AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA: Bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión como funcionario interino, por el procedimiento de concurso-oposición de una (1) plaza de
Jefe del Servicio Contra Incendios y Salvamento
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Plazas
13/10/2026
Fecha Límite
Local
Cantabria
A1
Grupo
Descripción y Detalles
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📄 Contenido del documento
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 48508 MIÉRCOLES, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2026 - BOC NÚM. 188 1/11 CVE-2026-7530 AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA CVE-2026-7530 Bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión como funcionario interino, por el procedimiento de concurso-oposición de una (1) plaza de Jefe del Servicio Contra Incendios y Salvamento.
Expediente 2026/9870Q.
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario interino, por el procedimiento de concurso-oposición, de una (1) plaza de JEFE del SERVICIO CONTRA INCENDIOS y SALVAMENTO (escala: Administración Especial, subescala: Técnica, clase: Superior, subgrupo de titulación A1), para su adscripción al Servicio Contra Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Torrelavega, dotada con las retribuciones o emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
El nombramiento interino que resulte de este proceso selectivo decaerá automáticamente en sus efectos en el momento en que se dote definitivamente la plaza de jefe del SCIS (actualmente vacante) o, de producirse antes, se reincorpore al servicio activo el funcionario titular de la plaza de oficial técnico SCIS con mantenimiento de la encomienda temporal de funciones de jefe del SCIS, todo ello en los términos que se determinen por los órganos municipales competentes.
En todo caso, el nombramiento interino que se derive de este proceso selectivo se ajusta a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en redacción dada por artículo 1.1 del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en el sentido de: "No obstante, transcurridos tres años desde el nombramiento del personal funcionario interino se producirá el fin de la relación de interinidad, y la vacante solo podrá ser ocupada por personal funcionario de carrera, salvo que el correspondiente proceso selectivo quede desierto, en cuyo caso se podrá efectuar otro nombramiento de personal funcionario interino.
Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino.
En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese dé lugar a compensación económica".
Se estará a lo establecido en la plantilla municipal y relación de puestos de trabajo en materia de definición, características, contenido, régimen retributivo, etc, del puesto de trabajo de adscripción.
Las presentes bases serán publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria así como en el Tablón electrónico del Ayuntamiento de Torrelavega.
Los sucesivos anuncios relativos al procedimiento selectivo serán objeto de publicación a través del Tablón electrónico municipal.
De conformidad con el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación a los interesados de los actos, acuerdos y resoluciones integrantes de este procedimiento selectivo, la exposición en el Tablón electrónico municipal.
Asimismo, se podrá obtener información en relación con estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, en la página web del Ayuntamiento de Torrelavega en la siguiente dirección: http://www.torrelavega.es (sede electrónica/oferta de empleo público).
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 48509 MIÉRCOLES, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2026 - BOC NÚM. 188 2/11 CVE-2026-7530 En ningún caso la información que se suministre mediante el medio citado, sustituirá las comunicaciones y publicaciones que a través de boletines oficiales y tablón de anuncios municipal se determinan de conformidad con la legislación vigente en las presentes bases.
SEGUNDA.- Condiciones de los aspirantes.- Los requisitos que habrán de reunir los aspirantes son los siguientes: a) Tener nacionalidad española o estar incurso en alguno de los supuestos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Hallarse en posesión del título universitario de Grado, Licenciado, Ingeniero superior, Arquitecto o titulación académica equivalente.
Las equivalencias de los títulos alegados que no tengan el carácter general deberán justificarse por el interesado.
Igualmente en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas o la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. e) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
Todos los requisitos anteriores deberán reunirlos los aspirantes en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias solicitando tomar parte en la Convocatoria.
TERCERA.- Incompatibilidades del cargo.- Las comprendidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
CUARTA.- Instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, serán presentadas a través del Registro General de la Corporación, sito en la calle Juan José Ruano número 9, bajo (Torrelavega, 39300) o sede electrónica municipal, durante el plazo de diez (10) días naturales, contados a partir del siguiente de la publicación de las bases de la convocatoria en Boletín Oficial de Cantabria y en el Tablón electrónico municipal.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El impreso de instancia se ajustará al modelo oficial que se facilitará en las oficinas del Registro General del Ayuntamiento.
Dicho modelo de instancia se podrá imprimir en la dirección Web del Ayuntamiento de Torrelavega: http://www.torrelavega.es.
A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad y de la titulación académica exigida así como de todos aquellos documentos justificativos de los méritos que se acrediten en la presente convocatoria, debiendo tenerse en consideración que no será tenido en cuenta requisito y/o mérito alguno que no haya sido debidamente justificado en tiempo y forma en los términos establecidos en la base octava.
Con carácter general los requisitos y méritos que, en su caso, pudieran ser alegados por los aspirantes para su valoración en el presente proceso de selección, deberán acreditarse documentalmente en los términos establecidos en las presentes bases, sin que se pueda Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 48510 MIÉRCOLES, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2026 - BOC NÚM. 188 3/11 CVE-2026-7530 presumir la concurrencia de requisito o mérito alguno distinto de los alegados y justificados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección, siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante la falta o defecto en la acreditación de los requisitos o méritos por el alegados que impidan su consideración o valoración en términos de igualdad con respecto al resto de los aspirantes.
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias no se admitirá ningún justificante, mérito o acreditación de circunstancias aun cuando se refieran a hechos producidos con anterioridad a la finalización de dicho plazo, salvo la que resulte precisa al objeto de subsanar errores materiales en la documentación aportada en el momento de presentación de instancias.
QUINTA.- Admisión de los aspirantes.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que se hará pública en el Tablón de edictos de la Corporación, concediéndose un plazo de cinco (5) días naturales para la subsanación de los posibles errores en las instancias presentadas.
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias no se admitirá la presentación de nueva documentación para acreditación y/o subsanación de requisitos o de méritos aun cuando se refieran a hechos producidos con anterioridad a la finalización de dicho plazo, salvo la que resulte precisa al objeto de subsanar errores materiales en la documentación aportada en el momento de presentación de instancias.
El lugar y la fecha de comienzo del proceso de selección y la composición nominal del Tribunal calificador será anunciada en el Tablón electrónico municipal, publicándose los resultados de la convocatoria en el mismo, pudiéndose consultar igualmente en la dirección web del Ayuntamiento de Torrelavega: http://www.torrelavega.es.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la base segunda.
Cuando de la documentación que, de acuerdo con la base undécima de la presente Orden, debe presentarse en caso de ser aprobado, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, lo