Asistente/a Personal Universitario/a
- Plazas
- 10
- Fecha límite
- 13 nov 2026
- Ámbito
- AutonómicaAndalucía
Plazo hasta el 13 nov
Resumen del boletín
Boletín: BOJA nº 212 de 2026 Organismo: Universidades Administración: 2. Autoridades y personal Sección: 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Descargar la disposición en PDF
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 03/11/2026 2.
Autoridades y personal 2.2.
Leer el texto completo (34 párrafos más)
Oposiciones, concursos y otras convocatorias Universidades Resolución de 23 de octubre de 2026, de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, Vicerrectorado de Estudiantes, por la que se convocan plazas de Asistentes/as Personales Universitarios/as para prestar apoyo a estudiantes con alguna discapacidad matriculados/as en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, en titulaciones oficiales de grado en el curso académico 2026/27, y se establecen las bases reguladoras.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición.
Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00345383 .
Los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide (UPO), de Sevilla, establecen en su art. 133.1 que «Los miembros de la comunidad universitaria con discapacidad tendrán derecho a disponer de los medios, apoyos y recursos necesarios que aseguren la igualdad real y efectiva de oportunidades respecto a los demás miembros, especialmente cuando presenten necesidades particulares o especiales asociadas a la discapacidad en cuestión», y en su art. 135.2 que «La Universidad podrá establecer programas de becas y ayudas específicos para los estudiantes con discapacidad o reservar cuotas para ellos dentro de los programas generales».
En esta línea de actuación, la presente convocatoria tiene como finalidad favorecer que el estudiantado con diversidad funcional desarrolle, en igualdad de condiciones que el resto del estudiantado, los estudios de los que está matriculado, promoviendo la plena inclusión, conforme a los principios de igualdad de oportunidades y de no discriminación, de manera que dicho estudiantado alcance el máximo desarrollo personal, social, emocional e intelectual posible en los términos establecidos en la ley.
Para dar cumplimiento a los preceptos señalados, en uso de sus atribuciones, este Rectorado ha resuelto convocar becas para el/la Asistente/a Personal Universitario/a que preste su apoyo a estudiantado con diversidad funcional, que se regirá por las siguientes bases.
Se convocan, para el curso 2026/27, 10 ayudas para Asistentes/as Personales Universitarios/as de estudiantes con diversidad funcional, con cargo a la orgánica 62060000002 422D 481.01 del Vicerrectorado de Estudiantes, correspondiente al presupuesto del año 2027.
Destinos que se convocan. 2.1.
El número de plazas de la presente convocatoria está determinado por el número de estudiantes con alguna diversidad funcional que el Servicio de Atención a la Discapacidad y Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (ADYNEA), este servicio considera que necesita apoyo de Asistente/a Personal Universitario/a para el curso 2026/27, siendo estos los que a continuación se indican: Núm. de plazas: 10 Centro Titulación Curso y Línea 1 Facultad de Ciencias Experimentales GBTG – Grado en Biotecnología CURSO 4.º LÍNEA 1 EPD 12-11 1 Facultad de Humanidades Grado en Ciencias Geografía e H.ª CURSO 2.º LÍNEA 1 EPD 12 1 Facultad de Humanidades GGEH – Grado en Geografía e Historia CURSO 4.º LÍNEA 1 EPD 12 1 Facultad de Humanidades GTEI: Traducción e interpretación: inglés y alemán CURSO 4.º LÍNEA 1 EPD 11,12 LINEA 2 EPD 21 1 Facultad de Ciencias Sociales GEDS - Grado en Educación Social CURSO 2.º y 3.º LÍNEA 1 EPD 11.13 1 Facultad de Ciencias del Deporte Ciencias de la actividad física y el deporte CURSO 1.º LÍNEA 1 EPD 13,14 1 Facultad de Humanidades Grado en Humanidades CURSO 1.º LÍNEA 1 EPD 11, 12 1 Facultad de Ciencias del Deporte Ciencias de la actividad física y el deporte CURSO 3.º LÍNEA 1 EPD 13 1 Facultad por determinar por determinar por determinar 1 Facultad por determinar por determinar por determinar 2.2.
El/la Asistente/a Personal Universitario/a percibirá una beca cuya cuantía será de 150,00 € mensuales durante 6 meses.
Asimismo, podrá solicitar un reconocimiento de créditos en el marco de la Actividad de Acompañamiento a Estudiantes con Discapacidad coordinada por el Vicerrectorado de Cultura y Políticas Sociales.
Requisitos de las personas solicitantes. 3.1.
Podrá solicitar las plazas reguladas en la presente convocatoria, el estudiantado de Grado y Máster, matriculado en la UPO en el curso 2026/27, cuyas clases se impartan en el campus propio de esta Universidad y cumpla los siguientes requisitos: a) Tener superados un mínimo de 24 créditos en el curso 2025/26, salvo que se haya matriculado por primera vez en estudios universitarios en el curso 2026/27. b) Estar matriculado en un mínimo de 48 créditos en el curso 2026/27 o del número de créditos que le reste para finalizar la titulación. 3.2.
En casos excepcionales, y previo informe del Servicio ADYNEA de la UPO, la Comisión de Selección podrá eximir de cumplir los requisitos establecidos en esta convocatoria, si las características y necesidades del estudiantado con discapacidad así lo requieren.
Características y funciones de las personas solicitantes. 4.1.
El/la Asistente/a Personal Universitario/a deberá estar matriculado/a en la misma titulación, pertenecer al mismo curso y grupo que el/la estudiante con discapacidad y coincidir, al menos, en el 50% de las asignaturas matriculadas. 4.2.
El/la Asistente/a Personal Universitario/a se ofrece a realizar funciones de apoyo/acompañamiento a su igual con discapacidad en el desarrollo de su vida académica, cultural y deportiva en el contexto universitario, tanto si la docencia es presencial como online, con el fin de ayudarle a su incorporación plena y efectiva en el aula y en el entorno universitario en general. 4.3.
Los/las Asistentes/as Personales Universitarios/as desarrollarán su labor desde la fecha de resolución de esta convocatoria hasta la finalización del presente curso académico. 4.4.
Para los estudiantes de máster que opten a solicitar algunas de las plazas ofertadas, deberán de cumplir el requisito de haber sido Asistentes/as Personales, durante los dos cursos anteriores a la convocatoria.
Solicitudes: lugar y plazo de presentación. 5.1.
Para participar en esta convocatoria, según los dispuesto en el artículo 4.1 f del Reglamento de uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, la presentación de la solicitud y la documentación deberá hacerse por la sede electrónica de la Universidad Pablo de Olavide, a través de «Instancia Genérica» https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index, o bien de forma electrónica por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La instancia genérica deberá ir acompañada de la solicitud (Anexo I) y plazas ofertadas (Anexo II) debidamente cumplimentada. 5.2.
El periodo de solicitud comprenderá los 10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOJA.
Las solicitudes deberán ir acompañadas del número de cuenta en el que se le abonará, en su caso, el importe de la ayuda concedida, debiendo ser titular o cotitular de la misma.
Comisión de Selección. 7.1.
Para el estudio de las solicitudes presentadas y la elaboración de la propuesta de adjudicación de becas, se crea una Comisión de Selección compuesta por los siguientes miembros o personas en quien deleguen: • Vicerrectora de Estudiantes, que actuará como presidenta. • Vicerrectora de Cultura y Políticas Sociales o persona en quien delegue. • Director General de Estudiantes o persona en quién delegue. • Director General de Políticas Sociales o persona en quien delegue. • Delegada General del Consejo de Estudiantes. • Jefa de la Unidad de Políticas Sociales, Igualdad y Cultura, que actuará como secretaria. 7.2.
El funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en las normas contenidas al efecto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Valoración de expedientes y entrevista a las personas candidatas. 8.1.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección las valorará, teniéndose en cuenta: • El expediente académico (hasta 1,5 puntos), • El número de créditos coincidentes entre el/la Asistente/a Personal Universitario/a y estudiante con discapacidad (hasta 2 puntos), • El perfil de la persona candidata a la colaboración a desarrollar (hasta 1,5 puntos).
Todo en su conjunto se valorará hasta 5 puntos, quedando excluidas las personas candidatas puntuadas con menos de 2,5 puntos, constituyendo esta la primera fase de la selección. 8.2.
Las personas candidatas valoradas con 2,5 puntos o más en la primera fase de la selección, podrán ser citadas a una entrevista, que se puntuará de 0 a 5 puntos, siendo eliminado el estudiantado cuya valoración tenga menos de 2,5 puntos.
Esta será la segunda fase de la selección. 8.3.
Las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas no eliminadas en la primera y segunda fases se sumarán, ordenándose de mayor a menor puntuación, dentro de cada grupo de destino, proponiendo la concesión a la persona candidata que haya obtenido mayor puntuación. 8.4.
Se confeccionará una lista de espera, ordenada de mayor a menor puntuación, entre el estudiantado que habiendo superado las dos fases haya obtenido una puntuación que le sitúe por detrás de las pe
- Boletín
- BOJA
- Publicado
- 3 nov 2026
La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
Relacionadas
- Plazo abierto
Jefe/a Negociado · Ayuntamiento de Motril
Andalucía · 3 plazas
- Plazo abierto
Jefe/a de Grupo de Gestión y Servicios
Andalucía · C1 · 1 plaza
- Plazo abierto
Subalterno/a · Ayuntamiento de Torrox
Andalucía · E · 8 plazas
- Plazo abierto
Limpiadora-Lavandera · Ayuntamiento de Carmona
Andalucía · 3 plazas