberá ser acreditada por la expedición de los títulos correspondientes por autoridad académica competente.

Esta misma autoridad puede declarar también la equivalencia de los títulos. d) No padecer ninguna enfermedad o defecto físico o psicofísico que le impida o disminuya el desarrollo correcto de las funciones del puesto, según el cuadro de exclusiones determinado en el anexo 5 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo. e) No haber sido separado del servicio de la administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para ejercer la función pública. f) No tener antecedentes penales por delitos dolosos. g) Tener los permisos de conducción de clase A2 y B en vigor. h) Compromiso mediante declaración jurada de llevar armas y, si procede, a utilizarlas. i) Estar en posesión del certificado oficial de conocimiento de lengua catalana nivel B2.

Los certificados se tienen que acreditar mediante el certificado oficial correspondiente, de entre los siguientes: Certificado expedido por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares (Dirección general de Política Lingüística).

Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

Certificado homologado por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares, de acuerdo con la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014.

Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013). k) Haber abonado la tasa por derechos de examen. l) Firmar la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos de participación que figura en el trámite telemático de inscripción en este proceso selectivo.

Se entenderá que la declaración responsable está firmada cuando se haya presentado y finalizado el proceso de inscripción.

Las personas aspirantes han de reunir los requisitos establecidos en estas bases en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso de selección.

En este sentido, se pueden efectuar las comprobaciones oportunas durante todo el proceso.

Si en cualquier momento del proceso selectivo, o una vez haya tomado posesión del puesto vacante, se comprueba que alguna persona no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, perderá todos los derechos que pudieran derivarse de su participación o, en su caso, se podrá revocar el nombramiento. 6.

Derechos de examen El importe de la tasa para optar a las pruebas de selección es de 24 € y puede ser ingresada: a.

Mediante ingreso presencial en la Caja de la Corporación, situada en calle Mariano Riquer Wallis, nº 4 planta baja, de lunes a viernes de 8:15 a 13:30 horas. b.

Por transferencia a la cuenta núm.

ES33 2100 0225 05 0100002763 de CaixaBank (indicando en concepto DNI y proceso selectivo).

Será obligatorio adjuntar el justificante de dicho ingreso a la solicitud de acceso al proceso selectivo.

El impago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante.

Este pago no sustituye en ningún caso el trámite de presentar la solicitud en el plazo y forma prevista en estas bases.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes, ni en caso de inasistencia a cualquiera de los ejercicios. 7.

Reserva Se reserva un 25 % de las plazas convocadas para ser cubiertas por mujeres, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera de la LCPLIB.

La adjudicación de las vacantes convocadas se realizará siguiendo una única lista final de los aspirantes atendiendo al orden de puntuación obtenida y a los criterios de desempate legalmente existentes.

Cuando el objetivo del porcentaje del 25 % no se consiga atendiendo a lo que dispone el párrafo precedente, se dará preferencia a las candidatas mujeres sobre los candidatos hombres hasta cumplir el objetivo perseguido siempre que: a) Haya una equivalencia de capacitación determinada por la superación de las pruebas y ejercicios de la fase de oposición del sistema selectivo. b) Ninguna de las candidatas mujeres seleccionadas por la aplicación de esta preferencia tenga un diferencial de puntuación en las fases de oposición y, en su caso, de concurso, superior al 15 % frente a los candidatos hombres pretéritos. c) No concurran en otro candidato motivos legalmente previstos que, no siendo discriminatorios por razón de sexo, justifiquen la no aplicación de la medida, como la pertenencia a otros c

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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