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Escala Administrativa

Escala Administrativa


46

Plazas

Sin fecha

Fecha Límite

UNIVERSITARIA

Nacional

C1

Grupo

Descripción y Detalles

Resolución de 30 de junio de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Administrativa.

📄 Contenido del documento

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» núm. 147, de 28 de julio de 2011, en la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024, en la Orden de 15 de mayo de 2025, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Granada, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024, en la Resolución de 12 de noviembre de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2025, en virtud de la Orden de 8 de enero de 2026, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Granada, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2025, y con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios, El Rector, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los artículos 45 y 162 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar tres procesos selectivos de acceso libre para el ingreso en la Escala Administrativa, de acuerdo con las siguientes: Bases comunes 1.

Normas generales 1.1 Se convocan los siguientes procesos selectivos de acceso libre para cubrir plazas de personal funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada, Grupo C, Subgrupo C1: Código del proceso N.º de plazas convocadas Campus de destino Lugar de realización del primer ejercicio GR 40 Campus de Granada.

ME 4 Campus de Melilla.

CE 2 Campus de Ceuta.

Ciudad de Ceuta. 1.2 Del total de plazas del proceso selectivo GR (Campus de Granada) se reservan cuatro plazas para ser cubiertas por personas con un grado reconocido de discapacidad general igual o superior al 33 por ciento.

Se considerará como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.

En el caso de no cubrirse las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las plazas del cupo general de este proceso selectivo. 1.3 Los tres procesos selectivos serán valorados por el mismo Tribunal de Valoración, realizándose los ejercicios de la fase de oposición de forma simultánea el mismo día y a la misma hora en tres sedes distintas situadas cada una en el Campus del respectivo proceso selectivo.

No obstante, el segundo ejercicio de los tres procesos selectivos se realizará de forma simultánea el mismo día y a la misma hora en la ciudad de Granada. 1.4 Los tres procesos selectivos son independientes, de tal forma que la superación de una o más pruebas en uno de ellos no supondrá que se han superado dichas pruebas en cualquiera de los otros dos. 1.5 A los procesos selectivos le serán aplicables el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada, y demás normativa aplicable, así como lo dispuesto en las presentes bases. 1.6 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición. 1.7 La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones establecidas en el anexo II de esta convocatoria, y el programa de materias en que se basarán será el contenido en el anexo I.

La fecha y lugar para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, que se realizará de forma simultánea en cada campus y no podrá iniciarse antes del día 1 de marzo de 2027, se fijará en la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria. 1.8 La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en la base 6 de la presente convocatoria y mediante la aplicación del baremo contenido en el anexo II. 2.

Requisitos de las personas aspirantes 2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en cualquiera de los procesos que se convocan, deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular: a) Nacionalidad: 1.

Tener la nacionalidad española. 2.

También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles: a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea. b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) Habilitación: No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del Título de Bachiller o Técnico, o equivalente, de conformidad con la normativa de aplicación, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de admisión.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. f) No poseer la condición de personal funcionario de carrera de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada. 2.2 Estos requisitos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de la Universidad de Granada. 2.3 Para la admisión al proceso selectivo que se elija se deberá aportar, junto a la solicitud, la justificación del abono de la correspondiente tasa por derechos de participación o la documentación que justifique el encontrarse exento o exenta del pago de la misma, conforme a lo establecido en las bases 3.4 o 3.5 de esta convocatoria, según el caso, y bastará con declarar en la solicitud que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, los cuales se acreditarán en el plazo y con la documentación relacionada en la base 8.1. 3.

Solicitudes, tasa y plazo de presentación 3.1 Quienes deseen participar en cualquiera de los procesos selectivos deberán cumplimentar electrónicamente su solicitud seleccionando el proceso selectivo por el que desean presentarse.

Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento «Procesos selectivos de PTGAS: Solicitud de admisión» (https://sede.ugr.es/portal/procedimientos/Procesos-selectivos-de-PTGAS-Solicitud-de-admision/), disponible en la sede electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es).

En la ficha del citado procedimiento se indican las instrucciones a seguir para cumplimentar la solicitud de admisión a procesos selectivos.

Se deberá prestar especial atención a la elección del proceso selectivo en el que se desea participar. 3.2 La presentación de solicitudes se hará en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Las personas aspirantes con un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo GR (Campus Granada) por el cupo reservado para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud.

Con independencia del proceso selectivo en el que se participe o del cupo por el que opte en el caso del proceso selectivo UGR (Campus Granada), las personas aspirantes con un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33 por 100 podrán requerir en el formulario de solicitud las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria a fin de asegurar su participación en el proceso en condiciones

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