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ACUERDO de 30 de julio de 2026, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villamayor (Salamanca), por el que se aprueban las bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, de 2 plazas de Administrativo, incluidas en la oferta de empleo público de 2025.

Cuerpo no especificado


2

Plazas

04/09/2026

Fecha Límite

Autonómica

Castilla y León

C1

Grupo

Descripción y Detalles

AYUNTAMIENTO DE VILLAMAYOR (SALAMANCA)

📄 Contenido del documento

DISPOSICIÓN EN HTML BOCYL-D-07082026-152-26| BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Saltar al contenido Boletín Oficial de Castilla y León Inicio Búsqueda avanzada Verificación de documentos Recibir avisos de publicación Información general Publicar a través del Sistema de Tramitación Electrónica Publicar por personas físicas Identificador Europeo de Legislación Inicio Disposición III.

ADMINISTRACIÓN LOCAL B.

AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.

Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE VILLAMAYOR (SALAMANCA) ACUERDO de 30 de julio de 2026, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villamayor (Salamanca), por el que se aprueban las bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, de 2 plazas de Administrativo, incluidas en la oferta de empleo público de 2025.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el treinta de julio de 2026, estando presentes los cinco miembros que de derecho la componen, se ha adoptado por unanimidad el siguiente acuerdo: Primero: Aprobar las bases específicas (anexas) y la convocatoria del proceso selectivo para proveer, mediante promoción interna, de 2 plazas de administrativo Funcionario de carrera –Subgrupo de titulación C1– del Área de Servicios Generales, ajustadas a las Bases generales que han de regir los procesos de promoción interna del Ayuntamiento de Villamayor, aprobadas por la Junta de Gobierno local mediante acuerdo de fecha 25 de marzo de 2021.

Segundo: Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, el Boletín Oficial de Castilla y León, en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://villamayor.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, y el anuncio en extracto de la convocatoria el Boletín Oficial del Estado.

Tercero: Solicitar a la Junta de Castilla y León y la Diputación de Salamanca que, previos los trámites pertinentes, procedan a designar un vocal y un suplente para formar parte del Tribunal para proveer, mediante promoción interna, 2 plazas de administrativo Funcionario de carrera –Subgrupo de titulación C1– del Área de Servicios Generales, comunicándoselo a este Ayuntamiento a la mayor brevedad posible.

Aquellos que resulten seleccionados como miembros del tribunal, deberán poseer titulación igual o superior a la exigida en la convocatoria (grupo C1 – Bachiller o Técnico).

El modelo de instancia oficial y autobaremación para participar en el proceso selectivo estarán disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villamayor.

El Alcalde, Fdo.: Ángel Luis Peralvo Sanchón BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER, MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA, DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE FUNCIONARIOS DE CARRERA DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAMAYOR.

Las presentes Bases específicas tienen como objeto regular el proceso selectivo para proveer, mediante promoción interna, dos plazas de funcionario de carrera de Administrativo del Área de Servicios Generales del Ayuntamiento de Villamayor, en el marco de su Oferta de empleo público para el ejercicio 2025 aprobada por Decreto de Alcaldía de fecha 18 de diciembre de 2025 (B.O.P.

Salamanca n.º 247, de 24 de diciembre de 2025, y B.O.C. y L. n.º 248, de 26 de diciembre de 2025).

Las presentes Bases se adecuan a lo establecido en las Bases generales que han de regir los procesos de promoción interna del Ayuntamiento de Villamayor, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 25 de marzo de 2021 (B.O.P. de Salamanca n.º 64, de 6 de abril de 2021).

Atendiendo al principio rector de publicidad de las convocatorias y de sus bases, la convocatoria, acompañada de las presentes Bases específicas, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villamayor (https://villamayor.sedelectronica.es/), en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial del Estado.

El proceso selectivo se sujetará en todo lo no expresamente previsto en las presentes Bases ni en las Bases generales que han de regir los procesos de promoción interna del Ayuntamiento de Villamayor a lo regulado en las siguientes normas jurídicas: – Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local –LRBRL–. – Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –LPACAP–. – Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público –LRJSP–. – Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen –TRRL–. – Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público –TREBEP–. – El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores –TRET–. – Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

Características de la plaza convocada.

Se convocan dos plazas de funcionario de carrera de Administrativo del Área de Servicios Generales del Ayuntamiento de Villamayor perteneciente al Grupo de titulación C, Subgrupo C1, nivel 20.

Contenido funcional según ficha de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Villamayor, aprobada por acuerdo plenario del día 1 de septiembre de 2020, código de puesto 1104.

Requisitos generales de los aspirantes.

Para poder participar en la convocatoria objeto de las presentes Bases, los requisitos específicos son: a) Pertenecer, como funcionario de carrera o personal laboral fijo de plantilla, a la categoría de Auxiliar administrativo del Área de Servicios Generales del Ayuntamiento de Villamayor (subgrupo de titulación C2). b) Haber desempeñados funciones de personal funcionario, en este Ayuntamiento, antes de la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público -EBEP-.

A estos efectos, se computarán los servicios prestados por los aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo por la legislación vigente. c) Estar en posesión del Título de Bachillerato / Técnico.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. d) Haber autoliquidado y abonado la tasa en concepto de derechos de examen por importe de 13,39 euros, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal n.º 25 reguladora de la tasa por derechos de examen.

Solicitudes de los aspirantes.

Todas aquellas personas que, reuniendo los requisitos enumerados en la base anterior, tengan interés en formar parte del proceso de promoción interna, deberán cumplimentar y presentar la correspondiente instancia, conforme al modelo normalizado del Anexo, en un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias deberán ser presentadas en alguno de los siguientes registros: – La sede electrónica municipal: http://villamayor.sedelectronica.es – El Registro General del Ayuntamiento, sito en la Plaza de España n.º 4, Villamayor, en horario de 9:00 a 13:00 horas. – Cualquier otro registro previsto en las normas vigentes de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015.

Los aspirantes deberán abonar una tasa, en concepto de derechos de examen, de 13,39 euros, de conformidad con la Ordenanza Fiscal n.º 25 reguladora de la Tasa por derechos de examen.

La solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acompañarse de la autoliquidación de la tasa y justificante bancario de pago.

Procedimiento selectivo.

El sistema selectivo será el de concurso-oposición.

Consistirá en la realización de una o varias pruebas prácticas a determinar por el Tribunal relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Fase de concurso: La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.

La fase de concurso tendrá una valoración de un 30% de la puntuación total del proceso, siendo la nota de esta fase de 10 puntos, de modo que al resultado final se le aplicará el factor multiplicador de 0.3.

Se tendrán en cuenta méritos profesionales.

Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases.

En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente durante el plazo de presentación de instancias.

Los servicios prestados en Administración Pública se acreditarán mediante certificado de servicios prestados emitido por la Administración correspondiente conforme al anexo I del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública.

Los Cursos, Seminarios o Congresos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título.

La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo de presentación de las mismas.

No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.

La información publicada en RadarOpo se basa en boletines oficiales. Aunque se procura mantenerla actualizada y fiel a la documentación oficial, pueden existir errores, omisiones o cambios posteriores. Antes de presentar tu solicitud, verifica siempre los plazos, requisitos y demás información en la convocatoria oficial.
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