AYUNTAMIENTO DE NOJA: Bases reguladoras y convocatoria para la provisión temporal, en Comisión de Servicios, de dos plazas de Policía Local.
Cuerpo no especificado
2
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
LOCAL
CANTABRIA
C1
Grupo
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Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 30217 MIÉRCOLES, 1 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 125 1/12 CVE-2026-5357 AYUNTAMIENTO DE NOJA CVE-2026-5357 Bases reguladoras y convocatoria para la provisión temporal, en Comisión de Servicios, de dos plazas de Policía Local.
Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 25 de junio de 2026, se aprobaron las Bases reguladoras y convocatoria para la provisión temporal en comisión de servicio para dos plazas del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento en Noja que a continuación se refieren en su literalidad: BASES REGULADORAS PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL EN COMISIÓN DE SERVICIOS DE UN PUESTO DE TRABAJO DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOJA Base Primera.- OBJETO Y PLAZO. 1.1. - El objeto de las presentes bases es la cobertura temporal de dos (2) plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Noja, mediante Comisión de Servicios voluntaria, debido a la necesidad urgente e inaplazable de cubrir dichas plazas al no haber efectivos suficientes en plantilla para cubrir el servicio adecuadamente, por funcionarios que pertenezcan a cualquier Cuerpo de Policía Local del territorio nacional.
Las características de la plaza son: Escala: Administración Especial; Subescala: Servicios Especiales; Denominación: Policía Local; Grupo/subgrupo: C/C1; Nivel: 22.
La persona seleccionada percibirá la totalidad de las retribuciones correspondientes al puesto efectivamente desempeñado conforme a la Relación de Puestos de Trabajo, plantilla y Anexo de personal del presupuesto del Ayuntamiento de Noja.
La presente convocatoria se realiza de conformidad con lo dispuesto en el articulo 39 de la Ley 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria, y el articulo 64.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que el que se regula el ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
Concurre una necesidad objetiva y actual de cobertura temporal, derivada, de un lado, de situación de incapacidad temporal e inminente concatenación de disfrute del permiso por maternidad, cuya distribución comprende un periodo inicial obligatorio de 6 semanas inmediatamente posteriores al parto y periodos adicionales que pueden disfrutarse hasta que el hijo o hija cumpla 12 meses, lo que evidencia que la ausencia puede proyectarse durante un periodo relevante y discontinuo, afectando a la planificación de turnos y a la prestación ordinaria del servicio policial; y, de otro lado, de una situación de incapacidad temporal de larga duración, que por su propia naturaleza genera una imposibilidad de prestar servicio durante un lapso incierto o prolongado, con impacto directo en la dotación operativa, cuadrantes y cobertura de servicios esenciales, razones que permiten fundar la concurrencia de interés público y necesidad organizativa para acudir a una cobertura temporal. 1.2. - La duración de la comisión de servicios tiene duración limitada, vinculada a la persistencia de la causa que la motiva, y siendo su duración máxima de 1 año, prorrogable por un año más, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que el que se regula el ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
El cese del funcionario nombrado en comisión de servicios se producirá por reincorporación del titular de la plaza, por cobertura reglada de la plaza por otros medios, o por desaparición de Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 30218 MIÉRCOLES, 1 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 125 2/12 CVE-2026-5357 la necesidad organizativa, el día anterior a la toma de posesión de los funcionarios que ocupen con carácter definitivo las plazas referidas, sin perjuicio de la duración máxima señalada; con el correlativo deber de la persona comisionada de reincorporación a su puesto de origen al finalizar la comisión. 1.3. - Con el resultado del proceso selectivo se realizará una lista de aspirantes, a fin de realizar llamamientos en caso de renuncia o decaimiento de derecho o nuevas necesidades de nombramiento en Comisión de Servicio.
Base Segunda.- PUBLICIDAD DEL PROCESO SELECTIVO. 2.1 - Las presentes bases específicas y convocatorias serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Cantabria, en el tablón de edictos municipal y en la página web. 2.2 - Una vez realizada la publicación de las bases específicas y de la convocatoria, en el Boletín Oficial, todas las actuaciones posteriores serán únicamente publicadas en el tablón de edictos municipal y en la página web del Ayuntamiento.
Base Tercera.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 3.1. - Podrán participar en el procedimiento de selección los aspirantes que reúnan, en el momento de presentar su solicitud, los siguientes requisitos: a). - Estar en situación de servicio activo, ostentando la condición de funcionario/a de carrera integrado/a en la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, Policía Local, perteneciente al grupo/subgrupo C/C1 con categoría de Policía Local, de cualquier Cuerpo de Policía Local del territorio nacional. b). - Encontrarse en servicio activo, faltándose al menos dos años para el pase a la situación de segunda actividad por razón de edad. c). - No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el normal ejercicio de las funciones propias como Policía Local. d). - No hallarse suspendido/a ni inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. e). - Contar con la conformidad expresa del órgano competente del Ayuntamiento al que pertenece en relación a la posible adscripción a este Ayuntamiento en comisión de servicios del funcionario solicitante. f). - Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme.
No se tendrán en cuenta las canceladas. g). - No encontrarse afectado en procedimiento administrativo o judicial que sea o pueda ser incompatible con el ejercicio de sus funciones. h). - Presentar los documentos justificativos de los méritos que se aleguen. i). - Tener nacionalidad española. j). - Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. k). - Estar en posesión de los permisos de conducción de la clase B y A, en vigor. l). - Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley. 3.2.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión.
Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 30219 MIÉRCOLES, 1 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 125 3/12 CVE-2026-5357 Base Cuarta.- SOLICITUDES: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. 4.1. - Instancia y documentación: Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar SOLICITUD ADMISIÓN PRUEBAS SELECTIVAS COMISIÓN SERVICIOS POLICIA LOCAL "(se facilitará por las Oficinas Municipales y la web municipal) acompañada de la documentación que se enumera a continuación: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Documento vigente. b) Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento de procedencia en la que se haga constar que el aspirante ostenta la condición de funcionario de carrera, integrado en la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase policía local, clasificada en el Grupo C, Subgrupo C1, de alguno de los cuerpos de Policía Local. c) Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento de procedencia del acuerdo o resolución del órgano competente declarando la conformidad de que la persona interesada pueda ser nombrado en comisión de servicios en el supuesto de ser seleccionado. d) Modelo de SOLICITUD ADMISIÓN PRUEBAS SELECTIVAS COMISIÓN SERVICIOS POLICÍA LOCAL. e) Documentación acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. f) Curriculum Vitae. g) Fotocopia de los permisos de conducción clase A y B.
Documento vigente. 4.2. - Plazo de presentación: El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles desde la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. 4.3. - Lugar de presentación: Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán a la atención de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Noja, pudiéndose utilizar la instancia modelo que se facilitará por las Oficinas municipales y la web municipal, presentándose en el Registro General de Entrada de éste, o en la forma que determina la legislación sobre procedimiento administrativo común vigente.
Base Quinta.- COMISIÓN DE VALORACIÓN. 5.1.
Nombramiento y composición: La Comisión de Valoración será nombrada mediante Resolución de la Alcaldía conjuntamente con el listado de aspirantes admitidos y excluidos, ajustándose su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, en la medida de lo posible, a la paridad entre mujer y hombre, de conformidad con el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Resolución será publicada en los términos señalados en la Base segunda, a efectos de la posibles recusaciones legales.
Esta Comisión estará integrada por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario, todos con voz y voto.
Todos los miembros de la Comisión de Valoración deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada y habrán de ser funcionarios de carrera que pertenezcan al mismo grupo/subgrupo o grupos/subgrupos su