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AYUNTAMIENTO DE REOCÍN: Bases reguladoras y convocatoria de varias bolsas de empleo, mediante el sistema de oposición libre, para la cobertura de plazas para atender a las ne

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Plazas

03/08/2026

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Cantabria

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Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 33379 LUNES, 27 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 143 1/16 CVE-2026-5972 AYUNTAMIENTO DE REOCÍN CVE-2026-5972 Bases reguladoras y convocatoria de varias bolsas de empleo, mediante el sistema de oposición libre, para la cobertura de plazas para atender a las necesidades temporales y de interinidad.

Por Resolución de Alcaldía núm. 2026-0817 de fecha 17 de julio de 2026, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria para la formación, mediante el sistema de oposición, de las siguientes bolsas de empleo para cubrir plazas y puestos en el Ayuntamiento de Reocín, con carácter temporal: — Plazas y puestos de Técnico de Administración General. — Plazas y puestos de Administrativo/a. — Plaza y puestos de Auxiliar Administrativo/a. — Plazas y puestos de Limpiador/a. — Plazas y puestos de Oficial de Segunda oficios varios (Cometidos Múltiples). — Plazas y puestos de Oficial de Tercera oficios varios (Cometidos Múltiples).

Se adjuntan a continuación, las bases reguladoras de las convocatorias: "Base Primera.- Objeto de la convocatoria: plazas y puestos de trabajo a cubrir y funciones a desempeñar. 1.- Plazas y puestos de trabajo a cubrir.

Es objeto de las presentes bases la selección, mediante sistema de oposición, las personas que integrarán las siguientes bolsas de empleo para prestar servicios en el Ayuntamiento de Reocín (Cantabria): — Plazas y puestos de Técnico de Administración General. — Plazas y puestos de Administrativo/a. — Plaza y puestos de Auxiliar Administrativo/a. — Plazas y puestos de Limpiador/a. — Plazas y puestos de Oficial de Segunda oficios varios (Cometidos Múltiples). — Plazas y puestos de Oficial de Tercera oficios varios (Cometidos Múltiples).

Las plazas y puestos a cubrir con las bolsas de empleo que se constituyan serán aquellas derivadas de bajas o sustituciones del personal funcionario o laboral municipal, para atender necesidades temporales y de interinidad del Ayuntamiento de Reocín, bien sean a jornada completa o a tiempo parcial, debiéndose cumplir por cada aspirante que conforme finalmente las bolsas de empleo, los requisitos previos que en cada momento y para cada tipo de contratación establezca la normativa en vigor.

Las bolsas de empleo que se convocan, dejarán sin efecto, a la fecha de la constitución formal de cada una de ellas, las siguientes bolsas de empleo vigentes: — Bolsa de Administrativo/a, constituida mediante Decreto de la Alcaldía nº 097/2019, de 14 de marzo.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 33380 LUNES, 27 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 143 2/16 CVE-2026-5972 — Bolsa de Auxiliar Administrativo/a, constituida mediante Decreto de la Alcaldía nº 143/2020, de 12 de febrero. — Bolsa de Oficial de Segunda, constituida mediante Resolución de la Alcaldía nº 2024- 0829, de fecha 28 de mayo de 2024. 2.- Funciones a desempeñar.

Las funciones a desempeñar en las plazas y puestos de trabajo que se cubran, serán las establecidas para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Reocín.

Base Segunda.- Número de personas que integrarán la bolsa de empleo.

Integrarán las bolsas de empleo todas las personas que presenten solicitud y participen en el proceso de selección concurriendo y superando la oposición.

Base Tercera.- Ámbito temporal de vigencia de la bolsa de empleo.

Las bolsas de empleo resultantes de esta convocatoria, estarán vigentes hasta la realización, de forma motivada, de una nueva convocatoria a través de la que se constituyan nuevas bolsas de empleo.

Base Cuarta.- Requisitos generales.

Para poder participar en este proceso selectivo y en su caso formar parte de la bolsa de empleo, las personas interesadas deberán reunir, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, así como, en su caso, en el momento del llamamiento para cubrir con carácter temporal una plaza y puesto de trabajo, los siguientes requisitos establecidos en el artículo 56 del R.D.

Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP): a) Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de otro Estado en los términos regulados en el artículo 57 del TRLEBEP. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el siguiente título académico oficial exigido para el ingreso en cada categoría profesional de las plazas y puestos objeto de convocatoria: — Plazas y puestos de Técnico de Administración General: Título de Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras. — Plazas y puestos de Administrativo/a: Título de Bachiller o Técnico, o equivalente. — Plaza y puestos de Auxiliar Administrativo/a: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 33381 LUNES, 27 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 143 3/16 CVE-2026-5972 — Plazas y puestos de Limpiador/a: Sin requisito de titulación. — Plazas y puestos de Oficial de Segunda oficios varios (Cometidos Múltiples): Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. — Plazas y puestos de Oficial de Tercera oficios varios (Cometidos Múltiples): Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Además, dentro del plazo de presentación de instancias, los solicitantes deberán haber abonado en la cuenta abierta por el ayuntamiento de Reocín en la entidad UNICAJA BANCO SAU, número: ES85 2103 7152 08 0030005361, la siguiente tasa por derechos de examen, salvo que el solicitante esté exento, todo ello conforme a la Ordenanza Fiscal nº 23 del Ayuntamiento de Reocín, aprobada definitivamente en sesión de 19 de diciembre de 2008 y publicada en el Boletín Oficial de Cantabria de 30 de diciembre de 2008: — Plazas y puestos de Técnico de Administración General: Treinta (30) euros. — Plazas y puestos de Administrativo/a: Veinte (20) euros. — Plaza y puestos de Auxiliar Administrativo/a: Quince (15) euros. — Plazas y puestos de Limpiador/a: Quince (15) euros. — Plazas y puestos de Oficial de Segunda oficios varios (Cometidos Múltiples): Quince (15) euros. — Plazas y puestos de Oficial de Tercera oficios varios (Cometidos Múltiples): Quince (15) euros.

Base Quinta.- Presentación de solicitudes: Plazo, forma y lugar.

Subsanación. 1.- Plazo. — La solicitud de participación en este proceso de selección, deberá presentarse en el plazo de los SIETE (7) DÍAS NATURALES SIGUIENTES a la publicación de las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. 2.- Forma. — La solicitud podrá ser presentada en el modelo que figura como Anexo o en el que elabore el propio solicitante, no obstante debiendo contener este los mismos datos e información que el modelo Anexo.

Junto a la solicitud, el interesado únicamente deberá adjuntar justificante acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen o justificante o papeleta actualizada de ser demandante de empleo en el correspondiente instituto de empleo, de cara a aplicar la exención en el pago del referido tributo. 3.- Lugar. — La solicitud podrá presentarse directamente en el Registro General del Ayuntamiento de Reocín, así como en los demás lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). 4.- Subsanación. — De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 la LPACAP, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos en estas bases, a solicitud del Ayuntamiento o a instancia del propio interesado, este voluntariamente podrá subsanar la falta en cualquier momento y hasta la Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 33382 LUNES, 27 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 143 4/16 CVE-2026-5972 publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, sin perjuicio de poder hacerlo igualmente en la forma y plazo establecido en estas bases una vez publicada la lista provisional de admitidos y excluidos.

Base Sexta.- Admisión de los aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Reocín, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, haciéndose pública mediante Anuncio inserto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Reocín y página web municipal: https://ayto-reocin.com/, concediéndose un plazo de TRES (3) DÍAS NATURALES para la subsanación de defectos en la solicitud presentada.

Los errores que pudieran advertirse en la lista provisional de admitidos y excluidos podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la LPACAP.

Finalizado el plazo concedido para la subsanación de defectos, el Alca

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