ACUERDO de 15 de octubre de 2026, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Nava de la Asunción (Segovia), por el que se aprueban las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de 1 plaza de Auxiliar Administrativo, funcionario de carrera, Escala de Administración General, Subescala Auxiliar. Expte.: 455/2026.
- Plazas
- 1
- Fecha límite
- 19 nov 2026
- Grupo
- C2graduado escolar
- Ámbito
- AutonómicaNava de la Asunción
Plazo hasta el 19 nov
Resumen del boletín
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ADMINISTRACIÓN LOCAL B.
AUTORIDADES Y PERSONAL B.2.
Oposiciones y Concursos AYUNTAMIENTO DE NAVA DE LA ASUNCIÓN (SEGOVIA) ACUERDO de 15 de octubre de 2026, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Nava de la Asunción (Segovia), por el que se aprueban las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de 1 plaza de Auxiliar Administrativo, funcionario de carrera, Escala de Administración General, Subescala Auxiliar.
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15/10/2026 se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo, funcionario de carrera, Escala de Administración General, subescala Auxiliar, vacante en la plantilla de personal, y recogida en la OPE de 2.026, para este Ayuntamiento de Nava de la Asunción, mediante sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria: «BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DEL PROCESO PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO (PERSONAL FUNCIONARIO), GRUPO C2, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN EN EL AYUNTAMIENTO DE NAVA DE LA ASUNCIÓN Primera.
Normas generales y objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 1 plaza de Auxiliar Administrativo, mediante el sistema de Concurso-Oposición, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento de personal funcionario.
Procedimiento en base al artículo 61.6 de TR-LEBEP, siguiendo los principios constitucionales de mérito y capacidad recogidos en el artículo 103 CE y los de igualdad y publicidad del artículo 91.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Grupo: C; subgrupo:C2; escala: Administración general; subescala: Auxiliar; nivel: 18.
La citada plaza se encuentra dotada presupuestariamente y vacante en la plantilla de este Ayuntamiento de Nava de la Asunción estando incluida en la OEP, aprobada por Resolución de 9 de abril de 2026 (Boletín Oficial de Castilla y León de 15 de abril de 2026), expediente 299/2026.
Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia y en el B.O.C. y L.
En el BOE se publicará el extracto de la convocatoria.
Requisitos de los aspirantes.
Las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos que se reflejan a continuación el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de TR-LEBEP, por lo que será necesario reunir los requisitos siguientes: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) No padecer enfermedad o defecto físico y psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Solo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. e) Poseer la titulación mínima de graduado en ESO o equivalente. f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. g) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
Todos estos requisitos enumerados se entenderán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, salvo que la restricción padecida les hiciera incumplir el requisito correspondiente a no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza.
El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.
Características de la plaza.
La plaza convocada corresponde al grupo C, Subgrupo C2 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y está encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, nivel 18.
Solicitudes y plazo de presentación. 4.1 Forma.
Las solicitudes de las personas interesadas en participar en esta Convocatoria se dirigirán al Sr.
Alcalde de este Ayuntamiento, y deberán formularse en el modelo oficial que figura como Anexo I a estas bases, haciendo constar por el aspirante reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda de esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes. 4.2 Lugar y plazo de presentación.
Dichas solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en cualquiera de los siguientes lugares: a) En el Registro General del Ayuntamiento de Nava de la Asunción. b) En cualquiera de los lugares y formas que se determina en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solicitud, documentación a aportar y admisión/ exclusión de aspirantes. a) Copia del DNI. b) Declaración responsable de no padecer enfermedad o defecto físico y psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones (se incluye en la solicitud). c) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente. (se incluye en la solicitud). d) Copia de los documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria. e) Documentación acreditativa de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados en la fase de concurso, conforme a lo dispuesto en las bases. f) Resguardo de haber ingresado la Tasa por derechos de examen, que se regulan en la Ordenanza fiscal número 10, reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, https://navadelaasuncion.sedelectronica.es/ epígrafe 6 del Ayuntamiento de Nava de la Asunción, que asciende a 10 Euros.
El abono de la tasa se realizará dentro del plazo de presentación de solicitudes.
A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de las tasas.
El importe de la Tasa deberá ser abonado en la cuenta bancaria a favor del Ayuntamiento de Nava de la Asunción de la que es titular: CaixaBank ES73 2100 3641 71 1300062650.
Deberá indicarse como ordenante el nombre y apellidos del aspirante, con D.N.I., y como concepto el nombre de la prueba selectiva.
No procederá la devolución de las tasas al personal que se excluya definitivamente por causas imputables al mismo.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se procederá a devolver la cuantía de las tasas.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://navadelaasuncion.sedelectronica.es] se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Son causas de inadmisión de los aspirantes, no subsanables, las siguientes: • La omisión de la firma en la solicitud. • La presentación de la solicitud fuera de plazo.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://navadelaasuncion.sedelectronica.es].
En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://navadelaasuncion.sedelectronica.es]; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede del Ayuntamiento, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Los sucesivos llamamien
- Boletín
- BOCyL
- Publicado
- 22 oct 2026
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