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Aprobación de las bases reguladoras del procedimiento selectivo para cubrir seis plazas de conserje adscritas al puesto de trabajo de conserje y constitución de una bolsa de trabajo, personal laboral fijo, del Ayuntamiento de Sa Pobla

Conserje


6

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BALEARES

E

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AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 > Pág. 33314 a 33324 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 076 - 18 / Junio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SA POBLA Núm. 443389 Aprobación de las bases reguladoras del procedimiento selectivo para cubrir seis plazas de conserje adscritas al puesto de trabajo de conserje y constitución de una bolsa de trabajo, personal laboral fijo, del Ayuntamiento de Sa Pobla Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Para general conocimiento se hace saber que, el 2 de junio de 2026, se aprobó el Decreto 2026-0323, por el que se aprueban las Bases Reguladoras y la convocatoria del procedimiento para la cobertura de seis plazas de conserje como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, del siguiente tenor literal: «BASES ESPECÍFICAS DEL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE SEIS PLAZAS DE CONSERJE ADSCRITAS AL PUESTO DE TRABAJO DE CONSERJE Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA CONTRATACIONES TEMPORALES.

Primera.- Objeto de la convocatoria 1.1. - Es objeto de la presente convocatoria regular el proceso de selección para cubrir, por turno libre y mediante el sistema de concurso-oposición, seis plazas de conserje (OPE 2023 y 2026), grupo de clasificación AP, en régimen de personal laboral fijo, dotadas con las retribuciones que correspondan conforme a la relación de puestos de trabajo, el presupuesto y la legislación vigente, así como la creación de una bolsa de trabajo para cubrir las necesidades de contratación laboral temporal de conserjes que puedan producirse en el plazo de tres años a partir de la resolución de este procedimiento, en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 15.2 y 15.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Esta bolsa tendrá una vigencia máxima de 3 años a contar desde la publicación de las listas definitivas con la puntuación final del proceso selectivo y la constitución de la bolsa. 1.2. - Condiciones laborales: la jornada de trabajo y las retribuciones serán las establecidas en el presupuesto vigente, convenio colectivo y relación de puestos de trabajo o documento equivalente.

Titulación mínima exigida: no se exige la titulación prevista en el sistema educativo.

Procedimiento selectivo: concurso-oposición.

Deberá superarse un período de prueba de 2 meses.

Las presentes bases se regirán por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; y el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de sa Pobla (https://sapobla.eadministracio.cat/info.0), en la web de la corporación www.sapobla.cat, en el BOIB y también un extracto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La fecha de publicación en el BOE servirá para establecer el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

Los restantes anuncios y sucesivos se publicarán únicamente en la sede electrónica y en la web del Ayuntamiento de sa Pobla Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes Para participar en esta convocatoria, las personas interesadas deberán cumplir, en el último día del plazo de presentación de solicitudes, y mantener el cumplimiento de los mismos durante todo el proceso selectivo y durante la ejecución de las funciones propias del puesto de trabajo, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

La acreditación se efectuará mediante la presentación del DNI o documento de identificación legal equivalente en vigor, que deberá aportarse junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo. c) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B1 mediante la aportación del certificado expedido por el órgano competente en materia de política lingüística del Gobierno de las Illes Balears, o bien mediante título, diploma o certificado equivalente conforme a la Orden del consejero de Educación y Universidad de 8 de marzo de 2018 y la Orden de 21 de febrero de 2013. d) Poseer la capacidad funcional, física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo al que se opta, lo cual se acreditará mediante declaración responsable de la persona interesada (según Anexo I). e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial.

En el caso de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público en los mismos términos. f) Antes de la firma del contrato, la persona interesada deberá hacer constar que no se encuentra incursa en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o comprometerse, en su caso, a ejercer la oportuna opción en el plazo previsto en el artículo 10 de la citada norma, así como no percibir pensión de jubilación, retiro u orfandad. g) Abono de la tasa de 26,00 €, de conformidad con la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por pruebas selectivas del Ayuntamiento de sa Pobla (BOIB 167, de 12/12/2019), o bien acreditación de las bonificaciones o exenciones que resulten aplicables conforme a la misma.

El pago deberá efectuarse mediante transferencia bancaria al siguiente IBAN: ES73 0182 5747 4902 0150 3747 (BBVA), indicando el concepto AJSAPOBLA77.

Las causas de exención deberán ser alegadas y acreditadas dentro del plazo de presentación de solicitudes.

La falta de abono de la tasa en dicho plazo no será subsanable y determinará la exclusión del procedimiento. h) Aportar certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos, conforme a la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. i) Estar en posesión del permiso de conducción clase B1.

En ningún caso la sola presentación del justificante de ingreso de los derechos de participación supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano competente establecido en las bases.

Asimismo, la falta de abono de dichos derechos dentro del plazo de presentación de solicitudes no será subsanable y determinará la exclusión de las personas aspirantes.

Para las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 %, deberán aportar certificado emitido por los equipos multiprofesionales del organismo público competente relativo a las condiciones personales de aptitud para el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría profesional de la bolsa a la que optan, en el que conste que se encuentran en condiciones de cumplir las tareas fundamentales del puesto, con las adaptaciones del puesto de trabajo que, en su caso, se consideren necesarias por parte de la Administración.

Tercera.- Funciones y tareas propias del puesto de trabajo.

Sin perjuicio de lo indicado en las fichas de personal Las tareas y funciones propias del puesto de trabajo serán las descritas en las fichas de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

Cuarta.- Presentación de solicitudes Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se presentarán, según el modelo normalizado que figura en el Anexo I de estas bases, dirigidas al señor alcalde del Ayuntamiento de Sa Pobla, dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el (BOE), con independencia del registro o boletín oficial o de la oficina en que se presenten.

En la instancia, las personas aspirantes deberán indicar la titulación que poseen que les habilita para participar en el procedimiento selectivo.

Las instancias podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento a través de las oficinas de asistencia en materia de registros ubicadas en la Plaza Mayor nº 1 - 07420 de Sa Pobla, en horario de atención al público (de 9:00 a 14:00 h), o por cualquiera de los medios admitidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si el último día del citado plazo fuera sábado, domingo o festivo, este se entenderá

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