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Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha día 30 de junio de 2026, por el cual se acuerda la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, en régimen de personal laboral fijo, de una plaza de responsable de biblioteca y constitución de una bolsa para contrataciones temporales del Ayuntamiento de sa Pobla

Responsable de biblioteca


1

Plazas

Sin fecha

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AUTONOMICA

BALEARES

A2

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AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

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BOIB, boletín oficial Torna Boletín Oficial de las Illes Balears Menú BÚSQUEDA AVANZADA Català \ Castellano Accesibilidad Inicio > BOIB, Boletín Oficial > BOIB Núm. 086 - 9 / Julio / 2026 > Pág. 37574 a 37592 Menú general Toggle navigation BOIB, boletín oficial Núm. 086 - 9 / Julio / 2026 Sección I Disposiciones generales Sección II Autoridades y personal Sección III Otras disposiciones y actos administrativos Sección IV Procedimientos judiciales Sección V Anuncios Sección II.

Autoridades y personal Subsección segunda.

Oposiciones y concursos AYUNTAMIENTO DE SA POBLA Núm. 502632 Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha día 30 de junio de 2026, por el cual se acuerda la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, en régimen de personal laboral fijo, de una plaza de responsable de biblioteca y constitución de una bolsa para contrataciones temporales del Ayuntamiento de sa Pobla Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Versión PDF Texto Para hacer constar que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de día 30 de junio de 2026, acordó la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, en régimen de personal laboral fijo, de una plaza de responsable de biblioteca y constitución de una bolsa para contrataciones temporales, conforme sigue: BASES ESPECÍFICAS DEL CONCURSO- OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE UNA PLAZA DE RESPONSABLE DE BIBLIOTECA Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA PARA CONTRATACIONES TEMPORALES Primera.- Objeto de la convocatoria Es objeto de esta convocatoria regular el proceso de selección para cubrir por el turno libre y mediante concurso- oposición una plaza de responsable de biblioteca del Ayuntamiento de sa Pobla, incluida en la oferta de empleo público del ejercicio 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023).

Características de la plaza: Escala: Técnica de Administración Especial Subescala: Técnica media Especialidad/categoría: Responsable de biblioteca Grupo: A2 Número de plazas: 1 Titulación mínima exigida: Titulación universitaria oficial de grado o equivalente, o bien cualquier otra titulación universitaria oficial que habilite para el ejercicio del grupo de clasificación correspondiente Procedimiento: Concurso- oposición Fase de prácticas: 6 meses Segunda.

Normativa aplicable El procedimiento selectivo se regirá por lo dispuesto en estas bases y, en lo no previsto en el mismo, por las disposiciones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y del Decreto- ley 6/2022. de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares.

En lo que no contradiga la normativa mencionada, será de aplicación la siguiente normativa: - RDL 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 de TRLLET en materia de contratos de duración determinada. - Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, y normativa de desarrollo. - Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB, y supletoriamente, para lo no previsto en el anterior punto, por el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de funcionarios interinos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y por la restante normativa que sea de aplicación. - Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. - Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil. (BOIB núm. 1351 de agosto de 2020). - La Orden del consejero de Educación y Universidad de 8 de marzo de 2018 por la que se fijan las titulaciones que hay que tener para dar clases de y en lengua catalana (BOIB núm.

Núm. 38, de 27 de marzo de 2018). - Así como normativa de desarrollo.

Publicidad La convocatoria y las bases del procedimiento selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) haciendo referencia a la publicación efectuada en el BOIB.

El plazo para la presentación de solicitudes para participar en este proceso será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.

Posteriormente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos que integran el procedimiento selectivo y que deban notificarse a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento que se derive (incluidos los anuncios de la interposición de cualquier recurso en vía administrativa o en vía judicial), se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de sa Pobla: https://sapobla.eadministracio.cat/info.0 Todo ello, sin perjuicio de que se publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares los actos administrativos que, de acuerdo con la normativa o las bases de este proceso, deban publicarse.

Requisitos de las personas aspirantes Para participar en esta convocatoria las personas interesadas deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los requisitos siguientes: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

La acreditación se efectuará mediante fotocopia del DNI o documento de identificación legal equivalente vigente que hay que aportar junto con la solicitud para poder formar parte del proceso de selección. c) Estar en posesión del título académico exigido o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A estos efectos, se entiende que está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de instancias, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder y así se acredite y se haya solicitado el mismo.

Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es necesario disponer, en la fecha límite para la presentación de instancias, de la credencial que acredite su homologación para el Estado español.

En el caso de presentar una titulación equivalente a la exigida como requisito, corresponde a la persona aspirante acreditar su equivalencia. d) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel C1 mediante la aportación del certificado expedido por el órgano competente en materia de política lingüística del Gobierno de las Islas Baleares, o bien del título, diploma o certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación y Universidad de fecha 8 de marzo de 2018 y Orden de 21 de febrero de 2013. e) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para ejercer las funciones correspondientes a la plaza convocada. f) No haber sido separado/a o despedido/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial.

En el caso de pertenecer a otro estado, no encontrarse inhabilitadas en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso al servicio público. g) Antes de la firma del contrato, la persona interesada deberá hacer constar que no está sometida a ningún supuesto de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o comprometerse, en su caso, a ejercer la oportuna opción en el período de tiempo previsto en el artículo 10 de la disposición legal anterior, y no percibir pensión de jubilación, de retiro o de orfandad. h) El pago de la tasa de 26,00€ de acuerdo con la Ordenanza fiscal relativa a las tasas por pruebas selectivas del Ayuntamiento de sa Pobla (BOIB 167, de 12/12/2019) o bien, acreditación de las bonificaciones y/o exenciones de las que puedan ser objeto, previstas en el Título VI de la citada Ordenanza Fiscal (https://sapobla.eadministracio.cat/preview- document/a6d62c64- de1a- 4209- a16e- 7323bcebaece/) , y justificante de pago de la cuantía resultante, si corresponde.

El pago se realizó mediante transferencia al siguiente número de IBAN: ES73 0182 5747 4902 0150 3747 (BBVA), indicando en el concepto de la transferencia el nombre y el procedimiento correspondiente (NOMBRE Y LINAJES + RESP.

Las causas de exención recogidas en la referida ordenanza deberán ser alegadas y acreditadas por el aspirante en el periodo de presentación de las instancias de participación en el proceso.

En ningún caso, la sola presentación del justificante de ingreso de los derechos de participación supondrá sustitución del trámite de presentación, en el plazo y en la forma adecuada, de la solicitud al órgano expresado en estas bases.

Asimismo, la falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes, no será enmendable y determinará la exclusión de las perso

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