ayudante de archivos, biblioteca y museos
ayudante de archivos, biblioteca y museos
6
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
UNIVERSITARIA
Nacional
A2
Grupo
Descripción y Detalles
Resolución de 12 de junio de 2026, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la Escala de Ayudantes de Archivos, Biblioteca y Museos.
📄 Contenido del documento
De conformidad con lo establecido en las Resoluciones del Rector de la Universitat Politècnica de València de fecha 26 de abril de 2024 («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» número 9848, de fecha 14 de mayo de 2024) y de fecha 11 de junio de 2025 («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» número 10133, de fecha 18 de junio de 2025) por la que se aprueban las ofertas de empleo público para los años 2024 y 2025 respectivamente, y con el fin de atender las necesidades de personal en esta Universitat, en ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en el artículo 152.3 del Decreto 122/2024, de 24 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, el Rector, resuelve: Convocar las pruebas selectivas que a continuación se detallan, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre y promoción interna, que se regirán por lo dispuesto en las siguientes Bases 1.
Objeto de la convocatoria 1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal mediante el sistema concurso oposición por los turnos libre y de promoción interna para cubrir seis (6) plazas del grupo A, subgrupo A2, sector de Administración Especial, ayudante de archivos, biblioteca y museos en el área de Biblioteca y Documentación Científica, de la Universitat Politècnica de València, por los turnos que a continuación se indican: Turno libre. 2 plazas.
Promoción Interna. 4 plazas.
Solo se podrá optar a uno de los turnos convocados, siendo motivo de exclusión la presentación de solicitudes a varios turnos, debiéndose optar por uno de ellos.
Las plazas que se queden sin cubrir reservada a turno de promoción interna, se declararán desiertas. 1.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 91.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como lo dispuesto en el artículo 152.3 de los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, esta convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos para presentación de instancias.
El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». 2.
Condiciones generales de las personas aspirantes 2.1 Para la admisión a estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos. 2.1.1 Turno de promoción interna: Además de las condiciones previstas en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán: a) Ser personal funcionario de carrera de la Universitat Politècnica de València, de las categorías/escalas a los que se hace referencia en la siguiente letra b). b) Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años en la categoría/escala desde la que se accede, tal y como se establece en el artículo 135 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
Para la participación en cada modalidad de acceso a la promoción interna de esta convocatoria se deberá pertenecer, en cada caso, a las siguientes categorías/escalas: Las modalidades de acceso a la promoción interna tendrán en cada caso, la siguiente procedencia: Modalidad A.
Promoción interna vertical: personal funcionario de carrera que pertenezca la categoría/escala inferior de auxiliar de archivos, biblioteca y museos, del grupo C, subgrupo C1, sector Administración Especial de esta Universitat.
Promoción interna horizontal: personal funcionario de carrera que pertenezca al mismo subgrupo de clasificación profesional, (cualquier subgrupo A2 distinto de la categoría/escala ayudante de archivos, biblioteca y museos del grupo A, subgrupo A2), sector Administración Especial.
No podrá participar en este procedimiento selectivo el personal que ya tenga la condición de personal funcionario de carrera de la categoría/escala ayudante de archivos, biblioteca y museos, sector Administración Especial. c) Estar en posesión del título exigido en el anexo I, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar acreditación documental de su homologación o equivalencia. 2.1.2 Turno libre: a) Tener la nacionalidad española, o ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea; los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho; sus descendientes, y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, cuando sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes.
Asimismo, podrán presentarse por este turno las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del título exigido en el anexo I, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la acreditación documental de su homologación o equivalencia. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la categoría a la que aspira.
No padecer enfermedad ni estar afectada la persona por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones inherentes del puesto convocado. e) No haber sido separada o separado del servicio con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria.
Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitado o inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su estado el acceso al empleo público. 2.2 Las condiciones para la admisión a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera. 3.
Personas aspirantes con discapacidad 3.1 Independientemente del turno por el que se presente, el órgano técnico de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones necesarias para la realización de las pruebas.
A tal efecto, las personas interesadas deberán formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente concurso-oposición. 3.2 Con este fin, se aplicará la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. 3.3 Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas razonables al órgano técnico de selección respecto a la compatibilidad funcional de una persona admitida, podrá recabar el correspondiente dictamen del Servicio Integrado de Prevención y Salud Laboral de la Universitat Politècnica de València, que deberá manifestar su criterio de forma motivada y únicamente en sentido positivo o negativo.
En este caso la persona admitida inicialmente, podrá participar en el proceso selectivo, pero condicionada a la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso selectivo, estará condicionada hasta la recepción del dictamen.
El dictamen del Servicio Integrado de Prevención y Salud Laboral no podrá ser objeto de recurso administrativo. 4.
Solicitudes 4.1 El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Para ser admitida y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, la persona aspirante firmará la declaración responsable, que figura en la instancia conforme al modelo oficial, en la que manifiesta que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referido siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fuera seleccionada. 4.2 Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario «Solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Universitat Politècnica de València (PTGAS)» disponible en la Sede electrónica de la Universitat Politècnica de València en la siguiente dirección web https://sede.upv.es.
Para el acceso a dicho formulario se requiere la identificación electrónica de la persona interesada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana.
Para completar el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes trámites dentro del plazo estipulado: a) Identificarse electrónicamente en la sede electrónica. b) Acceder y cumplimentar el formulario electrónico de solicitud. c) Pagar la tasa que proceda, bien por medios electrónicos o mediante recibo bancario. d) Anexar documentos de exenci