Aprobación de las bases y convocatoria de 1 plaza subinspector de policía por promoción interna, funcionario /a de carrera, por el sistema de concurso oposición, que consta dentro de la oferta de ocupación pública 2026
Cuerpo no especificado
1
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
AUTONOMICA
BALEARES
N/A
Grupo
Descripción y Detalles
AYUNTAMIENTO DE MURO
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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 079 - 23 / Junio / 2026 > Pág. 34262 a 34278 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 079 - 23 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.
Autoridades y personal Subsección segunda.
Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE MURO Núm. 455948 Aprobación de las bases y convocatoria de 1 plaza subinspector de policía por promoción interna, funcionario /a de carrera, por el sistema de concurso oposición, que consta dentro de la oferta de ocupación pública 2026 Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto L a Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado día 08/06/2026, a las 08:05:00, tomó, entre otros, el siguiente acuerdo: Aprobación de las bases y convocatoria de 1 plaza subinspector de policía por promoción interna, funcionario /a de carrera, por el sistema de concurso oposición, que consta dentro de la oferta de ocupación pública 2026 Visto la oferta pública del ejercicio 2026 (BOIB núm. 61, de 14 de mayo de 2026).
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, acuerda: 1.º- Aprobar las bases específicas reguladoras del procedimiento selectivo de 1 plaza vacante de funcionario de carrera categoría subinspector de pulía del Ayuntamiento de Muro por promoción interna, correspondiendo a la oferta de ocupación pública para el año 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de maig de 2026). 2.º- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, al Tablón de edictos de la Sede electrónica y a la página WEB de la Corporación, para general conocimiento.
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA 1 PLAZA VACANTES DE LA CATEGORÍA DE SUBINSPECTOR O SUBINSPECTORA DEL AYUNTAMIENTO DE MURO POR PROMOCIÓN INTERNA PRIMERA.
Objeto de la convocatoria, procedimiento de selección y normativa La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 1 plazas de subinspector o subinspectora de la policía local, vacantes y dotadas presupuestariamente, correspondientes a la Oferta de Ocupación Pública del año 2026, por el sistema de promoción interna mediante concurso oposición.
Esta plaza, corresponden a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase subinspector/a de policía local, subgrupo de clasificación A2, del Ayuntamiento de Muro.
Se aplicarán a estas pruebas selectivas las presentes bases; la Ley 4/2013,de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, con la modificación efectuada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre , el Decreto Ley 6/2021 y el Decreto Ley 6/2022; el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares; Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares,el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como también el resto de disposiciones legales aplicables a la policía local.
Las bases de esta convocatoria se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
En el Boletín Oficial del Estado se tiene que publicar el anuncio de la convocatoria que tiene que llevar la denominación de la escala y la categoría de las plazas convocadas, el número de plazas, el ayuntamiento que los convoca, el sistema de acceso, el procedimiento selectivo, los medios de impugnación y la fecha y número del Boletín Oficial de las Islas Baleares en que se han publicado las bases.
Requisitos de los aspirantes.
Además de los que prevé la legislación básica para acceder a la función pública, los aspirantes tienen que cumplir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes en el proceso selectivo los requisitos siguientes: a) Tener la nacionalidad española. b) Estar en posesión del título universitario de grado, diplomatura o equivalente, o haber superado tres cursos completos o el primer ciclo de una licenciatura, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones expedidas al extranjero, habrá que aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. c)Tener la condición de funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Muro y la antigüedad en el mismo cuerpo de policía local en la categoría inmediatamente inferior: dos años d) No sufrir ninguna enfermedad o defecto físico o psicofísico que impida o mengüe el desarrollo correcto de las funciones. e) Presentar un certificado médico que acredite la aptitud para desarrollar las funciones propias de la categoría a la cual se acceda. f) No haber sido separado del servicio de la Administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública. g) No tener antecedentes penales por delitos dolosos. h) Poseer los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor. i) Comprometerse a llevar armas y, si procede, a utilizarlas, mediante una declaración jurada. j) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2. k) Haber abonado la tasa por derechos de examen.
Presentación de solicitudes. 1.
Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se tienen que ajustar al modelo normalizado de solicitud (Anexo I) se tendrán que dirigir a la alcaldía y se presentarán al Registro del Ayuntamiento o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
El modelo normalizado de solicitudes se encontrará a disposición de las personas interesadas, al Registro General de este Ayuntamiento, y a la página web del Ayuntamiento de Muro a partir de la apertura del plazo para su presentación. 2.
El plazo general de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles a partir del día siguiente al día en que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente. 3.
Junto con la solicitud rellenada adecuadamente, las persones aspirantes tienen que adjuntar : a) Una declaración responsable que la persona aspirando cumple los requisitos exigidos en las bases, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para presentar las solicitudes. b) Acreditación de haber abonado la tasa por derechos de examen.
La carencia de justificación del pago de la tasa indicada determina la exclusión del aspirante.
Este pago no sustituye, en ningún caso, el trámite de presentar la solicitud en el plazo y en la forma prevista.
La Administración puede requerir de la persona solicitando la aportación formal de la documentación sustituida por la declaración responsable en cualquier fase del procedimiento selectivo.
La forma de pago de los derechos de examen de las pruebas selectivas se regulan a la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa para acceder a las pruebas de selección de personal del Ayuntamiento de Muro por cada categoría.
La liquidación de la tasa se tiene que solicitar a la dirección electrónica liquidacions@ajmuro.net, indicando nombre, DNI y proceso selectivo que se quiere presentar. 4.Con la formalización y presentación de la solicitud, el aspirante da su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarias para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de Datos de Carácter Personal. 5.
Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que se hagan constar en su solicitud.
El domicilio y teléfono que figuren en la misma se considerarán válidos a efectos de notificaciones, y será responsabilidad exclusiva de los candidatos tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud.
Admisión y exclusión de las personas aspirantes. 1.Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de 10 días hábiles, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y a la página web del Ayuntamiento una resolución por la cual se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
En la resolución en que se publique la lista provisional de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, tendrá que constar la fecha, la hora y el lugar en que se llevará a cabo los ejercicios de la fase de oposición con indicación de si se tienen que llevar a cabo en una o más sesiones, y con el intervalo mínimo entre ejercicio y ejercicio.
En todo caso, con el fin de evitar errores y, si se producen, posibilitar la enmienda dentro del plazo establecido y en la forma oportuna, las personas interesadas tienen que comprobar no con solo que no figuran en la relación de personas excluidas sino que, además, sus nombres constan en la relación pertinente de personas admitidas. 2.
Las persones aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contadores desde el día siguiente a la publicación mencionada, para enmendar el defecto o adjuntar el documento que sea preceptivo.
En el supuesto de que no se enmienden, dentro de este plazo, las deficiencias que hayan motivado su