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AYUNTAMIENTO DE BAREYO: Bases reguladoras y convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Arquitecto, y constitución de bolsa de empleo.

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1

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

LOCAL

CANTABRIA

A1

Grupo

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Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 30540 VIERNES, 3 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 127 1/20 CVE-2026-5371 AYUNTAMIENTO DE BAREYO CVE-2026-5371 Bases reguladoras y convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Arquitecto, y constitución de bolsa de empleo.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2026RA 2026-0273 de fecha 26 de junio de 2026, las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de arquitecto de este Ayuntamiento, mediante el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria: CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO MUNICIPAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE BAREYO Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el procedimiento de concurso- oposición, de una plaza de Arquitecto encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, clasificada en el Grupo A1, con nivel de complemento de destino 26, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2026 aprobada mediante Resolución de Alcaldía, de fecha 25 de mayo 2026 y publicada en el BOC nºn103 de 1 de junio de 2026.

Se estará a lo establecido en la plantilla municipal, presupuesto municipal y valoración de puestos de trabajo en materia de definición, características, contenido, régimen retributivo, etc., de la plaza convocada.

En concreto, las funciones encomendadas al puesto de trabajo son las siguientes: —Proporcionar asistencia técnica, desde el punto de vista urbanístico, a la Corporación municipal, y a cuantos ciudadanos lo precisen. — Emisión de informes técnicos y seguimiento y tramitación de los expedientes sobre planeamiento y licencias de obra mayor, obra menor y primera ocupación. — Controlar y mantener el archivo de expedientes y proyectos urbanísticos. — Emitir informes técnicos y efectuar el seguimiento y la tramitación de expedientes de su competencia (sancionadores -materia urbanística, ruidos, etc.-, relativos a informes y cédulas urbanísticos, de medio ambiente, de ruina, de vivienda, de comprobación ambiental -licencias de actividad, de apertura, cambio de titularidad, licencias de parcelación o segregación, cambio de uso-, etc.). — Realizar la inspección de obra mayores, menores, de urbanización y cuantas requiriesen su intervención, así como las derivadas de quejas por ruinas, desperfectos en la vía pública, o fallos de seguridad e higiene. — Inspeccionar, controlar y hacer el seguimiento de obras, averías y licencias, realizando las correspondientes visitas de comprobación técnica. — Redactar estudios, memorias, proyectos menores de obras y urbanización, y ejercer la dirección de obra, salvo en proyectos complejos, comprobando y ejecutando mediciones y certificaciones, así como la coordinación en relación con la seguridad y salud en las obras municipales menores.

Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 30541 VIERNES, 3 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 127 2/20 CVE-2026-5371 — Redacción de documentación técnica para la ejecución de obras menores del área de vivienda y edificación y urbanismo.

Ejercer direcciones de obras menores. — Realizar cálculos-determinación de volumetría en obra, estimación de obras para el Presupuesto anual, etc. — Asesorar y supervisar la redacción, revisión y/o modificación, de los diversos instrumentos de planeamiento promovidos por el Ayuntamiento (plan general, planes parciales, estudios de detalle, catálogos...), así como informar sobre su calidad técnica y coordinarse con la Administración Regional en todo tipo de expedientes urbanísticos y ambientales. — Emitir informes sobre: el Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento, incluido deslinde, investigación y recuperación de bienes patrimoniales; desperfectos y deficiencias del patrimonio municipal; vados, autorizaciones de ocupación de vía pública, concesiones, etc. — Redactar y/o informar proyectos de reparcelación, expropiación, normalización de fincas y de urbanización, incluida la dirección de obra. — Efectuar valoraciones (enajenación de terrenos e inmuebles municipales, adquisición de terrenos...). — Efectuar la valoración técnica de ofertas en expedientes de licitación, y de daños en expedientes de responsabilidad patrimonial. — Actuar como responsable en los contratos municipales de servicios que se requiera, efectuando el seguimiento de los mismos y emitiendo informes y certificaciones, en su caso. — Realizar otras tareas auxiliares simples, de tipo administrativo, para la adecuada ejecución de los principales cometidos del puesto. — Atender al público, en los temas de su competencia, presencialmente, por teléfono, por correo postal o electrónico, o por cualquier otro medio. — Utilizar cuantos equipos (incluidos EPI´s), terminales, ordenadores, software, maquinaria, materiales y medios técnicos se le proporcionen para el desempeño de sus cometidos. — Desempeñar cuantas funciones y tareas se establezcan en Reglamentos o normativa que resulte de aplicación al puesto, así como cualesquiera otras que, atendiendo a las necesidades del Ayuntamiento y estando relacionadas con las misiones propias de este puesto de trabajo, le sean encomendadas. 1.2.- Asimismo se constituirá una bolsa de empleo con el fin de nombrar, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, funcionario interino de carácter temporal para el desempeño de las funciones objeto de esta convocatoria en los términos previstos en la base NOVENA. 1.3.- Las presentes bases serán publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria, así como el anuncio correspondiente en el «Boletín Oficial del Estado» a efectos del cómputo de plazos de presentación de instancias.

Los sucesivos anuncios relativos al procedimiento selectivo, serán objeto de publicación a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://bareyo.sedelectronica.es/info.0) y Tablón de Anuncios.

Asimismo, se podrá obtener información en relación con estas bases, su convocatoria y cuantos datos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Bareyo (https://bareyo.sedelectronica.es/info.0). 1.4.- A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles Boletín Oficial de Cantabria boc.cantabria.esPág. 30542 VIERNES, 3 DE JULIO DE 2026 - BOC NÚM. 127 3/20 CVE-2026-5371 de la Administración General del Estado, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y las bases de esta convocatoria.

SEGUNDA.- CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 2.1.- Para ser admitido en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en los términos establecidos en la Ley 5/2015, del Estatuto del Empleado Público. e) Estar en posesión del título de Licenciado o Graduado Universitarios en Arquitectura, expedido por el Estado español o debidamente homologado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación, o, de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. 2.2.- Los requisitos establecidos en estas bases deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo de presentación de instancias solicitando tomar parte en la convocatoria y mantenerse hasta la fecha de la toma de posesión como funcionario de carrera.

TERCERA.- INCOMPATIBILIDADES DEL CARGO.

Las comprendidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y las que procedan de las obligaciones impuestas por la aplicación de la Ley 5/2015, del Estatuto Básico del Empleado Público y por el régimen de dedicación que se aplique.

CUARTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. 4.1.- La instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, que se ajustará al modelo oficial y que se acompaña como Anexo II, se dirigirá al Sr.

Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bareyo y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Bareyo, bien a través de presentación telemática (https://bareyo.sedelectronica.es/info.0) realizando una INSTANCIA GENERAL a la que se acompañará la solicitud de participación en modelo oficial (Anexo II) o bien, de forma presencial, en el Registro General del Ayuntamiento de Bareyo, sito en Av.

Benedicto Ruiz n.º 323, 39170 Ajo, Cantabria, en horario de lunes a viernes de 09:00 horas a 14:00 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley

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