Profesor Titular de Universidad
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3
Plazas
Sin fecha
Fecha Límite
UNIVERSITARIA
Nacional
A1
Grupo
Descripción y Detalles
Resolución de 24 de junio de 2026, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
📄 Contenido del documento
De conformidad con lo establecido en el artículo 71.1.c) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante LOSU), Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el anexo I de esta resolución, conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UNED de 12 de diciembre de 2025 (plazas 214.01 y 2014.06), correspondientes a la Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2023 (BOE de 11 de julio de 2023), al Acuerdo de Consejo de Gobierno extraordinario de 26 de enero de 2026 (plazas 214.02, 214.03 y 214.04), correspondientes a la Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2023 (BOE de 11 de julio de 2023) (dos plazas) y a la Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024) (una plaza) y al Acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2026 (plaza 214.05), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2024 (BOE de 25 de diciembre de 2024).
El proceso de selección se regirá con arreglo a las siguientes Bases Primera.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la LOSU, en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, en los Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo (BOE de 12 de marzo) y en el Reglamento de concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios aprobado mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2026 (BICI, número 26, de 20 de abril).
Con carácter supletorio, se aplicará lo previsto en la legislación general del personal funcionario del Estado.
Para ser admitido/a a este concurso han de reunirse los siguientes requisitos generales: a) Tener la nacionalidad española. b) También podrán participar quienes sean nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como las personas extranjeras que se hallen regularmente en territorio español y las personas nacionales de terceros países miembros de la familia de personas españolas o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea en los términos establecidos por la normativa específica en esta materia. c) Así mismo podrán participar quien sea cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho, y quienes sean descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Respecto de los apartados b) y c), en el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas. d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad.
Además de los requisitos generales, las personas candidatas deberán cumplir con los siguientes requisitos específicos: a) Hallarse acreditado/a para el cuerpo docente de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad, conforme al artículo 69 de la LOSU y a los supuestos previstos en el artículo 4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. b) Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 71.1.c) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, haber sido personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3).
Los requisitos enumerados en la presente base y en la base segunda deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera.
Las personas aspirantes deberán presentar las solicitudes a través de la Sede Electrónica de la UNED (https://uned.sede.gob.es/).
En dicha Sede se encontrará disponible el formulario de solicitud denominado «Concurso público para plazas de cuerpos docentes universitarios» dentro del apartado de Procedimientos específicos para el PDI.
Para su presentación se deberá utilizar certificado digital.
Las personas concursantes deberán remitir una solicitud diferente para cada una de las plazas a las que concurran, de entre las que figuran en el anexo I.
Si en la misma solicitud se incluyeran varias plazas sólo se tendrá en cuenta la que figure en primer lugar, siempre que quede claramente identificada, quedando anuladas las restantes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.
Las personas aspirantes deberán justificar haber abonado la cantidad de 40 euros en concepto de derechos de examen y formación de expediente en la cuenta corriente número ES82-0049-0001-54-2211438387 del Banco Santander.
Estarán exentas del pago de esta tasa: a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
En este caso, y previa conformidad de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas. b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.
En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta correspondiente al último ejercicio, y, en su caso, del certificado del nivel de renta de las Personas Físicas.
Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. c) Los miembros de familias numerosas, en los términos del artículo. 12.1.c. de la Ley 40/2003, de Protección de la familia numerosa, contarán con exención del pago de tasas si son de la categoría especial y con una reducción del 50% los miembros de familias de la categoría general.
Para ello deberán aportar el título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
En este caso, y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de datos de las Administraciones Públicas. d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, quien sea cónyuge de la persona fallecida y los/las hijos/as de las personas heridas y fallecidas. e) Las víctimas de violencia de género a las que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, estarán exentas del pago de los precios públicos por servicios universitarios.
Las víctimas de violencia de género que se acojan a esta disposición habrán de